Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1999 (20/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193, los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Gran Complejo Arqueologico conformado por los sitios arqueologicos conocidos como "Castillo de Huaricanga", "Huaricanga Sur" y el "Monolito de Huaricanga", ubicados en el distrito de Pativilca, provincia de Chancay, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico establecer las acciones necesarias para la elaboracion del plano de delimitacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. BENZA PFLUCKER Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional 15750

Que, mediante el Acuerdo Nº 342 de fecha 16 de noviembre de 1999, la Comision Tecnica de Arqueologia del INC, recomienda a la Direccion Nacional del INC, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico "Fortaleza de Lashahuay", ubicado en el anexo de Malleuran, distrito de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA arqueologica denominada "Fortaleza de Lashahuay", ubicada en el anexo de Malleuran, distrito de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico establecer las acciones necesarias para la elaboracion del plano de delimitacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

Declaran MORDAZA arqueologica ubicada en el distrito de Quinches, provincia de Yauyos, como Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 851/INC MORDAZA, 7 de diciembre de 1999 VISTO, el Expediente Nº 2605 de fecha 13 de MORDAZA de 1999 del Cuerpo Directivo del Club Deportivo Union Quinches y visto el Informe Nº 851-99-INC/DGPA/RAF de fecha 10 de noviembre de 1999 del arqueologo Rommel MORDAZA MORDAZA mediante el cual solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural cientifica y arqueologica;

MORDAZA A. BENZA PFLUCKER Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional Instituto Nacional de Cultura 15745

Declaran sitios arqueologicos ubicados en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, como Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 852/INC MORDAZA, 7 de diciembre de 1999 VISTO, el Expediente Nº 3778 de fecha 28 de setiembre de 1999, del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de

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