Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 1999 (24/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 24 de marzo de 1999
DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

Pag. 171327

2.1 Modifiquese la descripcion de la cuenta 7207 Compromisos Futuros e incorporense la subcuenta y cuentas analiticas que se senalan a continuacion: 7207 COMPROMISOS FUTUROS Y ACEPTACIONES BANCARIAS EN CIRCULACION En esta cuenta se registraran las obligaciones por contratos de productos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes y otros realizados por la empresa por cuenta propia; asi como otros compromisos futuros asumidos por la empresa en el desarrollo de sus operaciones. Tambien se registraran las aceptaciones bancarias en circulacion.
SUBCUENTA: ........... ....... B F E C A C ........... ....... DM F R 7207.12 CONTRATOS A FUTURO DE TASAS DE INTERES ....... * * * * *

del formato citado en el numeral precedente, debera comunicar previamente a la Intendencia de Aduana que autorizo el regimen, el lugar especifico en el que se ubicara esta, debiendo seguir el mismo procedimiento en cada traslado que efectue. 4. La Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera estara encargada de fiscalizar el cumplimiento de las declaraciones vertidas por el beneficiario en relacion con el regimen de Importacion Temporal, de no encontrarse conforme aplicara la multa por comision de la infraccion detallada en el Articulo 103º inciso f) numeral 1 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 3823

En esta subcuenta se registrara el monto total de los intereses pendientes por cobrar o por pagar, que corresponda a operaciones de contratos a futuro de tasas de interes que la empresa realiza por cuenta propia.
CUENTAS ANALITICAS: ......... B F E ......... D ......... * * * ......... * * * C A C M F R * * * * *

CONASEV
Disponen excluir acciones de inversion de empresa del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 012-99-EF/94.11 MORDAZA, 22 de enero de 1999

7207.12.01 Contratos a futuro de tasas de interes ­ fras 7207.12.02 Contratos a futuro de tasas de interes ­ swaps 7207.12.03 Compra de Opciones de tasas de interes _ caps/ floors /collars ......... * * * * 7207.12.04 Venta de Opciones de tasas de interes _ caps/ floors /collars ......... * * * * 7207.12.09 Otros ......... * * * *

* *

VISTOS: El Expediente Nº 99/00010 presentado por la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como el Informe Nº 012-99-EF/94.50 de fecha 21 de enero de 1999, presentado por la Gerencia de Emisores y Empresas. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 150-95-EF/94.10 del 11 de MORDAZA de 1995, se autorizo la inscripcion de las acciones del trabajo emitidas por la empresa Sacos del Sur S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 132º, inciso a) de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, la Bolsa de Valores de MORDAZA mediante Carta GL-017/99 presentada el 8 de enero de 1999, comunico a esta Comision Nacional la decision de excluir las acciones de inversion de la empresa Sacos del Sur S.A. por la causal prevista en el inciso d) del Articulo 27º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; Que, de conformidad con el Articulo 27º, inciso d) del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, concordante con el Articulo 37º, inciso d) de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, es causal para el deslistado y la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores la cesacion del interes publico en el valor, como consecuencia de la concentracion de su tenencia o de alguna otra razon, a juicio de CONASEV, la misma que se ha verificado en el presente caso; Que, a juicio de CONASEV en supuestos con caracteristicas similares al presente caso, no se ha generado la obligacion de efectuar una oferta publica de compra de conformidad con la causal de excepcion contemplada en el inciso a) del Articulo 38º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra por Exclusion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 630-97-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, que faculta al Gerente General a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de las acciones de inversion de la empresa Sacos del Sur S.A. del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Excluir del Registro Publico del MORDAZA de Valores las acciones de inversion de la empresa Sacos del Sur S.A.

3921

ADUANAS
Establecen requisitos para la aplicacion del Regimen de Importacion Temporal a mercancias que ingresen en calidad de muestras
CIRCULAR Nº 46-11-99-ADUANAS/INTA Callao, 18 de marzo de 1999 Senor: Intendente de Aduana Presente.ASUNTO: Importacion Temporal de Muestras Estando a la delegacion de funciones otorgada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 001029 del 18.3.97. sirvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de la Intendencia a su cargo lo siguiente: 1. Mediante el numeral 4) del articulo unico de la Resolucion Ministerial Nº 287-98-EF/10, se determino que podian acogerse al Regimen de Importacion Temporal, las mercancias que en calidad de muestras son destinadas a la demostracion de un producto para su venta en el pais. 2. En tal sentido, a efectos de conceder la autorizacion del regimen, se tendra en cuenta que el numero de mercancias que se podra ingresar en calidad de "muestras" no debera exceder de una (1) unidad por modelo. Asimismo, la empresa beneficiaria debera tener presente que la mencionada mercancia, no podra ser utilizada por esta ni por terceros en trabajo efectivo alguno, debiendo consignar en el rubro III. del formato "Declaracion Jurada Fin y Ubicacion de Mercancias" (FORM.IMPTEM-001), que forma parte de los Anexos del Procedimiento Operativo INTAPG.06, lo siguiente: "La mercancia sera destinada exclusivamente a la demostracion de sus cualidades a terceros para su probable venta en el pais." 3. Cuando el beneficiario requiera trasladar la mercancia a un lugar distinto al senalado inicialmente en el rubro IV.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.