Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 1999 (04/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Dejan sin efecto resolucion que designo representantes del Gobierno Peruano en demanda interpuesta por la Comision Interamericana de Derechos Humanos ante la CIDH
RESOLUCION SUPREMA Nº 336-99-RE MORDAZA, 3 de agosto de 1999 Visto el Oficio Nº 0353-99-JUS/DM, de fecha 2 de agosto de 1999, del senor Ministro de Justicia, por el cual se dispone la devolucion de la demanda planteada por la Comision Interamericana de Derechos Humanos, en relacion al caso CDH-11.762, MORDAZA Ivcher Bronstein; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 236-99-RE de 1 de junio de 1999, se designo al doctor MORDAZA Cavagnaro Basile, en su calidad de Procurador Publico del Consejo de Defensa Judicial del Estado y al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consultor del Ministro de Justicia, para que actuen y representen al Gobierno Peruano como Agente y Agente Alterno, respectivamente, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la demanda planteada por la Comision Interamericana de Derechos Humanos, en relacion al caso CDH-11.762; MORDAZA Ivcher Bronstein; Que, por Resolucion Legislativa Nº 27152 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de MORDAZA de 1999, se ha aprobado el retiro del Peru con efecto inmediato, de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, en consecuencia, deben quedar sin efecto las designaciones a que se contrae el primer considerando de la presente Resolucion; De conformidad con lo establecido en el Articulo 118º incisos 1) y 24) de la Constitucion Politica del Estado; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 236-99-RE de 1 de junio de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10024

concordancia con lo establecido por el Articulo 4º de la Ley Nº 25223, es el siguiente: MES ANO INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO (Nuevos Soles) S/. 370.27 S/. 370.31 S/. 371.46 S/. 373.72 S/. 375.93 S/. 377.69 S/. 378.37 S/. 379.36

ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO

1999 1999 1999 1999 1999 1999 1999 1999

MORDAZA, 2 de agosto de 1999 Elaboracion: OFICINA DE ECONOMIA DEL TRABAJO Y PRODUCTIVIDAD MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL 10009

MTC
Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Ilo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1300-99-MTC/15.18 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00090010, organizado por la Empresa de EXPRESO CHINCHANO S.A., sobre Concesion de Ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 312-99-MTC/15.18.04.1.MMF emitido por la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO CHINCHANO S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado otorgamiento de la concesion de la ruta: LIMAILO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 312-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes EXPRESO CHINCHANO S.A., la concesion de la ruta: MORDAZA - ILO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Ingreso Minimo Legal Indexado correspondiente al mes de agosto de 1999
COMUNICADO OFICIAL Nº 08-99-SG/OCSRP Conforme a la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, el INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO correspondiente al mes de agosto de 1999, para los efectos de determinar los topes indemnizatorios aplicables a los trabajadores empleados sujetos al regimen laboral de la actividad privada, en

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