Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1999 (24/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 24 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, se ha llevado a cabo el MORDAZA de seleccion, en cumplimiento de las bases elaboradas para tal fin, habiendo obtenido la mayor calificacion el CPC Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo tanto le corresponde la designacion respectiva; De conformidad con las facultades que le confiere a la Alcaldia la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir del 21 de diciembre de 1998 al senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Articulo 2º.- El Auxiliar Coactivo asumira plenamente las funciones y procedimientos sujeto estrictamente a lo establecido en las disposiciones legales vigentes y la Ley Nº 26979. Articulo 3º.- El referido auxiliar, en cumplimiento del Art. 7º de la Ley Nº 26979 debera ejercer el cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva y percibira un haber equivalente a un jefe de unidad o division, estando incurso en lo dispuesto en la Ley Nº 276 y su reglamento el D.S. Nº 005-90PCM en lo que sea aplicable. Articulo 4º.- La Direccion de Rentas se encargara del control y supervision de los trabajos a desarrollar por el auxiliar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 3834 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 043-99-A-SEGE-002-MDEA El MORDAZA, 13 de enero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 002-99-ADMI/00-MDEA emitido por la Direccion de Administracion, con relacion al resultado del Concurso Publico de Meritos Nº 002-98-MDEA para designar al Ejecutor Coactivo de la entidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26979 de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, establece el MORDAZA Legal que regula los actos de coercion para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los administrados; Que el Art. 7º de la citada ley expresa en el numeral 7.1 que la designacion del Ejecutor y Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de Meritos; Que, se ha llevado a cabo el MORDAZA de seleccion, en cumplimiento de las bases elaboradas para tal fin, habiendo obtenido la mayor calificacion el abogado Sr. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, por lo tanto le corresponde la designacion respectiva; De conformidad con las facultades que le confiere a la Alcaldia la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir del 18 de enero de 1999 al abogado senor MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, como EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Articulo 2º.- El Ejecutor Coactivo asumira plenamente las funciones y procedimientos, sujeto estrictamente a lo establecido en las disposiciones legales vigentes y la Ley Nº 26979. Articulo 3º.- El Ejecutor Coactivo, en cumplimiento del Art. 7º de la Ley Nº 26979 debera ejercer el cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva y percibira un haber equivalente a un Director, estando incurso en lo dispuesto en la Ley Nº 276 y su reglamento el D.S. Nº 005-90-PCM en lo que sea aplicable. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 3835

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen beneficios especiales para comerciantes y aprueban Reglamento de habilitacion progresiva de centros de comercio o MORDAZA feriales
ORDENANZA N° 18-MDLV La MORDAZA, 19 de marzo de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La MORDAZA, en sesion ordinaria de fecha 19 de marzo de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 191º la Constitucion Politica del Estado, reconoce a las Municipalidades como gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar, y suprimir contribuciones y tasas municipales. Que, en el mismo cuerpo legal se establece que es el Concejo quien tiene la funcion normativa dentro de los gobiernos locales, ejerciendo esta funcion, a traves de Ordenanzas, Edictos y Acuerdos. Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 200º numeral 4) de la Constitucion y el Titulo Preliminar del Codigo Tributario, las Ordenanzas tiene rango de ley. Que, dentro de la actual politica es necesario dotar a la Municipalidad de un MORDAZA legal adecuado a fin de consolidar la reubicacion, reordenamiento y formalizacion del comercio del distrito, fomentando la creacion, adecuacion y habilitacion de MORDAZA feriales o centros de comercio, en terrenos de propiedad privada, que permita la reubicacion progresiva y ordenada de los comerciantes informales que hoy ocupan u ocuparon las vias publicas del distrito. Que, de conformidad con la Ordenanza N° 015-99-MDLV de fecha 28 de enero 1999, se aprobo una politica de apoyo a las actividades economicas de la MORDAZA y en ese MORDAZA el programa de formalizacion del comercio del distrito y en aplicacion de esta politica se debera conceder un beneficio tributario especial para dichos comerciantes, asi como la dacion de una MORDAZA que permita la habilitacion progresiva de sus centros de comercio, flexibilizando las exigencias del Reglamento Nacional de Construcciones. Que, de conformidad con el Articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades, es funcion de la Municipalidad la regulacion del transporte, circulacion y transito. Que, asi mismo de conformidad con el Articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades es funcion de la Municipalidad aprobar normas de ornato y velar por el mismo dentro del distrito. Que, resulta necesario conformar una comision Especial Ejecutiva de Proyectos para Centros de Comercio, o MORDAZA Feriales de habilitacion progresiva para comerciantes formalizados o en MORDAZA de formalizacion, a fin de que evaluen y aprueben los proyectos presentados por los citados comerciantes. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, Ordenanza Nº 015-99, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA BENEFICIOS ESPECIALES PARA COMERCIANTES FORMALIZADOS O EN MORDAZA DE FORMALIZACION Articulo Primero.- Establezcase un Beneficio Municipal Especial Tributario para las personas naturales y/o juridicas constituidas por comerciantes formalizados o en vias de formalizacion, que se encuentren debidamente registrados ante la Municipalidad.

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