TEXTO PAGINA: 16
Pág. 175694 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de julio de 1999 generales de ley se precisan en este oficio, ordenada por esta Judicatura mediante Resolución Nº............................ de fecha............................ • NOMBRES Y APELLIDOS ........................................................................... • IDENTIFICADO CON ................................................................................... • DOMICILIO Y TELEFONO ........................................................................... • ESTADO CIVIL ............................................................................................. • FECHA Y LUGAR DE NACIMIENTO ........................................................... • EDAD ............................................................................................................. • ESTATURA ................................................................................................... • CICATRICES, TATUAJES Y OTRAS SEÑALES ........................................ • NOMBRES Y APELLIDOS DE LOS PADRES ............................................ • GRADO DE INSTRUCCIÓN Y OCUPACION ............................................. • CENTRO DE TRABAJO, TELEFONO Y DOMICILIO ................................. • MOTIVO ........................................................................................................ • EN AGRAVIO DE .......................................................................................... • ESTADO DEL PROCESO ............................................................................ En caso de desconocerse sus datos de identidad personal, debe comunicarse esta circunstancia. Con este motivo, expreso a Usted los testimonios de mi consideración y estima personal. Dios guarde a usted. 9143 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Nombran Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 157-99-ANR Lima, 5 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 91º de la Ley Univer- sitaria Nº 23733 y normas previstas en el Reglamento de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, el día lunes 5 de julio de 1999, se llevó a cabo el acto para elegir Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores para el período institu- cional 1999 - 2001; Que, en la fecha indicada fue elegido y debidamente proclamado, habiendo juramentado a continuación su res- pectivo cargo, el ingeniero Freddy Aponte Guerrero, Rector de la Universidad Nacional de Piura, como Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores; Estando al acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de la Asamblea Nacional de Rectores, celebrada el día lunes 5 de julio de 1999; En uso de las atribuciones conferidas a la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y en el Reglamento General de la Coordinación Interu- niversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al ingeniero FREDDY APONTE GUERRERO, Rector de la Universidad Nacional de Piura, como Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, para el período institucional 1999 - 2001. Artículo 2º.- El mandato de la autoridad universitaria señalada en el artículo precedente, comprende el período del 6 de julio de 1999 al 5 de julio del 2001. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a las Universidades del país. Regístrese y comuníquese. FREDDY APONTE GUERRERO Rector de la Universidad Nacional de Piura y Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores CESAR A. CASTILLO MEZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 9206J N E Declaran que regidores de los Conce- jos Distritales de Pallasca y Laberinto deben continuar en el ejercicio de sus cargos RESOLUCION Nº 1121-99-JNE Lima, 13 de julio de 1999 Visto, el escrito, recibido el 6 de julio del año en curso, remitido por Hipólito Valdez Miranda, alcalde del Concejo Distrital de Pallasca, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, quien comunica que el citado concejo en sesión ordinaria de fecha 9 de abril del presente año, acordó declarar la vacancia del cargo de regidora que desempeña Roxana Calderón de Palomino, porque estaría incursa en la causal de vacancia establecida en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, al haber inasistido a tres sesiones ordinarias de concejo; y solicitando se nombre a quien por ley corresponda; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es atribución de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de alcalde o regidor, por causales previs- tas en los Artículos 23º, 26º, 38º modificado por la Ley Nº 26483 y 88º de la acotada norma legal, y demás pertinentes; Que, el concejo recurrente no ha adjuntado el expediente completo con los instrumentos probatorios que acrediten que la regidora Roxana Calderón de Palomino haya incurrido en la causal de vacancia que se le hace cargo; de conformidad con lo previsto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; no habiendo remitido a este órgano electoral: a) las constancias de notificación a Roxana Calderón de Palomino con la firma de recepción o que se haya utilizado cualquier otro medio idóneo que prevé el Código Procesal Civil que acredite en forma fehaciente que tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de concejo, debiendo mediar, entre la citación de la convocatoria y la sesión cuando menos dos (2) días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 39º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; b) la constancia de notificación a la citada regidora del acuerdo de concejo que declaró al vacancia de su cargo, por cualquiera de los medios permiti- dos por el Código Procesal Civil; a fin de no vulnerar el derecho de defensa que le asiste; y, c) la certificación expedi- da por el concejo en la que conste que el acuerdo que declaró la vacancia de la regidora Roxana Calderón de Palomino ha quedado consentido o ejecutoriado; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de Hipólito Valdez Miranda, alcalde del Concejo Distrital de Pallasca, provincia de pallasca, departamento de Ancash, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidora que desempeña Roxana Calderón de Palomino, al no haberse cumplido con remitir la documentación sustentatoria reque- rida para el caso. Artículo Segundo.- Declarar que Roxana Calderón de Palomino debe continuar ejerciendo el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pallasca, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 9201 RESOLUCION Nº 1122-99-JNE Lima, 13 de julio de 1999