Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1999 (13/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sabado 13 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
ANO XVII - Nº 6808

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 169821

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban transferencia de inmueble de propiedad del Banco Minero del Peru en liquidacion a favor del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 018-99-EF TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL BANCO MINERO DEL PERU EN LIQUIDACION A FAVOR DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto en el Articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 034-94, el Ministerio de Economia y Finanzas asumio la deuda externa de corto, mediano y largo plazo con la banca comercial, que se encuentre vencida y por vencer, de los Bancos Agrario, Industrial y Minero del Peru en Liquidacion; Que, a la fecha, el Banco Minero del Peru en Liquidacion mantiene una deuda pendiente de cancelacion en favor del Ministerio de Economia y Finanzas, por concepto de la deuda asumida en virtud del Decreto de Urgencia Nº 034-94; Que, el Banco Minero del Peru en Liquidacion, es propietario de un inmueble ubicado en la Manzana Nº 1, Lotes Nºs. 1, 2, 3, 4 y 5 de la urbanizacion Chacaritas, Provincia Constitucional del Callao (hoy avenida Contralmirante MORDAZA Nº 301, esquina Jr. Manco Capac y MORDAZA MORDAZA, Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao); Que, es conveniente autorizar la transferencia de dicho inmueble a titulo oneroso, a favor del Ministerio de Economia y Finanzas para que sea utilizado para las actividades administrativas de COLFONAVI, asi como para los archivos de la ex Banca de Fomento en Liquidacion, ex CONADE y otros, con cargo a la deuda que mantiene el citado Banco ante el referido Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27013 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999-; DECRETA: Articulo 1º.- TRANSFERENCIA DE INMUEBLE.- Apruebase la transferencia del inmueble de propiedad del Banco Minero del Peru en Liquidacion, ubicado en la Manzana Nº 1, Lotes Nºs. 1, 2, 3, 4 y 5 de la urbanizacion Chacaritas, Provincia Constitucional del Callao (hoy avenida Contralmirante MORDAZA Nº 301, esquina Jr. Manco Capac y MORDAZA MORDAZA, Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao), a favor del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 2º.- CARACTER ONEROSO DE LA TRANSFERENCIA.- La transferencia a que se refiere el articulo precedente, se realizara a titulo oneroso y al valor establecido por el Consejo Nacional de Tasaciones -CONATA-, ascendente a la suma de US$ 552 388,32 (QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 32/100 DOLARES AMERICANOS), cuyo pago se efectuara con cargo y a cuenta de la deuda que mantiene el citado Banco en liquidacion a favor del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- COMPENSACION DE OBLIGACIONES.Autorizase a la Comision Administradora de Carteras y a la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a efectuar la compensacion a la que se refiere el Articulo 2º de la presente MORDAZA legal. Articulo 4º.- AJUSTE DE CUENTAS PATRIMONIALES.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Comision Administradora de Carteras a efectuar los ajustes que MORDAZA necesarios en sus respectivas cuentas patrimoniales, por efecto de la transferencia autorizada por este dispositivo legal. Articulo 5º.- REFRENDO DE LA NORMA.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 2110

Precios FOB de referencia para la aplicacion de los derechos especificos correspondientes a la importacion de productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-99-EF/15 MORDAZA, 12 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 016-91-EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importacion de ciertos productos agropecuarios esta sujeta a la aplicacion de derechos especificos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 133-94-EF, 99-95-EF, 151-95-EF, 025-96-EF, 080-96-EF, 005-97-EF y 083-98-EF, vigente a partir del 7 de agosto de 1998, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 1 y el 7 de febrero de 1999 para el caso del maiz, arroz y azucar, y del 25 de enero al 7 de febrero de 1999 para los productos lacteos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios FOB de referencia para la aplicacion del derecho especifico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Del 1/2 al 7/2 Maiz BDTE 100 Arroz BDTK 277 Azucar SULX 229

PRECIOS FOB DE REFERENCIA DE PRODUCTOS LACTEOS (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) (PROMEDIO QUINCENAL) US$ por T.M. Fecha Del 25/1 al 7/2 Leche Entera en Polvo 1_/ 1,700

1_/ Cotizacion superior obtenida del reporte 05 del Dairy Market News del 5-2-99. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 2109

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