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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 1999 (24/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 171326 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de marzo de 1999 a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Pública de constitución social; b) Acreditar el pago de su capital social mínimo mediante aportes en efectivo; c) Implementar su estructura orgánica y remitir un ejemplar del Manual de Organización y Funciones de sus diversas áreas; d) Remitir la relación y currículum vitae de sus directores y funcionarios; e) Remitir copia certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a sus directores y funcionarios, incluyendo la delegación de facultades; f) Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas; así como la cober- tura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; g) Políticas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar; h)Descripción de sistemas de información incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informáticos que la empresa considera implementar; i) Condiciones de seguridad, equipamiento de las oficinas y seguros; j) Cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demos- trar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría Gene- ral se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.) 3828 RESOLUCION SBS Nº 0208-99 Lima, 18 de marzo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el representante de los orga- nizadores de la EDPYME RAIZ S.A., la que también podrá usar como denominación abreviada EDPYME RAIZ; y, CONSIDERANDO: Que, el representante de los organizadores ha cumplido con acompañar a su solicitud, el proyecto de minuta de constitución social y estatuto, el estudio de factibilidad económico-financiero que sustenta la creación de la EDPY- ME RAIZ S.A. - EDPYME RAIZ, el certificado de depósito de garantía, el currículum vitae y declaración jurada de cada uno de los organizadores responsables, funcionarios, directo- res y accionistas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y la Resolución SBS Nº 600-98, de fecha 27 de junio de 1999; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, la Oficina de Estudios Económicos y por la Intendencia de Instituciones Financieras "E" mediante Informes Nºs. 1073-98-LEG, 006-99-EEC y ASIF "E" 152/OT- 98, respectivamente; así como, a lo opinado por el Banco Central de Reserva del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 0185-99 del 11 de marzo de 1999; RESUELVE: 1º.- Autorizar la organización de la EDPYME RAIZ S.A., a quien también se le podrá denominar EDPYME RAIZ, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de constitución social y estatuto presentado para tal efecto por el represen- tante de los organizadores, el que se devuelve debidamente autenticado con sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ésta el Certificado de Autorización al que se refiere el tercer numeral de la presente resolución.2º.- Para la autorización de funcionamiento de la EDPY- ME RAIZ S.A. - EDPYME RAIZ en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitución; asimismo, comunicar por escri- to a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el Art. 11º de la Resolución SBS Nº 600-98, y adecuarse además a lo dispuesto por la Resolución Nº 776-98 del 14 de agosto de 1998, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el testimonio de la escritura pública de constitución social; b) Acreditar el pago de su capital social mínimo mediante aportes en efectivo; c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicación de que trata el numeral 1) del Artículo 23º de la Ley General; d) Acreditar el nombramiento de todos los miembros del directorio, por parte de la Junta General de Accionistas, el cual debe encontrarse íntegramente constituido y en funcio- nes; e) Remitir los manuales de organización y funciones, de normas operativas y de delegación de facultades, debida- mente aprobados por el directorio. Igualmente, copia del acta de aprobación respectiva; f) Remitir copia certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a cada uno de los funcionarios, incluyendo la delegación de facultades; g) Remitir cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. 3º.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.) 3844 FE DE ERRATAS CIRCULAR Nº B-2037-99 Fe de Erratas de la Circular Nº B-2037-99, publicada en nuestra edición del día 20 de marzo de 1999, página 171253. DICE: 2.1 Modifíquese la descripción de la cuenta 7207 Compro- misos Futuros e incorpórense la subcuenta y cuentas analí- ticas que se señalan a continuación: 7207 COMPROMISOS FUTUROS Y ACEPTACIO- NES BANCARIAS EN CIRCULACION En esta cuenta se registrarán las obligaciones por contratos de productos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interés y otros realizados por la empresa por cuenta propia; así como otros compromisos futuros asumidos por la empresa en el desarrollo de sus operaciones. También se registrarán las aceptaciones ban- carias en circulación. SUBCUENTA: ........... ....... BFECAC ........... ....... DMFR 7207.12 CONTRATOS A FUTURO DE TASAS DE INTERES ....... **** * En esta subcuenta se registrará el monto total de los intereses pendientes por cobrar o por pagar, que corresponda a operaciones de contratos a futuro de tasas de interés que la empresa realiza por cuenta propia. CUENTAS ANALITICAS: .......... BFECAC .......... DMFR 7207.12.01 Contratos a futuro de tasas de interés – fras .......... **** * 7207.12.02 Contratos a futuro de tasas de interés – swaps .......... **** * 7207.12.03 Compra de Opciones de tasas de interés _ caps/ floors /collars .......... * * * * * 7207.12.04 Venta de Opciones de tasas de interés _ caps/ floors /collars .......... * * * * * 7207.12.09 Otros .......... **** *