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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 1999 (17/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 171151 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de marzo de 1999 Artículo 9º.- Vigencia de los contratos DONDE DICE: "...Artículo 2º..." DEBE DECIR: "...Artículo 3º..." Disposición Transitoria y Final Segunda DONDE DICE: "...Artículo 35º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM..." DEBE DECIR: "...Artículo 55º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM..." 3612 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Designan Fiscal Ad Hoc para que se avoque al conocimiento de denuncia de ciudadano sobre presuntas irregu- laridades en organismo del Estado RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 158-99-MP-CEMP Lima, 16 de marzo de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio S/N de fecha 15 de marzo de 1999 suscrito por el ingeniero Jorge Mufarech Nemi, Ministro de Estado en la Cartera de Trabajo y Promoción Social y Presidente de la Comisión de Apoyo a la lucha contra los delitos de contrabando y defraudación de rentas de aduana, donde solicita un Fiscal de Turno para corroborar la denuncia del señor Martín Naranjo, aclarado posteriormente por Oficio S/N de la misma fecha indicando que el nombre es Martín Mendoza y que éste se encontraba en su Despacho; el Acuerdo Nº 1691 de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, donde se dispone que la doctora Cristel Junchaya Vera, Fiscal Provincial Titular de la Décima Primera Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima de Turno se constituya a dicho Despacho; y el Informe Nº 001-99-MP- 11°FPPL de la doctora Cristel Junchaya Vera, Fiscal Provincial Titular de la Décima Primera Fiscalía Provin- cial en lo Penal de Lima, emitido en la fecha, donde precisa "que se entrevistó con el señor Ministro de Trabajo y Promoción Social, ingeniero Jorge Mufarech Nemi, quien le manifestó que el 15 de los corrientes se presentó a su Despacho el ciudadano Martín Almiro Mendoza Reyes, a fin de hacer de su conocimiento hechos irregulares susci- tados en la Superintendencia de Aduanas, así como en la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera, los mis- mos que al considerarlos como hechos que lindan en ilícitos, solicita que el representante del Ministerio Públi- co reciba la declaración denuncia del citado ciudadano"; que, la indicada Fiscal solicitó la indagatoria del denuncian- te negándose éste manifestando "que lo que tiene que decir se encuentra escrito en el documento "Aspecto de tener en Consideración" el mismo que procede a rubricar y firmar en señal de conformidad, aduciendo que por razones de seguridad prefiere en todo caso que previamente se evalúe y de ser el caso se compromete que en fecha posterior se le tome su declaración y/o manifestación a efectos de ampliar el contenido del ya citado documento"; que en el acta de Visita Fiscal se hizo entrega por parte de Martín Almiro Mendoza Reyes, de un documento titulado "Aspectos a tener en Consideración" a fojas 4 debidamente firmado yrubricado; lo que debe ser materia de una exhaustiva investigación; también hizo entrega del Atestado Nº 003- 99-ADUANAS-UIE, el mismo que quedó en manos del señor Ministro por considerarlo un documento confiden- cial; que los hechos así expuestos en tal documento mere- cen ser debidamente investigados; por lo que, es necesario designar al doctor César Antonio Alegre Landavery, Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, como Fiscal Ad Hoc, con retención de su cargo y de los casos Ad Hoc que viene conociendo, y como apoyo al doctor Walter Sánchez Sánchez, Fiscal Adjunto Provincial Provisional, para el presente caso; así como a la doctora Emperatriz Tello Timoteo, Fiscal Adjunta Provin- cial Provisional, como Apoyo al Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima; y estando al Acuerdo Nº 1729 adoptado por unanimidad por la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera Disposi- ción Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, y de las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al doctor César Antonio Alegre Landavery, Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, como Fiscal Ad Hoc, para que con retención de su Despacho y los casos Ad Hoc que viene conociendo, se avoque al conocimiento de los hechos referidos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Designar al doctor Walter Sán- chez Sánchez, Fiscal Adjunto Provincial Provisional como apoyo al doctor César Antonio Alegre Landavery, para el presente caso; y a la doctora Emperatriz Tello Timoteo, Fiscal Adjunta Provincial Provisional, como Apoyo al Des- pacho de la Segunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministro de Estado en la Cartera de Trabajo y Promoción Social y Presidente de la Comisión de Apoyo a la lucha contra los delitos de contrabando y defraudación de rentas de aduana, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial, Superintendenta Nacional de Adua- nas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Callao, Fiscales Superiores Encargados de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público en los Distritos Judiciales de Lima y Callao y Fiscales designados, para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 3596 CONASEV Autorizan a empresa a administrar fon- dos de inversión RESOLUCION CONASEV Nº 035-99-EF/94.10 Lima, 9 de marzo de 1999