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Pág. 176169 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de julio de 1999 De conformidad a lo establecido en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE y modificado por Resolución Ministe- rial Nº 271-98-PE y en la Resolución Ministerial Nº 319-98-PE; y, En uso de las facultades conferidas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca otorgado a PERUKO S.A. a través de la Resolución Directoral Nº 272-98-PE/DNE de fecha 2 de setiembre de 1998, para operar la embarcación pesquera de bandera coreana "HAN SHIN Nº 117" en la extracción del recurso calamar gigante o pota, con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas, a partir del vencimiento del tercer mes de inicio de las operacio- nes de pesca de la citada embarcación. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de prórroga de vigencia de la Resolución Directoral Nº 272-98-PE/DNE pre- sentada por PERUKO S.A. por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministe- rio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 9679 Modifican resolución que otorgó a em- presa permiso de pesca para operar embarcación que se dedicará a la extracción de los recursos anchoveta y sardina RESOLUCION DIRECTORAL Nº 165-99-PE/DNE Lima, 21 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 135-99-PE/DNE de fecha 15 de junio de 1999 se otorgó permiso de pesca a PESQUERA DIAMANTE S.A. para operar la embarcación pesquera "RAFAE- LLA" con matrícula Nº CO-19014-PM, para dedicarse a la extrac- ción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto; Que el Artículo 5º de la Resolución Directoral citada en el considerando precedente incorpora a la embarcación pesquera "RAFAELLA" al literal B) del Anexo I de la Resolución Ministe- rial Nº 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE; Que de la evaluación efectuada al expediente y al permiso de pesca otorgado mediante la Resolución Directoral Nº 135-99-PE/ DNE, se ha determinado que la embarcación pesquera "RAFAE- LLA" debe ser incluida en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE, correspondiente a embarcaciones pesqueras con permiso de pesca para la extracción de los recursos anchoveta y sardina, debiendo excluírsele del literal B) del Anexo I del citado texto legal; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE y 501-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 5º de la Resolución Direc- toral Nº 135-99-PE/DNE el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 5º.- Incorporar a la embarcación pesquera referida en el Artículo 2º de la presente Resolución, al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE." Artículo 2º.- Incorporar la presente resolución en el número correspondiente a la embarcación pesquera "RAFAELLA" del literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, retirando a la Resolu- ción Directoral Nº 135-99-PE/DNE de los citados Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 9680Incluyen número de matrícula de em- barcación pesquera en Anexos I y III de las RR.MM. Nºs. 500 y 501-98-PE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 166-99-PE/DNE Lima, 21 de julio de 1999 Visto el escrito de registro Nº 2449002 de fecha 17 de mayo de 1999 presentado por la empresa JADRAN S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 411-97-PE de fecha 12 de setiembre de 1997 se otorgó, entre otros, permiso de pesca a PESQUERA FROLANZA S.R.Ltda. para operar la embarcación pesquera "PERENE 3" con matrícula Nº IO-0960-PM, para dedi- carse a la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que a través de la Resolución Directoral Nº 118-99-PE/DNE de fecha 14 de mayo de 1999 se autorizó a favor de la empresa JADRAN S.A., el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado a través de la resolución citada en el considerando precedente para operar la embarcación pesquera "PERENE 3" consignándose la matrícula Nº IO-0960-PM; Que mediante el escrito del visto, la empresa JADRAN S.A. solicita la rectificación del número de matrícula consignada a la embarcación pesquera "PERENE 3" en la Resolución Directoral Nº 118-99-PE/DNE; Que de la evaluación efectuada al certificado de matrícula de la citada embarcación pesquera presentado por la recurrente, así como de los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el número de matrícula de la misma es CE-0960-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500- 98-PE y 501-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y por la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Minis- terial Nº 411-97-PE, respecto a la embarcación pesquera "PERE- NE 3" entendiéndose que su número de matrícula es el CE-0960- PM, manteniéndose las demás características técnicas. Artículo 2º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución Direc- toral Nº 118-99-PE/DNE entendiéndose que el número de matrí- cula con la que fue consignada la embarcación pesquera "PERE- NE 3" es el CE-0960-PM. Artículo 3º.- Incluir el número de matrícula correspondiente a la embarcación pesquera "PERENE 3" consignado en el Artículo 1º, así como la presente Resolución al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE y, excluir la matrícula Nº IO-0960-PM y la Resolución Directoral Nº 118-99-PE/DNE de los citados Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 9681 M T C Otorgan a empresa permiso comple- mentario de transporte internacional de carga por carretera entre Bolivia y Perú RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1412-99-MTC/15.18 Lima, 28 de mayo de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01416010, organizado por la EMPRESA "PANAMERICANA ALFA" S.R.L. de naciona- lidad boliviana, solicitando Permiso Complementario, y el Infor- me Nº 357-99-MTC/15.18.04.1. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA "PANAMERICANA ALFA" S.R.L. de nacionalidad boliviana, mediante el expediente indicado en vis- tos, solicita Permiso Complementario para efectuar transporte internacional de carga por carretera desde la República de Bolivia hacia la República del Perú y viceversa, al amparo del