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Pág. 176189 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de julio de 1999 Sector IX.- Delimitado por la Av. José Carlos Mariátegui, Av. María Elena Moyano, Av. 200 millas y la Av. Agro Indus- trial; Sector X.- Delimitado por la Av. 200 millas, Av. Pastor Sevilla límite con Lurín, Panamericana Sur, Prolongación Av. Y y el límite con la Zona Arqueológica; Sector XI.- Parque Ecológico y Arqueológico .- Delimi- tado por la prolongación César Vallejo, Av. Separadora Agro - Industrial, prolongación Av. Y, límite con la Zona Industria de Playas; Sector XII .- Zona Industrial de Playa .- Límite Zona Arqueológica, prolongación Av. Y, Antigua Panamericana Sur hasta 800 mts. al norte del intercambio de Villa; Sector XIII.- Zona de Playas .- Delimitado por la Autopis- ta Panamericana Sur, límite con el distrito de Lurín, Litoral, límite con el distrito de Chorrillos; Sector XIV.- Zona Agropecuaria . Delimitada por la Antigua Panamericana Sur, Av. Primero de Mayo, Av., Separa- dora Agro - Industrial, Av. Mariátegui, límite con la Zona Arqueológica y el cementerio. CAPITULO III: DEL SISTEMA VIAL Artículo 7º.- Del Sistema Vial . Apruébase el Plano del Sistema Vial del distrito de Villa El Salvador (Plano Nº V-01-VES) y las láminas de las Secciones Viales Normativas correspondientes, que forman parte inte- grante de la presente Ordenanza; En los que se establece la jerarquización y clasificación vial, las Secciones Viales Norma- tivas y los Derechos de Vía respectivos. Las áreas que forman parte de los Derechos de Vía son de dominio público, unalienable e imprescriptibles. El planeamiento vial distrital ha tomado como base lo dispuesto en la Ordenanza Nº 127 de la Municipalidad Metropo- litana de Lima, cuyo articulado también es de aplicación local. Artículo 8º.- De la clasificación Vial El Sistema Vial del distrito se ha estructurado y jerarquiza- do de acuerdo a la siguiente clasificación funcional: Vías Expre- sas, Vías Arteriales, Vías Colectoras y Vías Locales. En las Vías Locales se han distinguido las Vías Locales Preferenciales. Además, de acuerdo con los artículos preceden- tes de esta Ordenanza, se han incorporado las Vías de Trata- miento Especial en la Zona Agropecuaria y en la Zona de Playa. Clasificación Vial: VIAS TRAMO Vías Expresas E-1 Panamericana Sur Entre límites distritales VIAS ARTERIALES A-1 Av. Pachacútec Pumacahua Este - Lima A-2 Av. Pumacahua Oeste Panamericana Sur - Pastor Sevilla Av. Pumacahua Este Separadora Industrial- Pachacútec A-3 Av. Separadora Industrual Pumacahua Este - María Reiche A-4 Av. Pastor Sevilla Pumacahua Oeste - Límite Distrital A-5 Av. 1º de Mayo Pastor Sevilla - Separadora Industrial A-6 Av. El Sol Panamericana Sur - Pachacútec A-7 Av. José Carlos Mariátegui Agro Industrial Pachacútec A-8 Av. María Reiche Pastor Sevilla - Lima A-9 Av. Lima María Reiche - Pachacútec VIAS COLECTORAS C-1 Av. Revolución Modelo - María Reiche C-2 Av. Micaela Bastidas Límite Distrital - 200 Millas C-3 Av. María Elena Moyano El Sol - 200 Millas C-4 Av. Agro Industrial 1º de Mayo - 200 Millas C-5 Av. Modelo Separadora Industrial - Pastor Sevilla C-6 Av. 1º de Mayo (Zona Agropecuaria) Panamericana Sur- Pastor Sevilla C-7 Av. Juan Velasco Alvarado Agro Industrial-Pachacútec C-8 Av. César Vallejo Agro Industrial-Separadora Industrial C-9 Av. 200 Millas Agro Industrial-Pachacútec C-10 Av. Universitaria Pastor Sevilla - Pachacútec C-11 Av. Prologación María Reiche Panamerica Sur-Pastor Sevilla VIAS LOCALES PREFERENCIALES LP-1 Av. Central Pumacahua - 200 Millas LP-2 Av. Alamos Pumacahua - 200 Millas LP-3 Pumacahua Pastor Sevilla-Separadora Industrial LP-4 Av. Pacto Andino Pastor Sevilla-Separadora Industrial LP-5 Av. Los Angeles Pastor Sevilla-Separadora Industrial LP-6 Av. Viña del Mar Agro Industrial-Separadora Industrial LP-7 Av. Arriba Perú Agro Industrial-Separadora Industrial LP-8 Av. Jorge Chávez Agro Industrial-Separadora Industrial LP-9 Av. Bolívar Agro Industrial-Separadora Industrial LP-10 Av. 9 de Octubre Agro Industrial-Separadora IndustrialLP-11 Av. José Galvez Agro Industrial-Central LP-12 Av. Talara Agro Industrial-Central LP-13 Av. Las Lomas Pastor Sevilla- Separadora Industrial LP-14 Av. Guardia Repúblicana Separadora Industrial-Revolución LP-15 Av. Universitaria Prolog.Agro Industrial – Pastor Sevilla VIAS LOCALES CON TRATAMIENTO ESPECIAL LTE-1 Vía Agropecuaria Los Forestales Agro Industrial- J.C. Mariátegui LTE-2 Vía Agropecuaria Los Algarrobos Pumacahua Oeste- Forestales LTE-3 Vía Agropecuaria La Jojoba Pumacahua - Las Totoras LTE-4 Vía Agropecuaria El Guarango Agro Industrial- Jojoba LTE-5 Vía Agropecuaria Los Cedros Forestales - Jojoba LTE-6 Vía Agropecuaria Prolong. Viña del Mar Agro Industrial - Jojoba LTE-7 Vía Agropecuaria Prolongación Velasco Agro Industrial - Jojoba LTE-8 Vía Agropecuaria Prolongación Vallejo Agro Industrial- Algarrobos LTE-9 Vía Agropecuaria Las Totoras Panamericana Sur- Prolog.Velasco LTE-10 Vía Peatonal -Agro Industrial 200 Millas- María Reiche LTE-11 Vía Peatonal- Prolong. 200 Millas 200 Millas - Panamerica Sur LTE-12 Vía Peatonal- Prolog. Av. Universitaria Av. Universitaria - Panamerica Sur LTE-13 Vía Peatonal- Mirador Turístico Prolong.Vallejo Av. Universitaria LTE-14 Vía Malecón - Zona de Playa Zona de Playa INTERSECCIONES A DESNIVEL SUJETAS A ESTUDIO ESPECIFICO - Panamericana Sur / Mateo Pumacahua - Panamericana Sur / El Sol - Av. Lima / Separadora Industrial/ María Reiche - Separadora Industrial- Velasco Alvarado - Separadora Industrial. El Sol - Separadora Industrial 1º de Mayo - Separadora Industrial- Pumacahua Este Artículo 9º.- Modificaciones .- Las modificaciones a la clasificación normativa de vías, trazos y derechos de vías conte- nidas en el presente Plan sólo podrán ser aprobadas mediante Ordenanza del Concejo Metropolitano de Lima. El Concejo Municipal de Villa El Salvador puede proponer al Concejo Metropolitano de Lima su modificación. CAPITULO IV: EQUIPAMIENTO URBANO Artículo 10º.- Equipamiento Urbano . El normal y ade- cuado desarrollo de Villa El Salvador, en cuanto a Equipamien- to Urbano, comprende la necesaria dotación, implementación, administración y conservación de las infraestructuras corres- pondientes a las áreas públicas destinadas para recreación, tales como parques zonales, plazas, plazuelas; y a los equipa- mientos destinados para educación, salud y otros de carácter institucional requeridos para la vida en comunidad. Artículo 11º.- Equipamiento Educativo . Los Centros Educativos Estatales, de acuerdo a las normas y principios constitucionales sobre gratuidad de la enseñanza y deberes inherentes del Estado, deben atender al total de la población en edad escolar. Al efecto, se gestionará de manera permanente con el Sector Educación para el mejoramiento y la ampliación del número de aulas de los locales estatales existentes. Artículo 12º.- Equipamiento de Salud . Deberá producir- se la ampliación y mejoramiento de los establecimientos de atención de la salud. Se propone la implementación de un Hospital General de 200 camas y el mejoramiento de los Cen- tros, Puestos y Tópicos de Salud. La Municipalidad Distrital realizará las coordinaciones co- rrespondientes a fin de que el Instituto Peruano de Seguridad Social proceda a cumplir con la construcción e implementación del hospital en el terreno municipal que para tal efecto se le ha cedido en uso, ubicado en el Sector III, Av. César Vallejo. Artículo 13º.- Equipamiento Recreativo: La propuesta de equipamiento recreativo considera la irrestricta preserva- ción y respeto de los parques y toda clase de áreas de uso público. Las autoridades correspondientes deberán viabilizar el mejora- miento e implementación de los Parques Zonales y Parques Locales, garantizando su uso público. A tal efecto, se procederá a la erradicación de los invasores de las áreas reservadas para equipamiento, así como su inme-