Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 1999 (04/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 176450

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 1999

CUADRO RESUMEN Nº 04-05: ZONIFICACION RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA- R4

R-4
USOS UNIFAM VARIABLES AEU LOTE NORMATIVO MINIMO (m2.) DENSIDAD MORDAZA MORDAZA (hab./Ha.) AREA LIBRE MINIMA (%). COEFICIENTE DE EDIFICACION ALTURA MORDAZA DE EDIFICACION (PISOS) NUMERO DE ESTACIONAMIENTOS RETIROS BIFAMILIAR 120 - 90 500 30% 1.8 3

USOS PERMITIDOS
EDIF.MULT CONJUNTO RESIDENCIAL 4 I-III II I-II-III I-II-III I/II III 180 180 m2 180 2,500 500 500 (**) 880 700 30% 30% 40% 50% 1.8 2.4 2 2.4 - 3.0 3.25 - 3.5 3.25 3 3 4-5 5 VER ANEXO 06 Los establecidos en el R.N.C. y/o Municipalidad * (Avenida: 5.0 m; MORDAZA 3.00 m) EDIF.MULT COMERC. INDUST. OTROS USOS

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NOTAS

j Se permitira comercio (excepto en quinta) en :
(a) Lotes en esquina (Comercio Local con un area techada no mayor de 40m2) en primer piso. (b) Lotes habilitados para Comercio Local en primer piso. (c) Lotes frente a zonas C1 y/o C2, separados por calles locales (Comercio correspondiente a C1 y/o C2). k Se permitiran las actividades industriales senaladas para el R4 en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas y al Cuadro de Niveles Operacionales aprobados por RM N° 289-79-VC-5550 o Resolucion N° 182-95/MLM-AM-SMDU para la Provincia de MORDAZA l Los Establecidos en el IUAU. m En lotes con area igual o mayor que la normativa con frente a vias colectoras, parques o areas de estacionamiento, que tengan anchos entre frentes de propiedad igual o mayores a 30ml. Se admitira el uso multifamiliar de 5 pisos. Cuando estos anchos MORDAZA mayores a 22ml. y menores a 30ml. se admitiran solo 4 pisos. (**) La densidad no esta consignada en el Decreto de Alcaldia. * Avenida: Entendiendose como tal a las vias de doble sentido de MORDAZA con separador central con un ancho mayor o igual a 30.00m.
Se permitira la construccion de azoteas solo en los casos que no excedan la altura de pisos MORDAZA permitido, para viviendas unifamiliarres, bifamiliares y quintas. No se aceptara en edificios multifamiliares y conjuntos residenciales.

OBSERVACION:

CUADRO RESUMEN Nº 04-06: ZONIFICACION RESIDENCIAL DE DENSIDAD ALTA- R5

R-5
USOS EDIFICIO MULTIF. VARIABLES AEU LOTE NORMATIVO MINIMO (m2.) DENSIDAD MORDAZA MORDAZA (hab./Ha.) AREA LIBRE MINIMA (%). COEFICIENTE DE EDIFICACION ALTURA MORDAZA DE EDIFICACION (PISOS) NUMERO DE ESTACIONAMIENTOS RETIROS II 450 m2 880 880 35% 3.25 3.5 5 1.5 (a+r) I

USOS PERMITIDOS RESIDENCIAL
EDIFICIO (4) CONJUNTO RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR II III I II III 675 m2. 2,500 m2. 700 (a) 1,350 1,000 1,350 1,000 (b) 35% 60% 3.25 (c) 4 4 5 (d) 1.5 (a+r) 1.5 (a+r) VER ANEXO 06 Los establecidos en el R.N.C. y/o Municipalidad *Avenida: 5.00 m; MORDAZA 3.0 m III I COMERC. INDUST. OTROS USOS

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NOTAS (a) Lotes con areas superiores a vez y media el area del lote normativo, ubicado frente a avenidas (entendiendose como tal a vias de doble sentido con separador central), o vias colectoras podran aplicar densidades y demas variables correspondientes al R6 (ver 4). (b) Podran bajarse hasta un minimo del 25% cuando el lote por dimensionamiento y/o estar ubicado en esquina, permite resolver la iluminacion y ventilacion desde la via publica. (c) No se considerara para su computo, areas techadas de estacionamiento vehicular ni construcciones en el sotano. (d) Se podra edificar retirando la construccion a partir de la "Linea Municipal", con un MORDAZA de 60 grados. j Con obligatoriedad del uso residencial, el R-5 permitira el uso comercial en : AEU. II. Comercio local (C1) en primer piso. AEU. I y III. Comercio local (C1) y vecinal (C2) en lotes ubicados con frente a avenidas o vias colectoras Se admitira uso de oficinas no vinculadas a actividad industrial, hasta en 30% del area total construida en cada unidad inmobiliaria de vivienda segun Ordenanza Nº 1218 (edificios nuevos) (Para viviendas existentes se permitira uso de oficinas no vinculadas a la actividad industrial con uso predominante de vivienda hasta un 50%). k De acuerdo al Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas Vigente. l Se permitiran los usos establecidos en el Indice para la Ubicacion de las Actividades Urbanas m Lotes con areas mayor o igual a 675 m2., ubicadas con frente a avenidas o vias colectoras, podran utilizar los coeficientes normativos del R6. * Avenida: Entendiendose como tal a las vias de doble sentido de MORDAZA con separador central y ancho mayor o igual a 30 m.
Se permitira la construccion de azoteas solo en los casos que no excedan la altura de pisos MORDAZA permitido, para viviendas unifamiliares, bifamiliares y quintas. No se aceptara azoteas en edificios multifamiliares y conjuntos residenciales.

OBSERVACION:

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