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Pág. 169834 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de febrero de 1999 PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 2089 S B S Cancelan certificados de inscripción de personas natural y jurídica en el Registro Oficial de Corredores de Se- guros RESOLUCION SBS Nº 0096-99 Lima, 5 de febrero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La queja presentada por El Pacífico Vida Compañía de Segu- ros y Reaseguros contra la empresa Andina de Servicios S.R.L. Asesores y Corredores de Seguros, representada por su gerente, señor Fernando Sánchez Marquina, por retención indebida de primas de seguros; CONSIDERANDO: Que, la mencionada empresa corredora de seguros interme- dió en la contratación de las pólizas de Vida Grupo Nº 114471 y de Sepelio Nº 130614, las cuales fueron emitidas por El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros; Que, con fecha 10 de julio de 1998, la mencionada empresa de seguros recibió una solicitud para la atención del siniestro del señor Rubén Quintanilla Samanez, la misma que declinó atender por encontrarse impagas las primas de seguros; Que, ante la situación previamente descrita, con fecha 5 de octubre de 1998, los beneficiarios de las referidas pólizas, remiten a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros los recibos que acreditan los pagos efectuados por el asegurado y que fueron entregados en su totalidad a Andina de Servicios S.R.L.; Que, asimismo, la citada empresa de seguros remite a este organismo de control, fotocopia de más de 100 recibos que acre- ditan el pago a Andina de Servicios S.R.L., por concepto de pago de primas de las mencionadas pólizas, ascendentes a S/. 6 890,00 nuevos soles; Que, El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros manifiesta no haber autorizado ni a Andina de Servicios S.R.L. Asesores y Corredores de Seguros, ni al señor Fernando Sánchez Marquina para efectuar el cobro de primas; Que, el citado corredor de seguros no obstante habérsele notificado de la queja interpuesta en contra suya mediante Oficio Nº 8927-98 del 27 de octubre de 1998, en la dirección anotada en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia, no ha cumplido con presentar los descargos correspondientes; Que, la situación anotada coloca tanto al citado corredor de seguros como a la empresa corredora de seguros incursos en las faltas previstas en los literales a) y c) del Artículo 18º de la Resolución SBS Nº 381-91 concordante con el inciso 1) del Artículo 356º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y Asesoría Jurídica, mediante Informes Nº 02-99-PAUS y Nº 079-99-LEG, respectivamente; De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Unico.- Cancelar el Certificado Nº G.185, del señor Fernando Mario Sánchez Marquina y el Certificado NºJ.262 de la empresa Andina de Servicios S.R.L. Asesores y Corredores de Seguros, con los cuales se encontraban inscritos en el Registro Oficial de Corredores de Seguros, que lleva esta Superintendencia, por las razones expuestas en la parte consi- derativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 2004 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican ordenanza de la Municipali- dad Distrital de La Victoria que esta- blece el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo ACUERDO DE CONCEJO Nº 042 Lima, 11 de febrero de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 031-99-SG-MDLV de la Municipa- lidad Distrital de La Victoria, para la ratificación de la Ordenanza Nº 016-99-MDLV que establece el importe de los Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, en su jurisdic- ción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 04-22- 000175-SAT y Oficio Nº 00122-99-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 027-99-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 016-99-MDLV de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que establece el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en su jurisdicción. Regístrese, publíquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 2051 Ratifican Ordenanza que establece el marco del régimen tributario de diver- sos Arbitrios de la Municipalidad de Ate ACUERDO DE CONCEJO Nº 043 Lima, 11 de febrero de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 48-99-SG-MDA de la Municipali- dad Distrital de Ate, para l a ratificación de la Ordenanza Nº 003- 99-MDA que establece el Marco del Régimen Tributario de los