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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (13/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 169824 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de febrero de 1999 la transferencia de la propiedad o posesión de la embarcación pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condi- ciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 015-96-PE de fecha 5 de enero de 1996, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado en adecuación a la Ley General de Pesca y su reglamento entre otros armadores pesqueros a TERESA ISABEL OJEDA FLORES, para operar la embarcación pesquera de ban- dera nacional denominada "TERESA", con Matrícula Nº CE- 3037-PM de 150 TM de capacidad de bodega, la cual se dedicará a la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo huma- no indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que mediante el escrito del visto, PESQUERA OSIRIS E.I.R.L. solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante la Resolución Ministerial mencionada en el considerando precedente, para operar la embarcación pesquera denominada "TERESA", al haber adquirido la propiedad de la misma; Que de la evaluación efectuada a los documentos proporcio- nados por la recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3, correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 47º y 138º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500 y 501-98-PE; y, En uso de las facultades conferidas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bande- ra nacional que se indica a continuación, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: Permiso de Pesca Nuevo Titular Nombre de la Capacidad de Nº de Nº de R.M. Fecha Embarcación Bodega (m3) Matrícula 015-96-PE 5.1.96 PESQUERA . TERESA 156 CE-3037-PM OSIRIS E.I.R.L Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 015-96-PE a TERESA ISABEL OJEDA FLORES, para operar la embarcación pesquera denominada "TERESA", de Matrícula Nº CE-3037-PM. Artículo 3º.- Incorporar a PESQUERA OSIRIS E.I.R.L. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embar- cación pesquera "TERESA" con Matrícula Nº CE-3037-PM, así como la presente resolución, al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolu- ción Ministerial Nº 501-98-PE, retirando a TERESA ISABEL OJEDA FLORES y a la Resolución Ministerial Nº 015-96-PE, consignados en dichos anexos. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesquería Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Chimbote, Ica, Arequipa, Ilo y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 2011 Declaran infundada impugnación con- tra resolución que declaró en abando- no procedimiento de permiso de pesca solicitado por empresa RESOLUCION DIRECTORAL Nº 036-99-PE/DNE Lima, 11 de febrero de 1999 Visto los escritos con Registro Nº 4695001 de fechas 8 de mayo y 3 de noviembre de 1998, presentados por la empresa COMER- CIAL SAN JOSE S.R.Ltda., mediante los cuales interpone recur- so de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 157-97- PE/DNE;CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operación de embar- caciones pesqueras de bandera nacional, las personas natura- les y/o jurídicas requerirán del permiso de pesca correspon- diente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que por Resolución Directoral Nº 157-97-PE/DNE de fecha 9 de octubre de 1997, se declaró en abandono el procedimiento administrativo de permiso de pesca iniciado entre otros por la empresa COMERCIAL SAN JOSE S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera denominada "JOSE MANUEL" de Ma- trícula Nº CO-4923-CM, al no haber cumplido la recurrente con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería que le fueron requeridos mediante Oficio Nº 955-97-PE y, en tanto había transcurrido el plazo para que opere el abandono, éste se declaró de manera expresa; Que a través del Decreto Supremo Nº 001-98-PE se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, estableciéndose que los procedimientos en trámite deberán adecuarse a sus disposiciones; Que mediante los escritos del visto la recurrente interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral citada en el primer considerando, a fin de que se les otorgue el permiso de pesca solicitado para la embarcación pesquera "JOSE MA- NUEL", aduciendo la falta de motivación de la Resolución Direc- toral Nº 157-97-PE/DNE, además señala que la citada embarca- ción forma parte de la flota pesquera considerada para realizar actividad extractiva de los recursos anchoveta y sardina asimis- mo por cuanto su solicitud es de fecha anterior a la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial Nº 781-97-PE, la misma no le es aplicable; asimismo, manifiesta que la notificación de la Resolución Directoral impugnada se realizó de manera defec- tuosa, por lo que su recurso impugnativo fue interpuesto dentro del plazo de ley; Que de los documentos que obran en el expediente, se conclu- ye que el Oficio Nº 157-98/RENOM/DRP, mediante el cual se remitió la resolución impugnada, fue realizado de manera defec- tuosa, por lo que resulta aplicable lo dispuesto en el Artículo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, debiendo considerarse notificada la resolución desde la fecha en que el interesado manifiesta haberla recibido y, en consecuencia, se considera que el recurso impugnativo presen- tado fue interpuesto dentro del término establecido en el Artículo 98º del Decreto Supremo citado; Que del análisis y evaluación efectuados a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la recurrente no ha presentado documentación alguna que desvirtúe los argumentos por los que fue declarado el abandono del procedimiento, así mismo, a pesar de haber sido notificada mediante el Oficio Nº 1591-98-PE/DNE, no ha cumplido hasta la fecha con presentar los Requisitos Nºs. 4 y 7 del Procedimiento Nº 1 correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción: Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modi- ficado por la Ley Nº 26810; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsi- deración interpuesto por la empresa COMERCIAL SAN JOSE S.R.Ltda., contra la Resolución Directoral Nº 157-97-PE/DNE por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 2012 Declaran improcedente solicitud de permiso de pesca presentado por empresa RESOLUCION DIRECTORAL Nº 037-99-PE/DNE Lima, 11 de febrero de 1999 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00073003 con escri- to de fecha 17 de setiembre de 1998, presentado por la empresa PROYECTOS SUPERVISIONES Y SERVICIOS E.I.R.L., me-