Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 1999 (05/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de febrero de 1999

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Otorgan facultades a Coordinadores Departamentales para representar a la ONP ante entidades del sistema financiero, autoridades policiales y administrativas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 005-99-ONP/JEFATURA MORDAZA, 11 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, creo la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP- como la entidad encargada de administrar centralizadamente el Sistema Nacional de Pensiones, asi como otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, estando a lo dispuesto en el Articulo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 048-95-EF, el jefe de la ONP podra delegar la representacion de la institucion a fin de proteger los intereses del Sistema Nacional de Pensiones y llevar una adecuada administracion de todos los sistemas previsionales a cargo de la ONP; Que, se requiere delegar facultades de representacion ante las autoridades policiales, municipales y administrativas en los coordinadores en provincias, para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; Que, siendo funcion de la ONP realizar las acciones de control, revision, verificacion y fiscalizacion de aportes y derechos pensionarios; es necesario delegar en los coordinadores departamentales las facultades de inspeccionar en las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra ; asimismo, es necesario otorgarles facultades para solicitar informacion y plantear reclamos ante los bancos que participan en el MORDAZA de pago de pensiones y recaudacion; Que, por Resolucion Jefatural Nº 088-98- JEFATURA/ONP, se otorgaron facultades a los coordinadores departamentales de los diferentes departamentos, a fin que ejerzan la representacion de la ONP ante las autoridades policiales, municipales y administrativas, asi como para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; con capacidad para inspeccionar las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra; Que, la mencionada Resolucion Jefatural estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 1998, por lo que resulta necesario renovar las facultades a los diversos coordinadores departamentales de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323; en el inciso f) del

Articulo 4º, Articulo 7º y, la Primera Disposicion Complementaria del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y elevado a rango de ley por el Articulo 17º de la Ley Nº 26504; en el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONP aprobado por la Resolucion Suprema Nº 048-95-EF, y de conformidad con la Resolucion Suprema Nº 064-94-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a las personas que a continuacion se mencionan, desde el 2 de enero de 1999, solamente las facultades de apersonarse a nombre de la ONP, ante las entidades del sistema financiero, autoridades policiales y administrativas, tales como municipales, tributarias y afines; asi como la de realizar las inspecciones en las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion o documentacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas o regimenes previsionales a cargo de la administracion de la ONP ; pudiendo plantear reclamos ante los bancos con relacion al MORDAZA de pago de pensiones y recaudacion, en los departamentos que se precisan:
NOMBRE 1. MAGNA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GORDALIZA 6. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7. MORDAZA ARANGOITIA MORDAZA 8. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. MORDAZA CHUCOS MORDAZA 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSSANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERAMENDI BALCAZER MORDAZA FLORENTINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MACHICADO CHAPARRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALSIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEPARTAMENTO AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUSCO/APURIMAC/ MORDAZA DE MORDAZA HUANCAVELICA ICA JUNIN/HUANUCO/ PASCO LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NORTE- MORDAZA MORDAZA SUR-CANETE MORDAZA MOQUEGUA/ TACNA PIURA/TUMBES MORDAZA SAN MORDAZA UCAYALI

Las facultades conferidas en el presente articulo, se otorgan hasta el 30 de junio de 1999. Articulo 2º.- Las personas mencionadas en el articulo anterior, no tienen facultad para representar a la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP- ante autoridades judiciales, MORDAZA estas civiles, penales y/o laborales y otras en las que se requiera informacion o proporcionar documentacion relativa a las funciones de la ONP. En este sentido, por no estar facultados a recibir notificaciones de naturaleza judicial, tienen la obligacion de devolver todo documento oficial o notificacion que involucre a la ONP a la autoridad competente a fin de que esta notifique o solicite a la ONP en su domicilio legal sito en avenida Bolivia Nº 144, piso 17, MORDAZA del Centro Civico y Comercial de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun lo establece el Articulo primero del Estatuto de la ONP, aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y elevado a rango de ley mediante la Ley Nº 26504.

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