Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 1999 (24/07/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 176177

Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 13 de MORDAZA de 1999, y de conformidad con el Articulo 22º del Decreto Ley Nº 25868; SE RESUELVE: Articulo 1º .- Declarar fundado el recurso de reconsideracion presentado por las empresas Medidores MORDAZA S.A. y Medidores MORDAZA Servicios S.A. contra la Resolucion N°016-99/CDS-INDECOPI, en la parte que declara inadmisible la solicitud de inicio de investigacion para la aplicacion de derechos antidumping a las importaciones de medidores de agua de 15 milimetros, MORDAZA chorro multiple, transmision magnetica, que ingresan bajo la subpartida arancelaria 9028.20.10.00, originarios o procedentes de la Republica Federativa del Brasil, fabricados o exportados por Tecnobras Industria e Comercio Ltda. y Schlumberger Industrias Ltda., y en consecuencia, iniciar el procedimiento de investigacion correspondiente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2 .- Declarar inadmisible el recurso de reconsideracion contra la Resolucion N° 016-99/CDS-INDECOPI, en la parte que declara improcedente el inicio del procedimiento de investigacion sobre las importaciones de medidores de agua de 15 milimetros, MORDAZA chorro multiple, transmision magnetica, originarios o procedentes de la Republica de MORDAZA, fabricados y exportados por la Compania Chilena de Medidores S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3 .- Notificar la presente Resolucion a las autoridades de la Republica Federativa del Brasil, asi como a las empresas importadoras y exportadoras senalados en la solicitud de inicio de investigacion, e invitar a apersonarse al procedimiento a todos aquellos que tengan legitimo interes en la investigacion. Toda comunicacion formulada por las partes interesadas debera dirigirse a la siguiente direccion: Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios Indecopi MORDAZA De La Prosa 138, San MORDAZA MORDAZA 41, Peru Telefono : (51-1) 2247800 (anexo 1221) Fax : (51-1) 2247800 (anexo 1296) Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº043-97-EF. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual se computara el inicio del procedimiento de investigacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EZETA MORDAZA Presidente Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios INDECOPI 9737

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, el Decreto Supremo Nº 133-91-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 051-92-EF, el Decreto Supremo Nº 043-97-EF, en lo que resulte aplicable, la Resolucion Nº 005-1999/CDS-INDECOPI del 5 de febrero de 1999 y el Informe N°017-1999-INDECOPI/CDS del 16 de MORDAZA de 1999 de la Secretaria Tecnica; y, CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES 1. El 15 de diciembre de 1998, la empresa Siderurgica del Peru S.A.A. ­ SIDERPERU1 solicito a la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios del Indecopi2 el inicio del procedimiento de investigacion por supuestas practicas de dumping en las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA, laminados en caliente y frio, originarias de la Federacion de Rusia y de la Republica de Ucrania. Asimismo, solicito la aplicacion de derechos provisionales antidumping, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Decreto Supremo No133-91-EF. 2. Mediante Resolucion No003-99/CDS-INDECOPI del 28 de enero de 1999, la Comision determino el inicio del procedimiento de investigacion a las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA, laminados en caliente y frio, originarias de la Federacion de Rusia y de la Republica de Ucrania. Dicha Resolucion fue publicada por dos veces consecutivas en el Diario Oficial El Peruano los dias 04 y 05 de febrero de 1999. 3. El 5 de febrero de 1999, mediante Resolucion No005-1999-CDS/INDECOPI, la Comision dispuso la aplicacion de derechos antidumping provisionales ad valorem FOB a las importaciones de bobinas y planchas de MORDAZA, laminados en caliente y frio, originarias de la Federacion de Rusia y de la Republica de Ucrania, atendiendo a los indicios de dano a la MORDAZA de produccion nacional. 4. El 12 de MORDAZA de 1999, SIDERPERU presento copias de las facturas de ventas para el periodo comprendido entre enero de 1996 y febrero de 1999, requeridas por la Comision, para verificar la fabricacion y venta por parte de dicha empresa, de los productos importados similares, citados en su solicitud de inicio de investigacion. II. ANALISIS Sobre la base de la informacion presentada por SIDERPERU, las empresas importadoras, exportadoras y ADUANAS, se ha procedido a analizar la necesidad de mantener vigentes los derechos antidumping provisionales impuestos mediante Resolucion Nº005-1999/CDS-INDECOPI, considerando el caracter excepcional de dicha medida que se sustenta en el perjuicio dificilmente reparable a la MORDAZA de produccion nacional, causadas por importaciones a precios "dumping". 1. PRODUCTOS SUJETOS A INVESTIGACION Y A DERECHOS ANTIDUMPING PROVISIONALES Los productos sujetos a investigacion y a derechos antidumping provisionales son: bobinas y planchas de MORDAZA laminadas en caliente delgadas, bobinas y planchas de MORDAZA laminadas en caliente gruesas, y bobinas y planchas de MORDAZA laminadas en frio3 , correspondientes a las siguientes subpartidas.

Dejan sin efecto los derechos provisionales vigentes sobre los productos correspondientes a diversas subpartidas arancelarias, comprendidas en el procedimiento de investigacion por supuestas practicas de dumping sobre importaciones de MORDAZA originario de la Federacion de Rusia y de la Republica de Ucrania
COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS RESOLUCION Nº 019-1999/CDS-INDECOPI MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1999

1

En adelante SIDERPERU En adelante la Comision La denominacion de bobinas y planchas corresponde al nombre comercial de las laminas enrolladas y sin enrollar, respectivamente.

2

3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.