Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1999 (24/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de marzo de 1999

funcionales y deberan ser en numero proporcional a la cantidad de locales comerciales y de servicios. Deberan asi mismo tener instalaciones adecuadas para el MORDAZA de cilindros, plataforma de acceso de vehiculos recolectores. Articulo 29º.- Los giros permitidos en los Centros de Comercio seran los previstos en los indices de usos aprobados por la Municipalidad. La distribucion de stands o tiendas en los centros de comercio cuando sobrepasen de 150, seran por giros debiendo concentrarse por zonas o pisos; Seran usos no conformes todos aquellos toxicos, contaminantes, sonoros o que atenten contra el medio ambiente o la tranquilidad del Centro. Los usos no conformes estaran imposibilitados de obtener autorizacion Municipal de Funcionamiento. Articulo 30º.- Cuando el numero de puestos exceda de 100, se podra considerar la inclusion de zonas de venta de comida, las mismas que deberan ubicarse preferentemente en areas centrales al conjunto, salvo que dentro del proyecto se encuentre previsto un area de comensales en MORDAZA distinta del area central. El numero de puestos debera guardar relacion como minimo de 1 cada 50 puestos de otros giros. Los puestos de comida tendran como area minima 4m2, stands solo venta sin preparacion y un area minima de 12m2 stand con elaboracion; deberan estar abastecidos de puntos de agua, desague y luz. Las areas de preparacion de comidas deberan contar con zocalos de mayolica de una altura de 1.80 m, de campanas extractoras y con todas las condiciones sanitarias minimas para su funcionamiento. Articulo 31º.- Los servicios higienicos comunes deberan ser nucleos diferenciados para hombres y mujeres en cada piso, debiendo cumplir los requisitos senalados en el titulo X, de Infraestructura sanitaria del reglamento Nacional de Construcciones. Articulo 32º.- Los requisitos de seguridad relativos a zonas de fuego, seran los establecidos por el Titulo V, Requisitos de Seguridad, prevision de siniestros del Reglamento Nacional de Construcciones. Estan obligados a dotar de un (1) extintor de seis (6) kilos como minimo por cada modulo. En ningun caso se podra construir con materiales inflamables. Articulo 33º.- El procedimiento administrativo para la aprobacion de los proyectos sera el siguiente: 1. Se inicia el tramite con la MORDAZA del expediente completo bajo responsabilidad del solicitante en la Oficina de Tramite Documentario. 2. El Expediente completo pasara a la Direccion de Comercializacion y Promocion del Desarrollo Economico, donde se informara sobre su procedencia o no con relacion a los padrones de comerciantes informales, verificando si los solicitantes han formado parte del comercio informal del distrito. 3. Se remite el expediente completo con el informe a la Oficina de la Comision Especial Ejecutiva para la evaluacion tecnica. 4. La Oficina de la Comision Especial Ejecutiva efectuara la inspeccion ocular, revisara el anteproyecto arquitectonico y emitira el informe correspondiente. 5. De encontrarse con los dos (2) informes en un plazo no mayor de (5) dias se procedera a programar la sesion de la Comision Especial Ejecutiva, quien emitira un dictamen el mismo dia que tuvo a la vista el expediente. 6. La Oficina de la Comision Especial Ejecutiva procedera a notificar a los recurrentes el resultado de su tramite en un plazo no mayor de tres (3) dias. Si el dictamen es Conforme se remitira el expediente a la Oficina de Asesoria Legal a fin de que proyecte la resolucion correspondiente. Si el dictamen es No Conforme, los recurrentes podran solicitar reconsideracion adjuntando el sustento adecuado o solicitar un plazo para la subsanacion de las observaciones. 7. El acuerdo de la Comision Especial Ejecutiva tiene un plazo de vigencia de tres (3) meses contados a partir del dia siguiente de notificado, para lo cual los recurrentes dentro de este termino deberan adjuntar la documentacion correspondiente para la expedicion de la resolucion. 8. El proyecto de resolucion debera contar con el visto MORDAZA de Asesoria Legal y de la Direccion de Comercializacion y Promocion del Desarrollo Economico, y seran suscritas por el Alcalde. 9. La Direccion de Comercializacion y Promocion del Desarrollo Economico notificara a los recurrentes las regularizaciones de su proyecto e indicara ante que dependencias deberan realizarlo. 3914

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Convocan a Concurso Publico de Meritos para la designacion de Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 036-99/MDSB San MORDAZA, 19 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO: El requerimiento segun Oficio Nº 001-99/MDSB/P de fecha 17 de marzo de 1999, del Jefe de Personal y aprobacion correspondiente, referente a la designacion de la Comision para Concurso Publico de Meritos de un Ejecutor y un Auxiliar Coactivo, para la Municipalidad Distrital de San Bartolo; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 23 de setiembre de 1998, establece el MORDAZA legal que regula los actos y procedimientos de ejecucion coactiva de obligaciones tributarias y no tributarias; Que, la referida ley en su Articulo Siete establece de manera especifica la necesidad de designar un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo, mediante Concurso Publico de Meritos, el mismo que debe realizarse conforme lo dispone la Setima Disposicion Complementaria y Transitoria de la aludida ley en el plazo de sesenta dias a partir de su publicacion; Que, debiendo adecuarse los procedimientos de ejecucion coactiva segun las disposiciones contenidas en la mencionada ley, resulta necesario institucionalmente convocar a Concurso Publico de Meritos para la designacion de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo, debiendo establecerse para tal efecto una Comision de Concurso la cual tendra la responsabilidad de llevar a efecto dicho Concurso Publico de Meritos; Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, Ley de Presupuesto 1999 Nº 27013 y el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a Concurso Publico de Meritos para la designacion de un Ejecutor y un Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de San MORDAZA conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, Nº 26979. Articulo Segundo.- Designar a la Comision de Concurso Publico de Meritos para la designacion del Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo para la Municipalidad de San Bartolo; la misma que estara conformada por los funcionarios siguientes: - El Director de la Oficina de Administracion y Finanzas, quien la presidira. - El Jefe de Unidad de Rentas. - El Jefe de la Unidad de Personal, quien actuara de Secretario de la Comision. Articulo Tercero.- Encargar a la Comision de Concurso, la elaboracion de las bases, cronograma, recepcion, evaluacion, seleccion y demas acciones y procedimientos conducentes a la implementacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. WILDOR PARINANGO MORDAZA MORDAZA 3829

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