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Pág. 171146 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de marzo de 1999 M T C Relación de agencias marítimas y flu- viales y de empresas y cooperativas de estiba y desestiba que se encuen- tran autorizadas para ejercer sus acti- vidades RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011-99-MTC/15.15 Lima, 23 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 707, dispone que corresponde a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción: la dirección, regulación, control y fiscalización de las Agencias Generales, Agencias Marítimas, Agencias Fluviales y Agencias Lacustres, así como, de las Empresas y Cooperativas de Trabajadores de Estiba y Desestiba; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-92-TCC (29.AGO.92) y la Resolución Directoral Nº 065-98-MTC/ 15.15 (20.NOV.98); se han dictado medidas transitorias respecto a las actividades de las mencionadas Agencias, Empresas y Cooperativas; Que, el Artículo 10º del acotado Decreto Supremo Nº 008- 92-TCC, dispone que la Dirección General de Transporte Acuático publicará periódicamente la Relación de Agencias, Empresas y Cooperativas, que se encuentran legalmente autorizadas para ejercer actividades de estiba y desestiba; Que, en ese sentido con la Resolución Directoral Nº 014-98- MTC/15.15 (6.MAR.98), se aprobó la Relación de Agencias, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, que contaban con licencias vigentes para operar durante el período anual 1998; en consecuencia, resulta necesario dar cumplimiento al referido mandato para el período anual 1999; De conformidad con el Artículo 49º del Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Artículo 23º del Decreto Ley Nº 25862, Decreto Legislativo Nº 707 y en aplicación al Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 008-92-TCC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Coo- perativas de Trabajadores de Estiba y Desestiba que se consignan en relación adjunta a la presente resolución, están autorizadas para ejercer legalmente sus actividades como tales, durante el período que vence el 31 de diciembre de 1999, en los puertos que se especifican en cada caso, por haber dado cumplimiento a los dispositivos legales sobre la materia; relación que debidamente visada por el Director de Empresas y Actividades Portuarias de la Dirección General de Transporte Acuático, forma parte integrante de la mis- ma. Artículo 2º.- Las Agencias Marítimas, Agencias Flu- viales y Agencias Lacustres, así como, las Empresas y Cooperativas de Trabajadores de Estiba y Desestiba que no han cumplido con solicitar y obtener la prórroga de sus Licencias Provisionales, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 065-98-MTC/ 15.15, han quedado automáticamente canceladas. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral, una vez que entre en vigencia, deja sin efecto la Resolución Directoral Nº 014-98-MTC/15.15 (6.MAR.98). Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y será oficiada a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), de la Marina de Guerra del Perú, a la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPUSA), a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD) y a la Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM). Regístrese y comuníquese. EUSEBIO VEGA BUEZA Director General (e) Dirección General de Transporte AcuáticoANEXO A LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011-99-MTC/15.15 RELACION DE AGENCIAS MARITIMAS Y FLU- VIALES, ASI COMO DE LAS EMPRESAS Y COOPE- RATIVAS DE ESTIBA Y DESESTIBA QUE SE EN- CUENTRAN AUTORIZADAS PARA EJERCER SUS ACTIVIDADES DURANTE EL PERIODO 1999 A. AGENCIAS MARITIMAS PUERTO DE PAITA (1ra. CATEGORIA) 01.Agencia Marítima de Paita S.A. 02.Cargonaves S.A. 03.Cosmos Agencia Marítima S.A. 04.Empresa Marítima Chimbote S.A. 05.Marítima Océano S.A. 06.Oceánica S.A. 07.Maersk Perú S.A. 08.Ransa Comercial S.A. 09.Santa Sofía Puertos S.A. 10.Técnica Naviera y Portuaria S.A. 11.Tridentum S.A. Agentes Marítimos. 12.Unimar S.A. 13.Vartosa S.A. PUERTO DE TALARA (1ra. CATEGORIA) 01.Dolphin Servicios Portuarios S.A. 02.Técnica Naviera y Portuaria S.A. 03.Transportes y Servicios Marítimos Malblu S.A. PUERTO DE BAYOVAR (2da. CATEGORIA) 01.Agencia Marítima de Paita S.A. 02.Dolphin Servicios Portuarios S.A. 03.Rasán S.A. 04.Técnica Naviera y Portuaria S.A. 05.Transportes y Servicios Marítimos Malblu S.A. PUERTO DE ETEN (2da. CATEGORIA) 01.Iturri Agente Marítimo S.A. PUERTO DE MALABRIGO (2da. CATEGORIA) 01.Iturri Agente Marítimo S.A. 02.Trabajos Marítimos S.A. PUERTO DE SALAVERRY (1ra. CATEGORIA) 01.Agencia Marítima de Barcos S.A. 02.Agencia Marítima Martínez Vargas S.R.Ltda. 03.Agencia Marítima Internacional S.A. 04.Iturri Agente Marítimo S.A. 05.Iturri Gayoso Agentes Navieros S.A. 06.Serpit S.A. 07.South Shipping Limited S.A. 08.Trabajos Marítimos S.A. PUERTO DE CHIMBOTE (1ra. CATEGORIA) 01.Empresa Marítima Chimbote S.A. 02.Marítima Nacional S.A. 03.Milne Servicios Marítimos S.A. 04.North Agencies S.A. 05.Poseidón S.A. Agencia Marítima 06.Trabajos Marítimos S.A. 07.Tridentum S.A. Agentes Marítimos PUERTO DE SUPE (2da. CATEGORIA) 01.Agencia Marítima Augusto Farfán C. S.A. 02.Servimar S.A. PUERTO DE HUACHO (2da. CATEGORIA) 01.Agencia Marítima Alcatraz S.A. 02.Empresa Marítima Chimbote S.A. PUERTO DEL CALLAO (1ra. CATEGORIA) 01.Agencia Marítima de Paita S.A. 02.Agencia Marítima Atlántico S.A. 03.Agencia Marítima Génesis S.A. 04.Agencia Marítima Konikasa S.A.