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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (05/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 169523 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de febrero de 1999 María, así como exija de cada una de ellos el correspon- diente inventario físico de expedientes, documentos y de los certificados de depósitos judiciales. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Personal, asigne al Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María el personal necesario que requiera el Equi- po Especial de la ODICMA, para el mejor logro y desa- rrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas, a fin de poner al día el indicado Juzgado, entendiéndose que se asignará personal del Régimen 728 que aún no ha cumplido el período de ley vacacional. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Personal asigne a un coordinador, quien se encargará de las funciones netamente administrativas, como son supervisión del inventariado general de los proce- sos judiciales; mandando al archivo los expedientes que se encuentren en ese estado, para luego dividir la carga útil entre los dos jueces designados y las demás de su competencia; y estando a que dentro del crono- grama de vacaciones al Primer Juzgado de Paz Letra- do de Jesús María, le tocaba salir de vacaciones y no se han señalado diligencias, se dará prioridad para sentenciar todos los procesos que se encuentren en ese estado; para luego dividir entre la carga útil asignada a cada Juez de Paz designado, asumiendo los números pares uno e impares el otro. Artículo Sexto.- DISPONER además que la CODIC- MA, supervise la labor jurisdiccional de los jueces desig- nados, quienes darán cuenta de la producción jurisdic- cional, bajo inventario con carácter de declaración jura- da; así como dotará en coordinación con el Jefe de Personal, del apoyo necesario de personal para que cada Juez designado pueda cumplir con las funciones enco- mendadas. Artículo Séptimo.- DISPONER que la duración del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, es de 60 días, avocándose el primer mes a sentenciar y el segundo en el mes de marzo a dar el debido trámite de los procesos judiciales y diligenciamiento de los actos procesales pertinentes. Artículo Octavo.- DISPONER que la Administra- ción y la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Lima, bajo responsabilidad, preste el apoyo necesario, para el éxito de las funciones encomendadas en la presente resolución. Artículo Noveno.- DISPONER que al término del plazo a que se hace referencia en el artículo séptimo, que la Presidencia del Equipo Especial, elevará un informe a la Presidencia sobre los avances, logros y resultados de las medidas dispuestas en la presente resolución. Artículo Décimo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presidencia del Equipo Espe- cial de la ODICMA, de la Oficina de Administración Distrital, del Departamento de Personal, del Departa- mento de Logística y de los magistrados comprendidos en la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1660 Modifican la conformación de la Sala de Procesos Abreviados y de Conoci- miento RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 070-99-P-CSJL Lima, 4 de febrero de 1999CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Dejan sin efecto designación y nom- bran Jueces Suplentes integrantes del Despacho Colectivo del Primer Juzga- do de Paz Letrado de Jesús María RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 069-99-P-CSJL Lima, 2 de febrero de 1999 VISTO: El informe y el acta de verificación realizado al Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, presen- tado por el señor Presidente del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, del acta de verificación de la fecha, se evidencia que la carga procesal que soporta el Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, aproximadamente ascien- de a 4,880 expedientes, 80 expedientes pendientes de sentenciar, y el ingreso de total de demandas (civiles, penales, Laborales y exhortos), correspondientes al mes de enero asciende a 404 demandas; indicadores que demuestran que la carga y movimiento procesal del indicado Juzgado, requiere de un tratamiento especial por parte de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, sin perjuicio del resultado de la investigación disciplinaria, instaurada contra la doctora Gloria Cal- derón Paredes, Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María y el personal del indicado Juzgado, resulta pertinente dar el tratamiento especial, atendiendo a la carga procesal que se viene soportando, la existencia de más de dos mil depósitos judiciales de consignaciones correspondientes a años pasados que a la fecha no han sido puestas físicamente ante la ODIC- MA, y contando con el momento propicio de vacaciones el indicado Juzgado, resulta conveniente la implanta- ción en el indicado Juzgado un Despacho Colectivo Transitorio a cargo de dos magistrados, quienes asumi- rán la carga procesal correspondiente al Primer Juzga- do de Paz Letrado de Jesús María, por el término de 60 días, encomendándose a la Presidencia del Equipo Espe- cial de la ODICMA, la supervisión de la labor juris- diccional que desarrollará cada uno de los Magistrados que integran el Despacho Colectivo; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la designa- ción de la doctora GLORIA ELIZABETH CALDERÓN PAREDES, como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, a partir del 2 de marzo del año en curso. Artículo Segundo.- DESIGNAR a los señores doc- tores JORGE LUIS CARRILLO RODRIGUEZ y JOR- GE ANTONIO SERVAN LOPEZ, como Jueces Suplen- tes integrantes del Despacho Colectivo del Primer Juz- gado de Paz Letrado de Jesús María, a partir del 4 de febrero del año en curso. Artículo Tercero.- DISPONER que la Presidencia del Equipo Especial, realize una evaluación del perso- nal adscrito al Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús