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Pág. 169518 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de febrero de 1999 Que en respuesta a tal diversidad, el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que la Política Nacional de Educación Intercul- tural y Educación Bilingüe Intercultural, formulada para el Quinquenio 1991 - 1995 y el Plan de Educa- ción Bilingüe Intercultural 1998 - 2000, formulado por la Unidad de Educación Bilingüe Intercultural, dependiente de la Dirección Nacional de Educación Inicial y Primaria, establece la aplicación de la Edu- cación Bilingüe Intercultural (EBI) en todos los ni- veles y modalidades del Sistema Educativo, de las zonas del país cuya población sea vernáculo-hablan- te; considerando también que para su adecuado y eficaz desarrollo es indispensable formar recursos humanos especializados; Que en el Programa Curricular Básico del primero y segundo grados del Primer Ciclo de Educación Primaria aprobado por R.M. Nº 124-97-ED y del tercer y cuarto grados del Segundo Ciclo de Educación Primaria aproba- do por R.M. Nº 201-98-ED, se considera como uno de los ejes curriculares la identidad personal y cultural y como uno de los contenidos transversales la pluriculturali- dad peruana; Que en 1995 se inició la experimentación de dicho currículo en cuatro Institutos Superiores Pedagógicos nombrados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, existiendo la necesidad de concluir con dicha experimentación; Con la opinión favorable de la Dirección Nacional de Formación y Capacitación Docente, y la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educa- ción; De conformidad con la Ley General de Educación Nº 23384; Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96- ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de la apli- cación experimental, del Currículo de Formación Docente en la modalidad Educación Bilingüe Inter- cultural, que forma parte de la presente resolución, por un período de tres años, en las instituciones superiores nombradas en el anexo, que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Nacional de Formación y Capacitación Docente del Ministerio de Educación, expedir los dispositivos pertinentes para la aplicación experimental del currículo al que se refiere el artículo anterior. Artículo 3º.- Las instituciones superiores selecciona- das, para la aplicación experimental del Currículo de Formación Docente en la modalidad de Educación Bi- lingüe Intercultural, deberán elevar semestralmente a la Dirección Nacional de Formación y Capacitación Docente del Ministerio de Educación, el informe corres- pondiente. Regístrese y comuníquese. ESTHER GAGO HURTADO Viceministra de Gestión Pedagógica ANEXO - Instituto Superior Pedagógico "José María Argue- das" de Andahuaylas. - Instituto Superior Pedagógico "Nuestra Señora de Lourdes" de Ayacucho. - Instituto Superior Pedagógico "Loreto" de Iquitos. - Instituto Superior Pedagógico "Huancavelica" de Huancavelica. 1639SALUD Reconocen contribución de profesio- nal del Hospital Nacional Cayetano Heredia en el control de desórdenes por deficiencia de yodo en el Perú RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-99-SA/DM Lima, 1 de febrero de 1999 Visto el Oficio DGSP Nº 0245-01-99, de la Dirección de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que los desórdenes por deficiencia de yodo (DDI) constituían un significativo problema de salud pública en el Perú; Que el Programa Nacional de Control del Bocio y Cretinismo Endémicos (PRONABCE) fue implantado en el Ministerio de Salud en 1983 siendo el Dr. Eduardo Pretell Zárate su Director hasta 1993; Que desde 1986 se desempeña como Coordinador Regional para América del Consejo Internacional para el Control de los Desórdenes por Deficiencia de Yodo (ICCIDD); Que durante su desarrollo profesional, docente y de investigación científica, ha contribuido con valiosos apor- tes al conocimiento de los efectos de la deficiencia de yodo en el ser humano, así como al desarrollo de una de las alternativas de control en salud pública con repercu- sión a nivel mundial en el control de los DDI, habiendo recibido importantes reconocimientos a nivel nacional e internacional que prestigian al país; Que desde 1993 asesora permanentemente al Pro- grama Nacional de Erradicación de Desórdenes por Deficiencia de Yodo (PRONEDDI), ahora Programa Nacional de Prevención de Deficiencias de Micronutrien- tes (PREDEM); Que por todo lo expuesto, al Ministerio de Salud le corresponde reconocer su esfuerzo y dedicación en el control de los DDI como problema de salud pública; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 584 y su reglamento, aprobado por Decre- to Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Reconocer al Dr. Eduardo Pretell Zárate, actual Jefe del Servicio de Endocrinología del Hospital Nacional Cayetano Heredia, su invalorable contribución a la gestión, promoción, investigación y permanente preocu- pación en el control de los desórdenes por deficiencia de yodo en el Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO DE ROMAÑA Y GARCIA Ministro de Salud 1570 M T C Autorizan viaje de funcionario del SENCI- CO para participar en seminario sobre Administración para la Prevención de Desastres, a realizarse en Japón RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-99-MTC/15.04 Lima, 18 de enero de 1999