Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 1999 (04/08/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 176437

Sur, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-91-TC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la EMPRESA "CHURQUI" S.R.L. de nacionalidad boliviana, el Permiso Complementario para efectuar transporte internacional de mercancias por carretera desde la Republica de Bolivia hacia la Republica del Peru y viceversa, con vigencia hasta el 22 de marzo del 2004. Segundo.- El servicio que se autoriza mediante la presente Resolucion Directoral se efectuara con una flota vehicular de cuatro (4) vehiculos, cuyas placas son las siguientes: 498XCB, 566-HPC, 636-NXU, LSI-648, y (4) unidades de carga (semirremolques), los mismos que deben ser registrados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas. Tercero.- Disponer que la EMPRESA "CHURQUI" S.R.L., publique la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La presente Resolucion Directoral sera transcrita a los Ministerios de Relaciones Exteriores; Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; del Interior, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Superintendencia Nacional de Aduanas. Comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 9967 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1765-99-MTC/15.18 MORDAZA, 25 de junio de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01853010, organizado por EMPRESA "RIVERVILL" de nacionalidad boliviana, sobre Permiso Complementario y el Informe Nº 43999-MTC/15.18.04.1. de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, EMPRESA "RIVERVILL" de nacionalidad boliviana, mediante el expediente indicado en vistos, solicita Permiso Complementario para efectuar transporte internacional de mercancias por carretera desde la Republica de Bolivia hacia la Republica del Peru y viceversa, al MORDAZA del Articulo 24º del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur; Que, en el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur (ATIT), incorporado a la legislacion nacional mediante el Decreto Supremo Nº 028-91-TC, establece los terminos, requisitos y condiciones para efectuar transporte internacional terrestre entre los paises miembros de dicho Acuerdo; Que, el Informe Nº 439-99-MTC/15.18.04.1. de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, concluye que la referida empresa, reune los requisitos establecidos en el ATIT para obtener el Permiso Complementario, siendo necesario formalizar el pedido dictando el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-91-TC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de EMPRESA "RIVERVILL" de nacionalidad boliviana, el Permiso Complementario para efectuar transporte internacional de mercancias por carretera desde la Republica de Bolivia hacia la Republica del Peru y viceversa, con vigencia hasta el 12 de enero del 2004. Segundo.- El servicio que se autoriza mediante la presente Resolucion Directoral se efectuara con una flota vehicular de cuatro (4) vehiculos, cuyas placas son las siguientes: 426-NYE, LSD-385, 424-UKG, LCE-390 y (4) unidades de carga (semirremolques con chasis Nºs. 9A0G12430KM084153, 79001, A01501 y 86934/72), los mismos que deben ser registrados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas.

Tercero.- Disponer que EMPRESA "RIVERVILL", publique la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La presente Resolucion Directoral sera transcrita a los Ministerios de Relaciones Exteriores; Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; del Interior, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Superintendencia Nacional de Aduanas. Comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 9968

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Autorizan participacion de magistrados en el "Curso de Capacitacion en Conciliacion para Jueces de Paz Letrado", a realizarse en la MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 946-CME-PJ MORDAZA, 3 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546, modificada y ampliada mediante las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea por un periodo de excepcion la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de las funciones de gobierno y gestion del Poder Judicial, ademas de la Reestructuracion y Reorganizacion Integral de este Poder del Estado; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion; Que, la Academia de la Magistratura, mediante Oficio Nº 747-99-AMAG-DG del 12 de MORDAZA de 1999, comunica la realizacion del Curso de Capacitacion en Conciliacion para Jueces de Paz Letrado, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA del 9 al 13 de agosto de 1999; Que, las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, con Oficios Nºs. 2341-99-P-CSJCM-PJ del 12 de MORDAZA de 1999, Nº 1303-1999-P-CSJAP/PJ del 30 de junio de 1999, Nº 97-1999-P-CSJPU/PJ del 2 de MORDAZA de 1999 y Nº 115-1999-P-CSJPU/PJ del 23 de MORDAZA de 1999, respectivamente, han propuesto una relacion de Magistrados para su participacion en el evento mencionado; Que, el Curso de Capacitacion en Conciliacion para Jueces de Paz Letrado, se inserta dentro de los planes de mejoramiento de la Administracion de Justicia, por lo que resulta conveniente autorizar la participacion de los Magistrados; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y estando a lo acordado en la sesion de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la participacion de los senores Magistrados pertenecientes a los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA que se mencionan a continuacion, en el "Curso de Capacitacion en Conciliacion para Jueces de Paz Letrado", a realizarse en la MORDAZA del MORDAZA del 9 al 13 de agosto de 1999.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA DRA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DRA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DRA. MORDAZA BELLOTA MORDAZA DRA. MORDAZA MOLERO CAZANI DRA. GIOVANA MORDAZA MORDAZA JUEZ DE PAZ LETRADO JUEZ DE PAZ LETRADO JUEZ DE PAZ LETRADO JUEZ DE PAZ LETRADO JUEZ DE PAZ LETRADO

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.