Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 1999 (25/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 1999

Aprueban inafectacion de derechos Prorrogan estadia de servidores de la arancelarios y del IGV a importacion SBS en Mexico para que realicen Parealizada por universidad santia en la Comision Nacional Bancaria de Valores RESOLUCION SUPREMA
Nº 345-99-EF MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 Visto el Expediente Nº 14776-99 presentado por la Universidad Nacional de Ingenieria sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional de Ingenieria del bien que se encuentra incluido en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, segun la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria 8516.60.20.00 Descripcion Cocinas RESOLUCION SUPREMA Nº 346-99-EF MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 0451-99, la Superintendencia de Banca y Seguros autorizo el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesionales de la Superintendencia Adjunta de Banca, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 30 de MORDAZA de 1999, quienes participaron en el MORDAZA "Promoviendo la Estabilidad Financiera", que fuera auspiciado por el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos; Que, mediante Oficio Nº 4976-99, la citada Superintendencia solicita se amplie la estadia de los mencionados servidores a fin de que realicen una Pasantia en la Comision Nacional Bancaria de Valores, relativa a los temas de MORDAZA crediticio y prevencion sobre MORDAZA de activos; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicha ampliacion de estadia, cuyos gastos fueron cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar, en via de regularizacion, la estadia de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analistas del Departamento de Inspecciones del Sistema Financiero de la Superintendencia Adjunta de Banca, de la Superintendencia de Banca y Seguros, en la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos del 31 de MORDAZA al 3 de junio de 1999, para que realicen una Pasantia en la Comision Nacional Bancaria de Valores. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, por concepto de Viaticos ascendente a US$ 1 760,00, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los servidores cuya ampliacion de estadia se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 9782

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional de Ingenieria, segun Expediente Nº 14776-99 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 9781

EDUCACION
Designan Directora Regional de Educacion de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 113-99-ED MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regional de Educacion de MORDAZA de MORDAZA, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a designar al funcionario que ocupara el referido cargo de confianza; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; Estando a lo acordado;

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