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Pág. 169835 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de febrero de 1999 Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 04-22- 000183-SAT y Oficio Nº 00123-99-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 028-99-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 003-99-MDA de la Municipalidad Distrital de Ate, que establece el Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, en su jurisdicción; con la salvedad de no considerar el segundo párrafo del Artículo 7º, por ser una materia que corresponde ser incluida en la Norma Tributaria propuesta para cada ejercicio presupuestal. Regístrese, publíquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 2053 Ratifican Ordenanza de la Municipali- dad de Ate que establece derechos de emisión mecanizada y determinación de tributos en su jurisdicción ACUERDO DE CONCEJO Nº 044 Lima, 11 de febrero de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 48-99-SG-MDA de la Municipali- dad Distrital de Ate, para la ratificación de la Ordenanza Nº 007- 99-MDA que establece los Derechos de Emisión Mecanizada y Determinación de Tributos en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 04-22- 000182-SAT y Oficio Nº 00125-99-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 029-99-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 007-99-MDA de la Municipalidad Distrital de Ate, que establece los Derechos de Emisión Mecani- zada y Determinación de Tributos en su jurisdicción; Regístrese, publíquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 2054 Ratifican Ordenanza de la Municipali- dad Distrital de Ate que regula la Tasa de Licencia de Funcionamiento ACUERDO DE CONCEJO Nº 045 Lima, 11 de febrero de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 48-99-SG-MDA de la Municipali- dad Distrital de Ate, para la ratificación de la Ordenanza Nº 004- 99-MDA que regula la Tasa de Licencia de Funcionamiento en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 04-22- 000184-SAT y Oficio Nº 00124-99-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 030-99-MML/CEPP y de acuerdoa lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 004-99-MDA de la Municipalidad Distrital de Ate, que regula la Tasa de Licencia de Funcionamien- to, en su jurisdicción. Regístrese, publíquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 2055 Dictan disposiciones relativas a la adju- dicación de rutas de transporte urbano RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 006-99-MML/DMTU Lima, 3 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Municipal Nº 332-98-MML/ DMTU de fecha 9/12/98, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 22/12/98, se aprobó la "Base de Adjudicación Directa Diciembre-98"; Que, el Artículo cuarto de la Resolución Directoral Municipal señalada, estableció como plazo de duración del proceso de adjudicación de rutas de libre acceso, cuatro meses (4) a partir de su convocatoria, debiendo haber señalado, que dicho proceso duraría cuatro meses a partir de la presente convocatoria; Que, el Artículo quinto de la referida resolución, dispuso la anulación de 96 rutas que quedaron desiertas en el anterior proceso de adjudicación, habiéndose omitido publicar el anexo que contenía la relación de rutas aludidas; por lo que es necesario su publicación a efectos de lograr que dicho acto administrativo sea de conocimiento público para su eficacia; Que, el ítem 1.8 de la Segunda Parte de la "Base de Adjudi- cación Directa Diciembre-98", señala que es requisito para la presentación del Sobre Abierto denominado "Estudio Técnico de Operación de Ruta", adjuntar los gravámenes de Certifop y Licencia de Operaciones por concepto del uso de vía, expedidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT); Que, de la evaluación de los sobres abiertos presentados por las empresas de transporte que se encuentran participando en el proceso de adjudicación de rutas de libre acceso denominado "Base de Adjudicación 98" se ha observado que, muchas empresas no han podido levantar las observaciones realizadas por el área de evaluación de la DEAR, debido a que los plazos establecidos por las bases que regulan dicho proceso, no tuvieron en cuenta los plazos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), utiliza para resolver las solicitudes presentadas; no habiéndose previsto dicha contingencia en el presente proceso, limitando de esta manera, la participación de las empresas; Que, el numeral 4 y el numeral 7 de la segunda parte de la "Base de Adjudicación Directa-Diciembre 98", contienen una serie de requisitos, cuyo cumplimiento y presentación ha sido diferido con la finalidad de promover la formalización del mayor numero de empresas de transporte, por ello es necesario garan- tizar la presentación de los mismos, a efectos de poder culminar el proceso, con la adjudicación de la ruta solicitada; Que, ante las consultas efectuadas por las empresas partici- pantes del presente proceso, respecto al ítem 7.1 del numeral 7, de la Segunda Parte de la Base de Adjudicación Directa Diciem- bre-98, esta Dirección Municipal, ha visto por conveniente preci- sar que el mismo se trata de un modelo que contiene por razones de interés público y social, cláusulas que acrediten la cesión del uso y administración del vehículo para la empresa; además, de la obligación de contar con el seguro a que alude el Artículo 80º de la Ordenanza Municipal Nº 104-97; De conformidad con la ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la Ordenanza Marco del Transporte Terrestre de Lima Nº 131 la Ordenanza Municipal Nº 104-97, los Decretos de Alcaldía Nº 026-96-MML y 054-93-MML SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación del anexo que contiene la relación de rutas anuladas. Artículo Segundo.- Modificar el Artículo cuarto de la Reso- lución Directoral Municipal Nº 332-98-MML/DMTU de fecha 9 de diciembre de 1998, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: Artículo Cuarto.- Establecer un plazo de cuatro (4) meses para llevar a cabo el presente proceso de adjudicación directa para las rutas que comprenden vías de libre acceso del Plan Regulador de Rutas de Lima, a partir de la presente convocatoria; vencido dicho plazo, las rutas desiertas serán evaluadas por la Asesoría del Plan Regulador de Rutas de la Dirección Municipal de Transporte Urbano, con el propósito de disponer su modifica- ción, ampliación y/o anulación según corresponda.