Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 1999 (01/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 1 de enero de 1999

E Peruano Pag. 168189 l

accion que modifique los rubros que integran el Gasto [ntegrado de Personal - GIP. 4.2. Las Entidades, que no cuenten con Gasto Integrado le personal - GIP para 1997, por no haber registrado 2.7.1. El Presidente del Directorio o Consejo Directivo de operaciones en dicho ejercicio, deberan proponer a la OIOE la Entidad, no debera desempenar labores a tiempo compleSara su aprobacion, el detalle y monto del Gasto Integrado to, salvo que asi se establezca en la respectiva Ley de ie Personal - GIP para el ejercicio 1999. Creacion o en su Reglamento, o cuando por las caracteris4.3. Las Entidades deberan proporcionar, a solicitud dela ticas de la Entidad y para el mejor desarrollo de las actividaDIOE, informacion adicional, en un plazo que no exceda los des que le MORDAZA encomendadas, se justifique. :inco (5) dias habiles de la recepcion del requerimiento. 2.7.2. Los honorarios anuales del Presidente del Direc4.4. Las Empresas y Entidades declaradas en MORDAZA de torio o Consejo Directivo que desempenen funciones a lisolucion con liquidacion, o quiebra, no estaran sujetas a tiempo completo en estricto cumplimiento de lo establecido la presente Directiva, sino que se regiran por las disposicioen el numeral anterior, seran equivalentes a la remuneranes especificas de la OIOE. cion del Gerente General, multiplicada por el mismo nume4.5. Si en un plazo de sesenta (60) dias calendario de ro de remuneraciones que este percibe, mas un veinte por ciento (20%), salvo que en la respectiva Ley de Creacion, en / 1 haber sido presentada una solicitud referida a temas contemplados en la presente Directiva y que MORDAZA de competensu Reglamento o MORDAZA expresa, se establezca un importe :ia de la OIOE y no existiese pronunciamiento expreso de la diferente. DIOE, se entender% autorizada dicha solicitud en aplica2.7.3. El President,e del Directorio o Consejo Directivo 3on del MORDAZA de celeridad. Para estos efectos, se tenque realice labores a tiempo completo y perciba honorarios, iran en cuenta las solicitudes con informacion completa, debera suscribir un contrato de locacion de servicios direcdirigidas al Director Ejecutivo de la OIOE. tamente con la OIOE o quien esta designe, para cada caso 4.6. La presente Directiva es de aplicacion a las Entidades especifico. que suscriban Convenios de Gestion, con excepcion de aque2.7.4. El Presidente del Directorio o Consejo Directivo llo que se establezca expresamente en dicho Convenio. que perciba honorarios por el desarrollo de labores a tiempo 4.7. El incumplimiento de lo establecido en la presente completo, no mantendra relacion laboral con las Entidades Directiva, MORDAZA lugar a: en las que ejerce el cargo, ni con la OIOE. En estos casos, no podra percibir dietas por asistir a sesiones del Directorio l Incumplimiento por primera vez: se amonestara por que preside, ni honorarios profesionales de otras Entidades escrito a la Entidad. del Estado. l Incumplimiento por MORDAZA vez: se publicara en el Diario Oficial El Peruano, el nombre de la Entidad , dando 2.8. Para el pago de las dietas de los miembros del cuenta a la Contraloria General de la Republica, a efecto Directorio u organo equivalente y representantes que determine la responsabilidad administrativa, civil y del Estado ante la Junta General de Accionistas. penal a que hubiere lugar. 2.7. Para la contratacion del Presidente del Directorio o Consejo Directivo. 2.8.1. El monto MORDAZA de las dietas que perciben, por asistencia a cada sesion, los miembros del Directorio u organo equivalente y representantes del Estado ante la Junta General de Accionistas de las Entidades, sera establecido por la OIOE para cada Entidad, tomando en cuenta las respectivas categorias. 2.8.2. El numero MORDAZA de dietas que puede percibir cada miembro del Directorio u organo equivalente, es de dos (2) al mes, por Entidad ala que pertenezca. El numero total de dietas por mes percibidas por un Director en diversas Entidades no podra exceder de cuatro (41, asi asista a un numero mayor de sesiones. CAPITULO III DE LA EVALUACION PRESUPUESTARIA 3.1. De la Remision de Informacion. Las Entidades deberan remitir trimestralmente, el Balance, el Estado de Ganancias y Perdidas, el Presupuesto de Ingresos y Egresos y el Flujo de MORDAZA, dentro de los veinte (20) dias calendario posteriores al fin del trimestre a evaluar. La informacion a que se refiere el parrafo anterior, sera nresentada en los formularios N" lE, 2E, 3E y 4E del Anexo k'l de la presente Directiva. Dichos formularios deberan estar suscritos por el Gerente de Finanzas y Gerente General o por quienes MORDAZA sus veces y deberan ser enviados por correo electronico a la direccion oioe@nef.gob.pe y un ejemplar por correo postal. Asimismo, las Entidades remitiran un resumen ejecutivo sobre los hechos relevantes si los hubiere. 3.2. De la Evaluacion. Aquellos rubros en que lo ejecutado exceda el monte 1 presupuestado, las entidades deberan sustentar dicha diferencia mediante un informe ejecutivo que no exceda de una 1 (1) pagina. CAPITULO IV DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 4.1. En tanto las Entidades no presenten la informacion a que se refiere el numeral 2.1.2, quedan prohibidas, bajo responsabilidad de sus Directores de efectuar cualquier 4.8. El incumplimiento de la presente Directiva implica responsabilidad personal de los miembros del Directorio o Titular de la Entidad, del Gerente General o su equivalente, y del Gerente funcional del area involucrada, dando lugar su incumplimiento a las sanciones administrativas aplicables, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar. GLOSARIO CONVENIOS DE GESTION: Son contratos celebrados entre la Entidad y la OIOE, donde se definen objetivos y metas especificas que se miden a traves de indicadores de gestion. INSTRUMENTOS DE GESTION: son herramientas que miden resultados y estan orientadas a contribuir de manera efectiva a una mejor gestion de las Entidades y generacion de beneficios para el Estado y la ciudadania. Entre las principales herramientas SeencuentranelPresupuesto, Convenio de Gestion y el Gasto Integrado de Personal - GIP. TASA INTERNA DE RETORNO: es aquella tasa de descuento que permite que el valor presente neto, resulte igual a cero. La tasa interna de retorno, refleja el valor de la rentabilidad total del proyecto, es decir, equivale a latasa de interes compuesta que se tendria que obtener del capital invertido en el proyecto. ENDEUDAMIENTO EXTERNO: es aquella operacion por la cual la Entidad obtiene prestamos de bancos, gobiernos, proveedores, organismos internacionales y otras entidades del exterior. Pueden ser con o sin aval del Gobierno y pueden ser de corto o largo plazo (mayor a un ano). ENDEUDAMIENTO INTERNO: es aquella operacion, por la cual la Entidad obtiene prestamos de bancos, proveedores y otras entidades del pais. Pueden ser de corto 0 largo plazo (mayor a un ano). ANEXO N° 1 EVALUACION PRESUPUESTARIA
FORMULARIO N° 1E : Balance General. FORMULARIO N" 2E : Estado de Ganancias y Perdidas. FORMULARIO N" 3E : Presupuesto de In@-esos y E@-esos. FORMULARIO N" 4E : Flujo de MORDAZA

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