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Pág. 175414 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de julio de 1999 ANEXO REQUERIMIENTO DE PLAZAS DOCENTES PARA 1999 Departamento Inicial Primaria Secundaria Superior Total Primaria Ed. Dist. Sec. Bach. Bach./IST Bach./ISP PASE Amazonas 7 45 5 30 5 92 Ancash 17 50 4 60 31 9 171 Apurímac 9 13 10 7 39 Arequipa 6 10 9 10 24 59 Ayacucho 9 6 9 15 6 45 Cajamarca 12 5 22 12 11 62 Callao 21 21 Cusco 12 70 12 80 28 13 12 227 Huancavelica 6 2 8 24 8 48 Huánuco 4 5 2 16 27 Ica 11 37 48 Junín 14 13 40 8 6 81 La Libertad 16 5 4 36 6 10 77 Lambayeque 16 5 39 60 Lima 98 10 203 18 329 Loreto 3 60 9 44 21 6 143 Madre de Dios 35 35 2 72 Moquegua 4 4 Pasco 2 3 3 5 9 22 Piura 6 8 47 15 76 Puno 15 39 43 6 103 San Martín 4 11 11 26 Tacna 1 12 9 22 Tumbes 10 4 9 23 Ucayali 2 21 8 13 44 Total 270 369 123 290 698 97 53 21 1921 8835 con cargo al presupuesto del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, en tal sentido es necesario autorizar el viaje del señor César Luna-Victoria León, Ministro de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder Ejecutivo", y con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 5 al 12 de julio de 1999, a las ciudades de Sao Paulo, Bogotá y Caracas, del señor César Luna-Victoria León, Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a fin de que asista y participe en los eventos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que en cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales, corresponden al siguiente detalle: Sr. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Pasajes US$ 1,634.00 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cual- quiera fuera su clase o denominación.P C M Autorizan viaje del titular del MITINCI para participar en diversos eventos en el marco de la Comunidad Andina RESOLUCION SUPREMA Nº 366-99-PCM Lima, 5 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el día 6 de julio de 1999, se desarrollarán Reuniones con los Representantes de los Bancos Centrales y Responsables de Planeación Económica, en el marco de la Comunidad Andina, en las ciudades de Sao Paulo y Bogotá; Que, asimismo el 8 de julio de 1999, se realizará la CI Reunión del Directorio de la Corporación Andina de Fomento - CAF, y el 9 de julio se llevará a cabo la Reunión para Evaluar un Arancel Externo Común, a fin de consolidar la Unión Aduanera, en la ciudad de Caracas, Venezuela; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos para la participación en la CI Reunión del Directorio de la Corporación Andina de Fomento - CAF, serán financiados por la Corporación Andina de Fomento, debiendo los demás gastos ser financiados COLOCAR AVISO INSTITUTO DE AUDITORES