Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1999 (24/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 24 de marzo de 1999
RESUELVE:

NORMAS LEGALES
Registrese y comuniquese.

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Articulo Unico.- Designar, a partir del 12 de MORDAZA de 1999, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor del Indecopi. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 3883

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 3824

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO

Adscriben a Martilleros Publicos en el Sancionan con cese temporal a ex funRegistro Fiscal de Ventas a Plazos cionarios de la Direccion Subregional RESOLUCION JEFATURAL de Salud de MORDAZA de MORDAZA Nº 101-99-ORLC/JE
MORDAZA, 22 de febrero de 1999 Visto el Oficio Nº 074-99-ORLC/GBM emitido el 22 de febrero de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 del 16 de octubre de 1994, se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, conformandose el sistema entre otros, con el Registro Fiscal de Ventas a Plazos y el Registro de Martilleros Publicos, a tenor de lo dispuesto por el Inc. d) del Articulo 2º de dicha ley; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 143-95ITINCI/DM del 6 de octubre de 1995, se ordeno la transferencia al Sistema Nacional de los Registros Publicos a partir del 16 de octubre de 1995, de las funciones y el acervo documental del Registro Fiscal de Ventas a Plazos de MORDAZA y del Registro de Martilleros Publicos; Que, por Resolucion de Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 066-95-SUNARP, se dispuso el traslado del Registro Fiscal de Ventas a Plazos y el Registro de Martilleros Publicos a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, como una seccion especial del Registro de Bienes Muebles; Que, por Resolucion Suprema Nº 004-77-CO/CI, del 7 de enero de 1977, dispone que anualmente se designaran a los Martilleros Publicos adscritos a los Registros Fiscales, los cuales no podran exceder de diez (10) en el Registro Fiscal de Ventas a Plazos de la capital y de tres (3) en los Registros Fiscales de cada provincia; En uso de las facultades establecidas en el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95SUNARP, el Art. 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado con D.S. Nº 04-95-JUS y el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 13196-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Adscribir al Registro Fiscal de Ventas a Plazos a los Martilleros Publicos cuyos nombres aparecen en la siguiente relacion: Nº DE REGISTRO 84 110 77 79 106 104 36 37 97 27 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA COBILICH LINDOW, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PINILLOS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ROGGERO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DIAS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA WEINBERGER MOLRICH, MORDAZA CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL CTAR - MORDAZA DE MORDAZA RESOLUCION PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 067-99-CTAR-MDD/PE Puerto MORDAZA, 12 de marzo de 1999 VISTO: El Informe Nº 001-99-CEPA/CTAR-MDD de fecha 26-2-99 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA de Dios; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Presidencial Ejecutiva Nº 01399-CTAR-MDD/PE de fecha 19-1-99, se instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Subregional de Salud de MORDAZA de MORDAZA y ex Administrador MORDAZA MORDAZA Vinelli MORDAZA, por las graves irregularidades en el ejercicio de sus funciones contenidas en el Informe Nº 021-97-AR-RI sobre "Examen Especial a la Direccion Subregional de Salud de MORDAZA de Dios" de fecha MORDAZA de 1998; Que, de las observaciones y conclusiones planteadas en el referido examen se establecieron los cargos siguientes en contra del medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acosta: 2.- incumplimiento de normas que regulan la ejecucion de obras publicas por administracion directa; 3.- excesiva demora en culminacion de procesos administrativos disciplinarios; 6.irregular contrato de personas naturales por la modalidad de servicios no personales; 7.- falta de implementacion del MORDAZA de reorganizacion y reestructuracion administrativa; 9.- alquiler de avion Foker de la Fuerza Aerea y pago indebido de hospedaje y alimentacion; 10.- irregularidades en reparacion de camioneta efectuadas en la MORDAZA de Lima; 12.- prestamos y adelantos concedidos al personal de la Direccion Subregional de Salud de MORDAZA de Dios; 13.anticipos concedidos sin compromiso presupuestal pendientes de regularizaciones; 14.- pago de servicios no personales con fondos del programa de Salud Basica, sin compromiso presupuestal; Que, merituando los descargos presentados y escuchado el informe oral efectuado por el ex Director de Salud de MORDAZA de MORDAZA, medico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha llegado a establecer que respecto al numeral 2.- sobre incumplimiento de normas que regulan la ejecucion de obras publicas por administracion directa, demostro que existio el compromiso presupuestal, no acreditando el costo economico de cada una de las obras por no probar la existencia de los perfiles o expedientes tecnicos, determinando en parte el cargo; en el numeral 3 excesiva demora en la culminacion de procesos administrativos disciplinarios, demostro que los plazos de 30 dias improrrogables son otorgados solamente para las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme lo establece el D.S. Nº 005-90-PCM en sus Articulos 169º y 164º; esta observacion fue levantada en su totalidad; las observaciones 7, 9, 10, 12, 13 y 14, no han sido levantadas, pues de la documentacion presentada no prueban los hechos alegados, por lo que persisten los cargos formulados en su contra;

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL

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