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Pág. 176361 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de julio de 1999 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 527-99-INPE-P Lima, 27 de julio de 1999 VISTO, el Informe Nº 121-99-INPE-CPPAD de fecha 22 de julio de 1999 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Nº 442-99- INPE-P de fecha 30 de junio de 1999, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de julio de 1999, se instaura proceso administrativo disciplinario a la servidora EVA EMPERATRIZ LAZO VARGAS, del Establecimiento Penitenciario Procesados Primarios de Lima, al haber incurrido en abandono laboral en los días 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de octubre 98, tal como se señala en el Oficio Nº 563-98-INPE-EPPPL-ORH de fecha 28.OCT.98 y corroborado con el Informe Nº 029-99-INPE-DRA-URD de fecha 8.ABR.99, mediante el cual, se informa el abandono laboral de la precitada servidora, en los días ya señalados, no habiendo regularizado dichas inasistencias, por lo que de acuer- do a lo señalado precedentemente, dicha servidora se encontra- ría incursa en el Inciso c) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el Inciso k) del Artículo 28º del acotado dispositivo legal. Que, transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para presentar el descargo y las pruebas pertinentes, la servidora antes mencio- nada, no ha ejercitado su derecho de defensa que le asiste, por consiguiente subsiste el cargo atribuido en su contra. Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Huma- nos. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministe- rial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 022-99-JUS. SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTI- TUCION a la servidora EVA EMPERATRIZ LAZO VARGAS, del Establecimiento Penitenciario Procesados Primarios de Lima, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presen- te resolución. Artículo 2º.- Notifíquese la presente Resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinen- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUSTO JARA UGARTE Presidente 9851 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 528-99-INPE-P Lima, 27 de julio de 1999 VISTO, el Informe Nº 120-99-INPE-CPPAD de fecha 22 de julio de 1999 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Nº 444-99- INPE-P de fecha 30 de junio de 1999, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de junio de 1999, se instaura proceso administrativo disciplinario al ex servidor CARLOS JHON ESTRADA ZEVALLOS, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, por incurrir en abandono laboral los días 16, 17 y 18 de febrero y 3, 9, 16, 17, 19 y 20 de marzo de 1998, tal como señala el Informe Nº 025-98-INPE-DRL-A-RH-EPS- ICA de fecha 16.MAY.98, por lo que de acuerdo a lo señalado precedentemente, dicho ex servidor se encontraría incurso en el inciso c) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el Inciso k) del Artículo 28º del acotado dispositivo legal. Que, transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para presentar el descargo y las pruebas pertinentes, el ex servidor CARLOS JHON ESTRADA ZEVALLOS, del Establecimiento Peniten- ciario de Sentenciados de Ica, no ha ejercitado su derecho dedefensa que le asiste, por consiguiente subsiste el cargo atribui- do en su contra. Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 022- 99-JUS. SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTI- TUCION al ex servidor CARLOS JHON ESTRADA ZEVA- LLOS, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- ANOTESE vía acto administrativo la presen- te sanción, en el legajo personal del citado ex servidor, por haber cesado de la función pública. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución a tra- vés del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUSTO JARA UGARTE Presidente 9852 OSITRAN Aprueban Normas de comportamiento ético del personal que labora en el OSITRAN RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 002-99-CD-OSITRAN Lima, 22 de julio de 1999 VISTO, el Proyecto de Normas de Comportamiento Etico del personal que labora en el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN); CONSIDERANDO: Que OSITRAN, en tanto organismo regulador y supervisor de las entidades prestadoras que explotan infraestructura de transporte de uso público, mantiene una constante relación con las mismas y con sus usuarios, debiendo éstas desarrollarse en un marco de equidad y transparencia; Que el OSITRAN ha adoptado como política institucio- nal un sistema de actuación claro, transparente y sujeto a control, debiendo los funcionarios y personal que lo integran someterse voluntariamente a la evaluación de su gestión pública, guardando conductas que revelen la transparencia en el ejercicio de sus atribuciones, sobre todo en relación a sus administrados; Que es conveniente que las entidades sujetas a regula- ción y supervisión por OSITRAN, cuenten con una herra- mienta que les permita conocer cuál debe ser la conducta funcional y ética de los funcionarios y personal vinculado a la institución de modo que puedan exigir el cabal cumpli- miento de la misma; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión del 19 de julio de 1999; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las "Normas de compor- tamiento ético del personal que labora en el Organismo Super- visor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, OSITRAN" y su Exposición de Motivos, los mismos que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y archívese. CESAR GONZALES HURTADO Presidente del Consejo Directivo