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Pág. 171078 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de marzo de 1999 Autorizan capitalización de saldos adeudados al MEF por la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE DECRETO DE URGENCIA Nº 014-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 068-94-EF, se apro- bó la operación de Endeudamiento Externo concerta- da por la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento -CAF- hasta por un monto equivalente a US$ 90 000 000,00 (NOVENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), los cuales fueron transfe- ridos a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE- mediante Convenio de Traspaso de Recursos aprobado por Resolución Ministerial Nº 139-94-EF/75; Que, a través del Decreto Supremo Nº 069-94-EF, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo concer- tada por la República del Perú y la CAF hasta por un monto equivalente a US$ 25 000 000,00 (VEINTICIN- CO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), los cuales fueron transferidos a COFIDE mediante Convenio de Traspaso de Recursos aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 140-94-EF/75; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-96-EF, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo concer- tada por la República del Perú con The Export-Import Bank of Japan -EXIMBANK- hasta por un monto de yenes japoneses equivalente a US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICA- NOS), los cuales fueron transferidos a COFIDE median- te Convenio de Traspaso de Recursos aprobado por Resolución Ministerial Nº 038-96-EF/75; Que, con fecha 20 de enero de 1994, COFIDE suscribió con la Unidad Especial AID-MEF, un Con- venio de Traspaso de Recursos hasta por la suma de US$ 3 000 00 0,00 (TRES MILLONES Y 00/100 DOLA- RES AMERICANOS), provenientes del Convenio de Donación aprobado por Decreto Supremo Nº 060-93-EF; Que, con la finalidad de fortalecer el patrimonio de COFIDE para que continúe apoyando a los diversos sectores de la economía a través de la intermediación de recursos, se estima conveniente disponer la capitaliza- ción de los saldos adeudados al Ministerio de Economía y Finanzas por COFIDE al 15 de marzo de 1999, en virtud a los Convenios de Traspaso de Recursos deriva- dos de las citadas operaciones de Endeudamiento Ex- terno; así como la asunción por parte del Estado de los montos adeudados al 15 de marzo de 1999 por COFIDE a la Unidad Especial AID-MEF, correspondientes a los recursos trasladados, provenientes del Convenio de Donación aprobado por Decreto Supremo Nº 060-93-EF; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase la capitalización de los sal- dos adeudados al Ministerio de Economía y Finanzas por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE- al 15 de marzo de 1999, en virtud a los Convenios de Traspaso de Recursos aprobados por Resoluciones Mi- nisteriales Nº 139-94-EF/75 y Nº 140-95-EF/75. En el caso del Convenio de Traspaso de Recursos aprobado por Resolución Ministerial Nº 038-96-EF/75, la capitaliza- ción será hasta por el equivalente en Yenes a US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DOLARES AME- RICANOS). COFIDE deberá emitir las respectivas accio- nes a nombre del Estado. En un plazo de 30 días contados a partir de la vigencia de este dispositivo legal, el Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, a través de la Dirección General deCrédito Público, y COFIDE suscribirán la respectiva acta de conciliación. Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio de Econo- mía y Finanzas a asumir los montos adeudados al 15 de marzo de 1999 por COFIDE a la Unidad Especial AID-MEF, en virtud al Convenio de Traspaso de Recursos hasta por US$ 3 000 000,00 (TRES MILLO- NES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), prove- nientes del Convenio de Donación aprobado por De- creto Supremo Nº 060-93-EF. Los montos materia de asunción constituirán un aporte del Estado al capital de COFIDE, debiendo dicha corporación emitir las respectivas acciones a nombre del Estado. Para tal fin, COFIDE y la Unidad Especial AID- MEF suscribirán la respectiva acta de conciliación de cuentas en un plazo de 30 días contados desde la vigen- cia de esta norma legal. Asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público, y COFIDE celebrarán el respectivo Convenio de Asunción. Artículo 3º.- El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos provenientes de las operacio- nes de Endeudamiento Externo aprobadas por los De- cretos Supremos Nº 068-94-EF, Nº 069-94-EF y Nº 022- 96-EF (hasta por el equivalente en Yenes a US$ 20 000 000,00) serán atendidos a partir de la entrada en vigen- cia de este dispositivo legal, por el Ministerio de Econo- mía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestales que le correspondan en cada ejercicio para el servicio de la Deuda Pública. Mediante convenio operativo a ser celebrado entre el Ministerio de Economía y Finanzas y COFIDE, se establecerán los términos en que será atendido el servi- cio de amortización, intereses y demás gastos corres- pondientes a la operación de Endeudamiento Externo aprobada por Decreto Supremo Nº 022-96-EF. Artículo 4º.- Autorízase al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para imple- mentar lo dispuesto en esta norma legal. Artículo 5º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 3529 PCM Modifican resolución que autorizó via- je de asesora de PROMPEX a Chile para participar en conferencia sobre comercio exterior RESOLUCION SUPREMA Nº 146-99-PCM Lima, 11 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº 011-99-PROMPEX/SG del Secreta- rio General (e) de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 618-98-PCM se autori- zó el viaje de la Sra. Haydee Yori de Rázuri, Asesora de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM-