Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 1999 (24/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 1999

Que, es deber del Estado velar por la conservacion del Patrimonio Monumental de la Nacion; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Ley Nº 24047 dispone que podran ser declarados los inmuebles de las epocas colonial y republicana que por sus meritos arquitectonicos, esteticos, urbanisticos, historicos o documentales deben ser conservados y puestos en valor; Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva, la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-IV que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARENSE MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los siguientes inmuebles: DEPARTAMENTO DE HUANUCO: Provincia de Huamalies: Distrito de Tantamayo: - Iglesia Matriz de Tantamayo. DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD: Provincia de Trujillo: Distrito de Trujillo: - Inmueble ubicado en Jr. San MORDAZA Nº 317. - Inmueble ubicado en MORDAZA de Almagro Nº 476 (Casa Callegari) - Plaza de Armas. DEPARTAMENTO DE LIMA: Provincia de Lima: Distrito de Lima: - Inmueble ubicado en Jr. Callao Nºs. 454 - 456 Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 9670 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 379/INC MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 VISTOS: El Informe Nº 90-99-INC/DCNRPI y demas documentos sustentatorios; y, CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado velar por la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047 "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion" faculta al Instituto Nacional de Cultura para proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien a las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 01/15.07.99 de fecha 15 de MORDAZA de 1999, propone se declare Monumento Historico al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 1454 - MORDAZA Altos, distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en razon a que dicho inmueble posee suficientes meritos historicos relacionados a la MORDAZA del ilustre compositor peruano de musica criolla, MORDAZA Pinglo Alva;

Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva, la Direccion General de Patrimonio Monumental y Cultural y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA Nº 1454 - MORDAZA Altos, distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 9672

Declaran Ambiente MORDAZA Monumental al "Malecon de los Ingleses", ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 369/INC MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Expediente Nº 1174.04/98, por el cual los vecinos residentes en las cuadras 3 y 4 de la MORDAZA "Batalla de Junin" del distrito de Barranco, solicitan se declare Ambiente MORDAZA Monumental al "Malecon de los Ingleses" ubicado en el distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la solicitud se sustenta en que el "Malecon de los Ingleses" reune los requisitos de orden historico para ser considerado Ambiente MORDAZA Monumental, encontrandose conformado por inmuebles debidamente declarados Monumento Historico en el Jr. MORDAZA y en el Jr. Domeyer del distrito de Barranco; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 10/29.04.99, propone se declare Ambiente MORDAZA Monumental de Reserva y Proteccion al MORDAZA Malecon de los Ingleses, por cuanto aun se conservan alli caracteristicas urbanas que datan de fines del siglo XIX, conformando un conjunto en el cual el malecon se constituye como un espacio circundante que posee valor por su forma y disposicion; ademas que, en las manzanas que integran el referido malecon, estan apareciendo edificaciones que podrian distorsionar el ambiente paisajista original del mismo al ocupar parte del acantilado y areas verdes; senalando que la Municipalidad de Barranco debera controlar y regular el crecimiento MORDAZA en la MORDAZA en MORDAZA con el paisaje natural, conservando sus linderos originales; Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva, la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-IV que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Decreto Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Uno.- DECLARAR AMBIENTE MORDAZA MONUMENTAL al "Malecon de los Ingleses", ubicado en el Jr. MORDAZA cuadra 3 (Microzona de MORDAZA proteccion) del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima.

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