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Pág. 181681 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de diciembre de 1999 del Perú en San Pablo, República Federativa del Brasil, a partir del 16 de febrero del 2000. 2º.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-88-RE, de 28 de abril de 1988. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolu- ción a las partidas correspondientes del Pliego Presu- puestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15794 M T C Declaran en situación de urgencia adquisición de equipos de procesa- miento automático de datos para afron- tar el Problema Informático del Año 2000 DECRETO SUPREMO Nº 050-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el resultado del proceso de Licitación Pública Nº 001-99-MTC/15.12 declaró desiertos diez ítems de los convocados para la adquisición de equipos de procesa- miento automático de datos y equipos complementarios; Que, de los citados ítems, la adquisición de un servidor de firewall, un switch corporativo, siete switches centra- les, doce switches y seis switches departamentales resul- ta imprescindible para afrontar los requerimientos infor- máticos del año 2000; Que, es indispensable asegurar la continuidad de los servicios y el desempeño de las funciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; Que, la ausencia de dichos bienes constituye una situación de urgencia prevista en los Artículos 19º, literal c); y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia resulta necesario exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del requisito de licitación pública para la adquisición de los bienes referidos; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, en los Artículos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y en el Artícu- lo 44º literal c) de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese en situación de urgencia la adquisición de los equipos de procesamiento automático de datos y equipos complementarios referidos en la parte considerativa de la presente resolución, a efectos de afrontar el Problema Informático del año 2000. Artículo 2º.- Exonérese al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del requisito de licitación pública para la adquisición de un servidor defirewall, un switch corporativo, siete switches centrales, doce switches y seis switches departamentales, hasta por un monto de S/. 583,929.69 (Quinientos Ochentitrés mil novecientos veintinueve y 69/100 nuevos soles). Artículo 3º.- La adquisición se efectuará con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción aprobado para el Ejerci- cio Fiscal del año 1999. Artículo 4º.- La contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por el presente Decreto Su- premo se regulará por las disposiciones de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será pues- to en conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los diez días siguientes a su aprobación. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 15798 Renuevan a empresa permiso de opera- ción de servicio de transporte aéreo no regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 247-99-MTC/15.16 Lima, 1 de diciembre de 1999 Vista la solicitud de AERO MONTAÑAS S.A. , sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y co- rreo; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 105-98-MTC/15.16 del 7 de agosto de 1998 se concedió a AERO MONTAÑAS S.A., la Renovación y Modificación de su Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cinco (5) años contados en períodos sucesivos, con vencimiento el 29 de setiembre de 1999; Que, mediante Resolución Directoral Nº 159-99-MTC/15.16 del 25 de agosto de 1999, se modificó el mencionado Permiso de Operación, en el sentido de incrementar el material aeronáutico autorizado a la recurrente; Que, en el presente trámite AERO MONTAÑAS S.A. solicita la Renovación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo, bajo las mismas condiciones establecidas en la Resolución Directoral Nº 105-98-MTC/15.16 del 7 de agosto de 1998, modificada por la Resolución Directoral Nº 159-99-MTC/15.16 del 25 de agosto de 1999; Que, según los términos del Memorándum Nº 0475-99- MTC/15.16.02, emitido por la Dirección de Asesoría Le- gal; Memorándum Nº 0686-99-MTC/15.16.6, emitido por