Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1999 (20/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 181683

DEPARTAMENTOS: MORDAZA, AMAZONAS Y MORDAZA - Chiclayo/Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Quinones, Jaen/ Shumba, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, Cajabamba, Galilea. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Yurimaguas, Andoas (Privado). DEPARTAMENTO: UCAYALI - Pucallpa MORDAZA, Atalaya, Puerto MORDAZA, Puerto Breu/Tipishsa, Sepahua, Zorrillos (Privado), Yarinacocha. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y PASCO - San MORDAZA, Satipo, Puerto MORDAZA, Cutivireni, Puerto Ocopa, Puerto MORDAZA, Codo del Pozuzo, Pueblo Libre de Codo, Tingo MORDAZA, Puerto MORDAZA, Oxapampa, Huamancaca, Mazamari/Manuel MORDAZA, Tournavista (Privado), San MORDAZA (Privado), MORDAZA MORDAZA, Iscozasin, Rami (Privado), Poyeni, Uchubamba, Tsomaveni, Quempiri, MORDAZA de Constitucion, Anapati (Privado), Chichireni, San Jose/Puerto MORDAZA (Privado), MORDAZA del Pozuzo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huascaran/Anta. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA -Puerto MORDAZA, Camisea, Iberia, Inapari, MORDAZA MORDAZA (Privado), Alerta (Privado), MORDAZA (Privado), MORDAZA (Privado), Patria, Lagarto/Tambopata (Privado); MORDAZA MORDAZA (Privado), Huaypetue (Privado), Piedras/Tambopata (Privado), Rio Amigos (Privado), Kiteni, Mantaro, Mazuko, Miaria, Mipaya, Pacria/Nueva Luz, Quincemil, Teresita/San Francisco. DEPARTAMENTOS: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - MORDAZA, Nasca, Palmapampa, MORDAZA, Las Dunas (Privado), San MORDAZA de Marcona (Privado). DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Camana, MORDAZA, Mollendo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - CALLAO - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Paramonga (Privado). DEPARTAMENTOS: MORDAZA, TACNA Y MORDAZA - Ilo, MORDAZA, Tacna. Articulo 12º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AERO MONTANAS S.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la referida Ley, en l os terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 24882,

modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 15769

JNE
Disponen inscripcion provisional de alianza electoral en registro del JNE
RESOLUCION Nº 2028-99-JNE MORDAZA, 19 de diciembre de 1999 Vista, la solicitud recibida con fecha 16 de diciembre del presente ano, suscrita por los ciudadanos, don MORDAZA Reggiardo Sayan, Secretario General de Cambio 90; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cossio de MORDAZA, Secretaria General de Nueva Mayoria; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Movimiento Independiente Vamos Vecino; y, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Frente Nacional Independiente Peru 2000, pidiendo la inscripcion de la alianza electoral «Peru 2000», para participar en las elecciones generales a realizarse el 9 de MORDAZA proximo; CONSIDERANDO: Que, las organizaciones politicas inscritas en el Registro del MORDAZA Nacional de Elecciones, pueden formar alianzas, solicitando su inscripcion ante este Organismo Electoral hasta noventa (90) dias naturales MORDAZA del dia de las elecciones, conforme esta establecido por los Articulos 87º, 88º inciso c) y 97º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, las organizaciones politicas solicitantes se encuentran inscritas en el Registro del MORDAZA Nacional; Que, conforme lo dispone el Articulo 98º de la ley organica acotada, los recurrentes, han cumplido con acompanar a la solicitud de inscripcion de la referida alianza, la MORDAZA certificada notarialmente del acuerdo de conformacion de dicha alianza suscrito por los representantes de los organos directivos de cada una de las organizaciones que la conforman; igualmente, indican la denominacion de la alianza, su domicilio en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 240, oficina 1001, de la provincia y departamento de Lima; y el nombre de su personero legal ante este Supremo Tribunal Electoral, senor MORDAZA MORDAZA Villanueva; Que, por otro lado, se ha anexado a la solicitud de inscripcion de la mencionada alianza la hoja conteniendo el diseno del simbolo que la identifica, consistente en la palabra «Peru» y el numero «2000» en color MORDAZA, inscritos dentro de un recuadro de lineas MORDAZA con fondo MORDAZA, de conformidad con el Articulo 164º de la ley organica MORDAZA citada; Que, a la fecha, en el Registro del MORDAZA Nacional de Elecciones, no se encuentra inscrita ninguna organizacion politica con denominacion o simbolo igual al de la alianza cuya inscripcion se solicita; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la alianza electoral «Peru 2000», conformada por Cambio 90, Nueva Mayoria, Movimiento Inde-

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