Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 1999 (29/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 527-99-INPE-P MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Informe Nº 121-99-INPE-CPPAD de fecha 22 de MORDAZA de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 442-99INPE-P de fecha 30 de junio de 1999, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de MORDAZA de 1999, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario Procesados Primarios de MORDAZA, al haber incurrido en abandono laboral en los dias 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de octubre 98, tal como se senala en el Oficio Nº 563-98-INPE-EPPPL-ORH de fecha 28.OCT.98 y corroborado con el Informe Nº 029-99-INPE-DRA-URD de fecha 8.ABR.99, mediante el cual, se informa el abandono laboral de la precitada servidora, en los dias ya senalados, no habiendo regularizado dichas inasistencias, por lo que de acuerdo a lo senalado precedentemente, dicha servidora se encontraria incursa en el Inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el Inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal. Que, transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para presentar el descargo y las pruebas pertinentes, la servidora MORDAZA mencionada, no ha ejercitado su derecho de defensa que le asiste, por consiguiente subsiste el cargo atribuido en su contra. Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS. SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario Procesados Primarios de MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 9851 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 528-99-INPE-P MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Informe Nº 120-99-INPE-CPPAD de fecha 22 de MORDAZA de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 444-99INPE-P de fecha 30 de junio de 1999, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de junio de 1999, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al ex servidor MORDAZA JHON MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, por incurrir en abandono laboral los dias 16, 17 y 18 de febrero y 3, 9, 16, 17, 19 y 20 de marzo de 1998, tal como senala el Informe Nº 025-98-INPE-DRL-A-RH-EPSICA de fecha 16.MAY.98, por lo que de acuerdo a lo senalado precedentemente, dicho ex servidor se encontraria incurso en el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el Inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal. Que, transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para presentar el descargo y las pruebas pertinentes, el ex servidor MORDAZA JHON MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, no ha ejercitado su derecho de

defensa que le asiste, por consiguiente subsiste el cargo atribuido en su contra. Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 02299-JUS. SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION al ex servidor MORDAZA JHON MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ANOTESE via acto administrativo la presente sancion, en el legajo personal del citado ex servidor, por haber cesado de la funcion publica. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 9852

OSITRAN
Aprueban Normas de comportamiento etico del personal que labora en el OSITRAN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 002-99-CD-OSITRAN MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Proyecto de Normas de Comportamiento Etico del personal que labora en el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN); CONSIDERANDO: Que OSITRAN, en tanto organismo regulador y supervisor de las entidades prestadoras que explotan infraestructura de transporte de uso publico, mantiene una MORDAZA relacion con las mismas y con sus usuarios, debiendo estas desarrollarse en un MORDAZA de equidad y transparencia; Que el OSITRAN ha adoptado como politica institucional un sistema de actuacion MORDAZA, transparente y sujeto a control, debiendo los funcionarios y personal que lo integran someterse voluntariamente a la evaluacion de su gestion publica, guardando conductas que revelen la transparencia en el ejercicio de sus atribuciones, sobre todo en relacion a sus administrados; Que es conveniente que las entidades sujetas a regulacion y supervision por OSITRAN, cuenten con una herramienta que les permita conocer cual debe ser la conducta funcional y etica de los funcionarios y personal vinculado a la institucion de modo que puedan exigir el cabal cumplimiento de la misma; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesion del 19 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las "Normas de comportamiento etico del personal que labora en el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, OSITRAN" y su Exposicion de Motivos, los mismos que forman parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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