Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1999 (20/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 1999

Huasahuasi, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y visto el Informe Nº 813-99-INC/DGPA/RAF de fecha 15 de octubre de 1999 mediante el cual el arqueologo Rommel MORDAZA MORDAZA solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 341, de fecha 16 de noviembre de 1999, la Comision Tecnica de Arqueologia del INC, recomienda a la Direccion Nacional del I.N.C., declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos de "Purun Marca", "Pirwayoq", "Torreojpunta", "Huaychao Marca", "Parao" y los abrigos rocosos de "Carhuascancha" y "Suamachay A y B", ubicados en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junin; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion los sitios arqueologicos de "Purun Marca", "Pirwayoq", "Torreojpunta", "Huaychao Marca", "Parao" y los abrigos rocosos de "Carhuascancha" y "Suamachay A y B", ubicados en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junin. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y a la Municipalidad Distrital de Huasahuasi establecer las acciones necesarias para la elaboracion del plano de delimitacion de las zonas arqueologicas MORDAZA mencionadas, asi como sus Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. BENZA PFLUCKER Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional Instituto Nacional de Cultura 15752

Declaran al complejo arqueologico denominado "El MORDAZA de Huarmey", como Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 854/INC MORDAZA, 7 de diciembre de 1999 VISTO, el Expediente Nº 3747 de fecha 27 de setiembre de 1999 mediante el cual el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huarmey, Sr. MORDAZA V. MORDAZA MORDAZA, solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion y visto el Informe Nº 845-99-INC/DGPA/RAF de fecha 7 de noviembre de 1999 del arqueologo Rommel MORDAZA Falcon; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 340 de fecha 16 de noviembre de 1999, la Comision Tecnica de Arqueologia del INC, recomienda a la Direccion Nacional del INC, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Complejo Arqueologico "El MORDAZA de Huarmey" que comprende al sitio conocido como "El Castillo" y al cementerio prehispanico aledano a el, ubicado en el distrito de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nacion al Complejo Arqueologico denominado "El MORDAZA de Huarmey" que comprende el sitio arqueologico El MORDAZA y al Cementerio prehispanico aledano a el, ubicado en la parte baja del MORDAZA de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y a la Municipalidad Provincial de Huarmey establecer las acciones necesarias para la senalizacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada y la elaboracion del plano de delimitacion con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas

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