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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 1999 (14/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 175697 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de julio de 1999 SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio de 1999, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional 9144 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran cumplida ejecución de obras de habilitación urbana de lotes de te- rreno ubicados en el distrito de La Molina RESOLUCION Nº 048-99-MML/DMDU Lima, 3 de mayo de 1999 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Documento Simple Nº 1844-98, seguido por CIA. INMOBILIARIA "EL LAGO" S.A. con el cual solicitan declarar cumplida la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de los Lotes Nº 79 y Nº 85 de la Manzana "K-5", que forman parte del terreno de 314,331.54 m2, ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 4994 de fecha 16 de diciembre de 1983, se recepcionaron las Obras de Habili- tación Urbana correspondiente al terreno de 314,331.54 m2, denominada 2da. Etapa de la urbanización "Rinconada del Lago", ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 689 de fecha 10 de mayo de 1990, se aprobó el nuevo plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 001-90-MLM/DGO-DU-DCO en sustitución del plano Nº 308-83/DGOPr-DU-DCO-MLM co- rrespondiente a la resolución señalada en el considerando anterior, así mismo quedaron pendientes de recepción los lotes materia del presente trámite y otros por razones topográficas; Que, de la inspección ocular realizada por personal técnico de la Dirección de Habilitaciones Urbanas se ha constatado que los lotes en referencia se encuentran en condiciones de ser recepcionados conforme a lo expuesto en el Informe Nº 068-99-MML-DMDU-DGO-DHU-DCO, de fe- cha 5 de marzo de 1999; Que, el recurrente ha cumplido con realizar los pagos que el trámite genera de acuerdo con el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos; Con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas, y la visación de la Dirección General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 de fecha 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, cumplida por CIA. INMOBILIARIA "EL LAGO" S.A. de conformidad con el Plano Nº 023-99-MML-DGO-DHU la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de los Lotes Nº 79 con un área de 380.00 m2 y el lote Nº 85 con un área de 475.00 m2 integran- tes de la manzana K-5 de la segunda Etapa de la urbanización Rinconada del Lago ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima y en consecuencia auto- rízase la libre venta de dichos lotes.Artículo Segundo.- DISPONER que el propietario de la Habilitación inserte en los contratos de compraventa que celebre las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes y que estarán destinados a uso residencial de baja densidad "R-2". Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que estará a cargo de los interesados, debiendo publicarse en un plazo máximo de treinta (30) días calenda- rio contados a partir de la fecha de su notificación. Artículo Cuarto.- Transcríbase a la Oficina Registral de Lima y Callao, para la inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de La Molina, para que incorpore al radio de su jurisdicción los lotes Nº 79 y Nº 85 de la Manzana "K-5" de la urbanización "Rinconada del Lago", que se recepciona y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimien- to y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 9149 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban cesión en uso de terreno que será utilizado para la construcción de Cuartel de la Compañía de Bombe- ros de Chaclacayo ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-99 Chaclacayo, 21 de junio de 1999 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de junio de 1999, bajo la presidencia de la señora Alcaldesa y el quórum reglamenta- rio. CONSIDERANDO: Que, es función de las Municipalidades de conformidad a su Ley Orgánica, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscrip- ciones de su jurisdicción. Que, el Concejo Distrital considera conveniente ceder en uso, el terreno de mil metros cuadrados ubicado en la zona de Los Angeles, en la margen izquierda de la avenida Nicolás de Ayllón altura del kilómetro 29 de la Carretera Central, para ser utilizado en la construcción de un local para la Compañía de Bomberos de Chaclacayo. E uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y por Unanimidad. ACORDO: Artículo Primero.- Aprobar la Cesión en uso de un área de Terreno de Mil Metros Cuadrados, ubicado en la zona de Los Angeles, en la margen izquierda de la avenida Nicolás de Ayllón, altura del kilómetro 29 de la Carretera Central, para ser utilizado en la construcción de un Cuar- tel para la Compañía de Bomberos de Chaclacayo, por el término de treinta años renovables previo acuerdo entre las partes. Artículo Segundo.- Dejar constancia, que los trámites correspondientes al cambio de uso del terreno ante la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, estarán a cargo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Artículo Tercero.- El Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú, tendrá un plazo de doce meses para iniciar y culminar la construcción de la obra descrita en el Artículo primero, contados a partir de la suscripción del Convenio de la Cesión en Uso, caso contrario el terreno revertirá en favor de la Municipalidad de Chaclacayo. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto, el Acuerdo de Conce- jo Nº 019-96 de fecha 25 de marzo.