Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1999 (20/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 1999

Otorgan a empresa permiso de pesca para operar embarcacion calamarera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 296-99-PE/DNE MORDAZA, 17 de diciembre de 1999 Visto el Expediente Nº CE-00242003 con escritos de fechas 13 y 15 de diciembre de 1999, presentado por OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representante legal en el Peru del armador KOYO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, quien solicita permiso de pesca para operar una embarcacion calamarera en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca dispone en sus Articulos 43º y 47º que para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, por parte de personas naturales y juridicas, se requiere del permiso de pesca correspondiente, asi como, para estos fines los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que igualmente los Articulos 44º y 45º de la Ley citada en el considerando precedente, establecen que las concesiones, autorizaciones y permisos son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado, para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos; Que los numerales 1, 2, 3 y 6.1 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE en concordancia con lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 48º de la Ley General de Pesca y el Articulo 86º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE consideran al calamar gigante o pota como un recurso subexplotado permitiendose por ello para su extraccion el acceso de buques calamareros de bandera extranjera; Que por Resolucion Ministerial Nº 303-99-PE se establecio un regimen provisional para el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), el mismo que tendra vigencia hasta el 28 de febrero del 2000, durante el cual no seran de aplicacion los numerales 6.4.1, 6.4.2, 7,8.1 y 8.2 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota citado anteriormente; EMBARCACION SHOSHIN MARU Nº 51 T.R.N. INTERN. 357 CAPAC. DE ALMAC. (m3) 966.4

Que mediante el escrito del visto, la empresa OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representante legal en el Peru del armador KOYO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion calamarera "SHOSHIN MARU Nº 51" con 357 TRN, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Que la empresa OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., ha cumplido con presentar los requisitos y condiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, no siendo de aplicacion los numerales 6.4.1, 6.4.2, 7,8.1. y 8.2, de conformidad al Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 303-99-PE que establece el regimen provisional para el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota y asimismo ha cumplido con los requisitos del procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 04798-PE y modificado por Resolucion Ministerial Nº 27198-PE, el regimen provisional para el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota establecido mediante Resolucion Ministerial Nº 303-99-PE y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a "OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representante del armador KOYO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion calamarera "SHOSHIN MARU Nº 51" en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas, fuera de las 20 millas de la linea de costa, de acuerdo al siguiente detalle: SISTEMA DE PRESERVAC. CONGELADO ARTE DE PESCA POTERA FECHA DE VIGENCIA PERMISO DE PESCA 16.12.99 AL 16.2.2000

INDICATIVO INTERNACIONAL JCCM

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, caducara automaticamente cumplido el plazo indicado. Articulo 3º.- Las operaciones que se autorizan en el Articulo 1º de la presente Resolucion estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por la Resolucion Ministerial Nº 271-98-PE; al regimen provisional de extraccion del calamar gigante establecido mediante Resolucion Ministerial Nº 303-

99-PE, normas de sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 15754 De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y, los Articulos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la Republica, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul General

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Consul del Peru en San MORDAZA, Republica Federativa del Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 573-99-RE MORDAZA, 14 de diciembre de 1999

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