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Pág. 172600 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de abril de 1999 JUSTICIA Dejan sin efecto la R.M. Nº 022-99-JUS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 131-99-JUS Lima, 21 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 179-99-JUS/CDJE-P, de fecha 20 de abril de 1999, del Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 022-99-JUS, se designó y autorizó al Procurador Público del Ministerio de Energía y Minas, para que en representación del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, inicie y prosiga las acciones judiciales corres- pondientes contra la Resolución Nº 171/98.TL del Tribu- nal de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas; Que, mediante Oficio Nº 035-99-EM/PP de fecha 30 de marzo de 1999, el Procurador Público del Ministerio de Energía y Minas, comunicó que no es posible iniciar la acción judicial respectiva, al haber transcurrido con exce- so el plazo legal establecido por el Artículo 11º del Decreto Ley Nº 26143, motivo por el cual resulta necesario dejar sin efecto la citada Resolución Ministerial, debiendo po- nerse esta situación en conocimiento del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para los fines legales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 022-99-JUS. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, para los fines legales correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 5490 PROMUDEH Designan fedatarios titular y suplentes del PRONAA RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 247-99-PRONAA/P Lima, 21 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 25035, Ley de Simplificación Admi- nistrativa, y su reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 070-89-PCM, establecen las obligaciones y criterios que deben observar las entidades para designar a sus Fedatarios; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 194-99- PRONAA/P, se prorrogó la designación del señor Jaime Ricaldi Torres, y de la señora Carmen Garay Gutti, como Fedatarios Suplentes, hasta el 31 de marzo de 1999; Que, habiendo culminado el período de vigencia de la mencionada designación, resulta necesario, designar a dos (2) trabajadores que ejerzan las funciones que compe- ten a los Fedatarios Suplentes, así como designar al funcionario para que ejerza las funciones que competen al Fedatario Titular, de acuerdo a lo prescrito por los citados dispositivos legales; Con las visaciones de la Gerencia de Administración, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 25035, Ley de Simplificación Administrativa, y su reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, y estan- do a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la Dra. Mercedes María Postigo Fernández, como Fedataria Titular del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO- NAA, por el término de dos (2) años prorrogables, computados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la Lic. Doris Tapia Cabellos y a la señorita María Magdalena Bobadilla Machado, como primer y segundo Fedatarios Suplentes, respectivamente, del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, por el término de dos (2) años prorrogables, computados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 3º.- Los servicios que prestan el Fedatario Titular y los Fedatarios Suplentes son gratuitos para los usuarios y el ejercicio de la función como tal, no excluyen el cumplimiento de las funciones asignadas al cargo que desempeñan. Artículo 4º.- Transcríbase copia de la presente reso- lución, al Diario Oficial El Peruano para su respectiva publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 5530 PESQUERIA Ratifican Acuerdo de la COPRI que esta- blece la entrega en concesión al sector privado del Proyecto "Concesión del Estado Isla San Lorenzo" RESOLUCION SUPREMA Nº 062-99-PE Lima, 28 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 6º, numeral 2 del Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM y el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 025-98, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 001-99, corresponde a la COPRI establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, que deben ser entregadas en concesión al sector privado; estableciendo el Artículo 2º, segundo párra- fo del reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el acuerdo respec- tivo será ratificado por Resolución Suprema; Que, conforme al Artículo 8º del indicado Texto Unico Ordenado, el Artículo 6º de su reglamento, el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 025-98, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 001-99, y Resolución Suprema Nº 033-99-PCM, el nombramiento de los Comités Especiales, cuyo objeto es colaborar con la COPRI en el proceso de promoción de la inversión privada para la entrega en concesión de obras públicas de infraestructura y de servi- cios públicos, será efectuado por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Pesquería y el Ministro del sector correspondiente; Que, la COPRI, en su sesión del 20 de abril de 1999, acordó que el Proyecto "Concesión del Estado Isla San Lorenzo" sea entregado en concesión al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las normas legales a que se refiere el primer considerando de la presente Resolución Suprema; Que, asimismo, la COPRI, en su indicada sesión, ha propuesto el nombramiento del respectivo Comité Especial; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la COPRI en virtud del cual se establece que el Proyecto "Concesión