Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 1999 (28/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 181980

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de diciembre de 1999

treinta (30) dias a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 16125

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 164-99 a suscribirse con la Compania Minera Casapalca S.A. el que consta de 18 clausulas y 3 Anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesion definitiva de transmision electrica a celebrarse con la Compania Minera Casapalca S.A. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la escritura publica que de origen el contrato de Concesion Definitiva Nº 164-99, referido en el Articulo 3º de esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 16126

Otorgan concesion definitiva a empresa para desarrollar actividades de transmision de energia electrica
RESOLUCION SUPREMA Nº 157-99-EM MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 Visto el Expediente Nº 14097399, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1237443, 1241420, 1246612, 1244795, 1249107 y 1253433, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, presentado por la Compania Minera Casapalca S.A., persona juridica inscrita en el asiento 1, ficha 39206 del Registro Publico de Mineria; CONSIDERANDO: Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844 y articulos pertinentes de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la solicitud de concesion definitiva de transmision comprende la linea de transmision de 50 kV de tension S.E. Antuquito - S.E. Casapalca, de propiedad de la solicitante, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas que figuran en el expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 299-99EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 02-94-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Compania Minera Casapalca S.A., concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica, en la linea de transmision S.E. Antuquito - S.E. Casapalca de 50 kV de tension de propiedad de la solicitante, ubicada en el distrito de Chicla, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el contrato de concesion que se aprueba en el Articulo 3º, asignandole el Codigo Nº 14097399. Articulo 2º.- La concesion operara en la siguiente linea electrica:
Salida/Llegada de la Linea Electrica *S.E. ANTUQUITO - S.E. CASAPALCA * Pertenece a otra empresa Tension Nº de (Kv) Ternas 50 01 Longitud (km) 3.07

MITINCI
Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECOPI
DECRETO SUPREMO Nº 015-99-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 005-99-ITINCI, se aprobo el actual Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INCECOPI; Que por Decreto de Urgencia Nº 064-99 se ha establecido normas transitorias para el desarrollo de programas de saneamiento y fortalecimiento patrimonial en las empresas, creandose el Procedimiento Transitorio al cual podran acogerse las empresas independientemente del total de sus pasivos o de su situacion patrimonial, a la fecha del inicio del procedimiento; Que el Decreto de Urgencia Nº 064-99 establece en su Articulo 16º que las tasas aplicables a los procedimientos establecidos en dicha MORDAZA, deben ser fijadas por Decreto Supremo; Que el Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, senala en su Articulo 22º que la incorporacion de nuevos procedimientos a los MORDAZA se aprueba mediante Decreto Supremo; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru: DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual, conforme al texto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.