Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 1999 (25/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 1999

SUNAT
Aprueban formularios y dictan disposiciones aplicables a la MORDAZA de declaraciones tributarias
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 087-99/SUNAT MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que el numeral 5 del Articulo 87º y el Articulo 88º del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, modificado mediante Ley Nº 27038 facultan a la Administracion Tributaria a establecer la forma y condiciones para la MORDAZA de la declaracion tributaria y su rectificatoria; Que asimismo el Articulo 29º del referido codigo faculta a la SUNAT a fijar la forma y lugar de pago; Que el Articulo 29° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF, faculta a la SUNAT a exceptuar de la obligacion de presentar declaraciones juradas en los casos que estime conveniente, a efecto de garantizar una mejor administracion del Impuesto; Que resulta necesario aprobar nuevos formularios, modificar las normas establecidas para la MORDAZA de las declaraciones y exceptuar de la obligacion de presentar la declaracion mensual del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, a fin de permitir un adecuado control del cumplimiento de las obligaciones tributarias; En uso de la facultades conferidas por las normas mencionadas y de conformidad con el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso n) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT; SE RESUELVE: DISPOSICIONES APLICABLES A LAS DECLARACIONES TITULO I DE LAS DECLARACIONES PAGO Articulo 1º.- APROBACION DE FORMULARIOS Apruebase los siguientes formularios: 1. FORMULARIO "OTROS REGIMENES"

Cuenta propia y del pago mensual del Impuesto Extraordinario de Solidaridad - Cuenta propia, a cargo de los trabajadores independientes, cuando se cumplan las siguientes condiciones de manera conjunta: a) Se encuentren obligados a realizar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta - Cuarta categoria y/o del pago mensual del IES por el periodo, conforme a la normatividad vigente; y, b) No se les hubiera efectuado la retencion correspondiente a la totalidad de las operaciones del periodo, por alguno de los tributos mencionados en el punto a). 4. FORMULARIO "OTRAS RETENCIONES"

§ Formulario N° 117, a ser utilizado por los medianos y pequenos contribuyentes. § Formulario N° 217, a ser utilizado por los principales contribuyentes.
Estos formularios se utilizaran para la declaracion y pago de los siguientes conceptos: - Retenciones del Impuesto a la Renta de MORDAZA categoria; - Retenciones del Impuesto a la Renta a contribuyentes no domiciliados; y, - Retenciones del IGV. El pago del IGV por servicios prestados por no domiciliados se debera realizar de acuerdo a lo senalado en el Articulo 5° de la presente resolucion. 5. FORMULARIO "REGIMEN ESPECIAL DE RENTA" Formulario N° 118, a ser utilizado para la declaracion y pago mensual del IGV e IPM y del Impuesto a la Renta de tercera categoria por los contribuyentes sujetos al Regimen Especial del Impuesto a la Renta (RER). 6. FORMULARIO "REGIMEN GENERAL"

§ Formulario N° 119, a ser utilizado por los medianos y pequenos contribuyentes. § Formulario N° 219, a ser utilizado por los principales contribuyentes.
Estos formularios se utilizaran para la declaracion y pago mensual de los siguientes conceptos: - IGV e IPM; - Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoria ­ Regimen General; - Retenciones del Impuesto a la Renta de cuarta categoria efectuadas a los trabajadores independientes; y, - Retenciones del IES efectuadas a trabajadores independientes. Las declaraciones del Impuesto a la Renta de MORDAZA categoria y del IES ­ Cuenta propia a cargo del empleador se efectuaran de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Superintendencia N° 080-99/SUNAT. Articulo 2º.- DATOS MINIMOS PARA CONSIDERAR PRESENTADA LA DECLARACION PAGO Sustituyase los incisos b y c del Articulo 5º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT, publicada el 8 de noviembre de 1997, por el texto siguiente: "Articulo 5º.- Para considerar presentada la declaracion pago el deudor tributario debera consignar como minimo lo siguiente: ... b) Nombres y apellidos, o denominacion o razon social. c) Periodo tributario. Tratandose de los pagos a cuenta semanales del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), se entendera consignado el periodo tributario siempre que se indique, ademas, el numero de la semana a la que corresponde el pago a cuenta." Articulo 3º.- CONCEPTOS A DECLARAR E INFORMACION CUYA OMISION CONSTITUYE MORDAZA DE LA DECLARACION EN FORMA INCOMPLETA Sustituyanse los Anexos 1 "Tributos y conceptos" y 2 "Informacion cuya omision constituye MORDAZA de la declaracion en forma incompleta" de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT, por los Anexos 1 y 2 de la presente resolucion. Articulo 4º.- CONTRIBUYENTES QUE VENDAN Y/O COMPREN BIENES COMPRENDIDOS EN EL ANEXO DEL DECRETO SUPREMO N° 123-97-EF 1. Los contribuyentes que vendan los bienes comprendidos dentro del Anexo del Decreto Supremo N° 123-97-EF, al declarar el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal deberan considerar, para el llenado de los Formularios Nºs 114, 118, 119, 214, 218 o 219, segun el caso, las siguientes instrucciones: a) En la MORDAZA N° 100 consignaran la base imponible del total de las operaciones gravadas realizadas en el periodo tributario incluyendo el de las facturas y boletas de venta referidas a los bienes indicados en el Anexo MORDAZA mencionado. b) En la MORDAZA N° 101 consignaran el impuesto correspondiente a las operaciones anotadas en la MORDAZA N° 100.

§ Formulario N° 114, a ser utilizado por los medianos y pequenos contribuyentes. § Formulario N° 214, a ser utilizado por los principales contribuyentes.
Estos formularios se utilizaran por los contribuyentes ubicados en la Amazonia que se dediquen principalmente a las actividades economicas detalladas en los numerales 11.1 del Articulo 11º, 12.1 y 12.3 del Articulo 12º de la Ley Nº 27037, Ley de Promocion de la inversion en la Amazonia, para la declaracion y pago mensual de los siguientes conceptos: - Impuesto General a las Ventas (IGV), e Impuesto de Promocion Municipal (IPM); - Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoria; - Retenciones del Impuesto a la Renta de cuarta categoria, efectuadas a trabajadores independientes; y, - Retenciones del Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES) efectuadas a trabajadores independientes. 2. FORMULARIO "IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO"

§ Formulario N° 115, a ser utilizado por los medianos y pequenos contribuyentes. § Formulario N° 215, a ser utilizado por los principales contribuyentes.
Estos formularios se utilizaran para: - La declaracion y el pago a cuenta semanal del ISC, de ser el caso; y, - La declaracion y pago mensual del ISC. 3. FORMULARIO "TRABAJADORES INDEPENDIENTES"

§ Formulario N° 116, a ser utilizado por los medianos y pequenos contribuyentes. § Formulario N° 216, a ser utilizado por los principales contribuyentes.
Estos formularios se utilizaran para la declaracion y pago a cuenta mensual del Impuesto a la Renta cuarta categoria -

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