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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 1999 (01/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

--r--- quería y permitirá establecer las medidas de regulación y manejo correspondientes para dicho año, por lo que es conveniente prorrogar la vigencia de las disposicionescontenidas en las resoluciones citadas en el segundo, tercero y cuarto considerando;dispongan de cables de arrastre que permitan pescar a profundidades mayores a 200 metros; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley N” 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE: y, Con la opinión favorable del Viceministro;SE RESUELVE: Artículo l“.- Ampliar el período de vigencia de las Resoluciones Ministeriales NS. 486-9X-PE, 523-98-PE y 537-98-PE hasta el 31 de enero de 1999. Artículo 2”.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extracción y Procesamiento Pesquero y las Direcciones Regionales de Pesquería, en el ámbito jurisdic- cional de sus respectivas competencias, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto por la presente Reso-lución Ministerial.Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 2” de la Resolución Ministerial citada en el considerando prece- dente, los armadores pesqueros que deseen acogerse a lodispuesto en dicha resolución, deberán presentar ante laDirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pes- quería, el informe técnico sobre verificación de las condi- ciones establecidas en los incisos a) y b) del Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 537-98-PE, emitida por una empresa reconocida por la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales del INDECOPI, para otorgarcertificados al sector pesquero. Asimismo, la DirecciónNacional de Extracción del Ministerio de Pesquería co-municará a la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas del Ministerio de Defensa, la relación de losarmadores que cumplan con presentar el mencionado informe técnico y mediante Resolución Directoral publi-cará periódicamente la relación de armadores que hayan cumplido con la referida disposición; Que de la evaluación efectuada a los informes técnicos sobre verificación de las condiciones establecidas en los incisos a) y bJ del Artículo 1” de la Resolución Ministerial N 537.98-PE, se ha determinado a los armadores de embarca- ciones pesqueras de arrastre de mayor escala con permiso de pesca para la extracción del recurso merluza que han cumplido con su adecuada presentación, por lo que es necesario publicar la relación cuyo anexo es parte integran- te de la presente resolución, la misma que será actualizadaperiódicamente;Artículo 3”.- Los armadores pesqueros que incumplan las disposiciones contenidas en la presente resolución se- rán sancionados de conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, su reglamento, el Plan de Ordenamientode la Pesqueria del recurso merluza, la Resolución Ministe- rial N” 527.98-PE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 4”.- La presente resolución entrará en vigen- cia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Ásesoría Jurídka; y, Regístrese, comuníquese y publíqur~e. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 537-9%PE; LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería SE RESUELVE: 15450Estando informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina de Relación de embarcaciones de arras- tre de mayor escala con permiso de pesca para la extracción del recurso merluzaArtículo lo.- Publicar la relación de embarcaciones pesqueras de arrastre de mayor escala con permiso de pesca para la extracción del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) pertenecientes a armadores que cumplieron con presentar el informe técnico sobre verificación de lascondiciones establecidas en los incisos aJ y bJ del Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 537-98-PE, para dedicarse ala actividad extractiva del recurso merluza a partir de las 00.00 horas del día 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 1998, cuyo anexo es parte integrante de la presente resolución. RESOLUCION DIRECTORAL N° 387-98PE/DNE Lima, 31 de diciembre de 1998Artículo 2°.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa ya las Direcciones Regionales dePesquería de Piura, Chiclayo y La Libertad. CONSIDERANDO: Regístrese, comuníquese y publíquese. Que el Artículo 9° del Decreto Ley N° 25977, Ley General LUIS SHIMABUKURO MIYASATO de Pesca, dispone que el Ministerio de Pesquería, sobre la Director Nacional de Extracción base de evidencia científica disponible y de factores so- cioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, ANEXO los sistemas de ordenamiento pesquero. las cuotas de cap-tura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regu- R.D. N° 387-98-PE/DNE lación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la i EMBARCACIONES PESQUERAS DE ARRASTRE DE MAYOR preservación y explotación racional de los recursos hidro- ESCALACONPERMISODEPESCAPARAELRECURSOMERLUZA, biológicos; EXCEPTUADOS DE LA PROHIBICION Que por Resolución Ministerial N” 435-98-PE, de fecha ESTABLECIDA EN LA R.M. N° 523-98-PE 9 de setiembre de 1998, se prohibió la extracción y procesa- il miento del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) N° NOMBRE DE LA ~ 1 MISS AMERICA N° DE ARMADOR en la zona comprendida al sur de los 6° L.S. a partir de las EMBARCACION MATRICULA 00.00 horas del día 12 de setiembre de 1998 hasta las 00.00 horas del día 31 de diciembre de 1998, asimismo mediante PT-6728-PM AGROPESCA S.A. Resolución Ministerial N° 523-98-PE, de fecha 21 de octu- bre de 1998, se prohibió la extracción del recurso merluza / 3.PT-6103-PM MIGUEL PT-10947.CM (Merluccius gayi peruanus) en la zona comprendida a 4. SNAEFARI PT-12295.PM sur de los 5” L.S. a partir de las 00.00 horas del día 23 de 5. PF-1 6 PT-51 23-CM octubre de 1998 hasta las 00.00 horas del día 31 de diciem- 6. SANTA MONICA PT-1 1075-PM INDUSTRIAL PESQUERA bre de 1998; 7. SANTA MONICA II PT-12666-PM SANTA MONICA S.A. Que mediante el Artículo 1” de la Resolución Ministerial 8. POSEIDON PT-1771-CM N” 537-98-PE de fecha 30 de octubre de 1998, se exceptúa 9 ISABEL PT-l 1392-PM ARMADORES Y de la prohibición establecida en la Resolución Ministerial CONGELADORES DEL N° 523-98-PE, a los armadores de embarcaciones pesqueras PACIFICO S.A. de arrastre de mayor escala con permiso de pesca para la 10. ANA MARIA PT-11714.PM extracción del recurso merluza, que cuentan con redes de ll. ANICO PT-6282.CM ANICO S.A arrastre con tamaño mínimo de malla del copo de 110 mm. 12. ANICO II PT-6283.CM y dimensiones de las mallas de las secciones anteriores al copo (túnel o cuerpo y antecopo) mayores a las del copo y / 15451