TEXTO PAGINA: 5
Pág. 172949 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de mayo de 1999 51 MAVA TRAVEL SERVICE S.R.LTDA. 52 MELITE TOURS S.R.LTDA. 53 MERKAVA AGENCIA DE VIAJES S.A.C. 54 MILENKO BASADUR TOURS SRL 55 MOGOLLON RAMOS DANIEL AUGUSTO FIDEL 56 MULTIVIAJES S.A. 57 NAMBEI TRAVEL PERU S.A. 58 NAO TOUR E.I.R.LTDA. 59 NEW HORIZON TRAVEL AND TOURS EIRL 60 NOBEL TOURS S.A. 61 NOR PERU TRAVEL S.A. 62 NUEVO SIGLO TRAVEL AND TOURS S.A. 63 PEGASO VIAJES Y TURISMO S.R.LTDA. 64 PERIPLO TOURS SRL 65 PERU INKA S.A. OPERADORES DE TURISMO 66 PERU TRAILS S.A. 67 PERUVIAN MIRACLE E.I.R.L. 68 PERUVIAN TRAVEL Y TURISMO E.I.R.LTDA. 69 PINAHUASI TOURS E.I.R.LTDA. 70 PUYA TOURS E.I.R.LTDA. 71 REPRESENTACIONES ZUÑIGA SCRL 72 ROSINA TOURS S.A. 73 RUTAS DEL PERU S.A. 74 SERVICIOS TURISTICOS HORIZONTES S.A. 75 SISSY TRAVEL E.I.R.LTDA. 76 SOCIEDAD ANDINA DE REPRESENTACIONES TURISTICAS SRL 77 SOL Y SON VIAJES S.A. REPRES.NANCY D.ESPINOZA MARTIN 78 TADASHI TOURS S.A. 79 TAY’S WORLD TRAVEL S.A. 80 TELTOURS S.A. 81 TESORO TRAVEL TOURS S.A.C. 82 THALER TRAVEL AGENCY S.R.LTDA. 83 TIAN MA S.A. 84 TOURIST CONNECTION TRAVEL CENTER S.A. 85 TRANSPORTE ORGANIZACION Y PROMOCION TURISTICA S.A. 86 TRAVEL TOURS E.I.R.LTDA. 87 TSURUMI TRAVEL AGENCY S.A. 88 V & S S.A. 89 VIAJES Y NEGOCIOS S.A. 90 VIAJES Y TURISMO VIDATUR S.R.LTDA. 91 VULCANO TRADING S.A. 92 W.S.O.A.D. REPRESENTACIONES EIRL 93 WORLD ROYAL TOURS S.A. 94 WWW PERU COM S.A. 5968 INTERIOR Autorizan a procurador denunciar a presunto responsable de irregulares asignaciones de bienes incautados por delito de TID RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0443-99-IN/0103 Lima, 6 de mayo de 1999 Vistos, los Informes Nºs. 030-99-IN/1101 y 035-99-IN/ 1101 de fechas 16 de marzo y 14 de abril de 1999, respecti- vamente, formulados por el Director General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas; y, CONSIDERANDO: Que, se han producido diversas denuncias que involu- cran a la persona de Jesús Alberto Florián LANDA HUR-TADO en la tramitación de asignaciones de bienes incauta- dos por tráfico ilícito de drogas a favor de las Municipalida- des Distritales de Yauli, Mariano Damaso Beraún y San Juan de Chullín, así como para el Colegio Agro Industrial 15 de Agosto anexo de Acac - Bellavista de Chupaca, departamento de Junín; Que, la persona de Jesús Alberto Florián LANDA HUR- TADO, presunto responsable de esos ilícitos, no es funcio- nario del Sector Interior por lo que de ser ciertas las imputaciones vertidas en su contra sobre la existencia de desembolsos de dinero por estas tramitaciones en las que podrían estar involucradas otras personas, se hace necesa- rio autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en defensa y representación del Estado interponga la denuncia penal correspondiente contra Jesús Alberto Florián LANDA HURTADO y los demás que resulten responsables de estos ilícitos; De conformidad con lo prescrito por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defen- sa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Que, estando a las razones expuestas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en defensa y representación del Estado interponga la de- nuncia penal correspondiente contra Jesús Alberto Florián LANDA HURTADO y los demás que resulten responsables por los hechos a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remítase al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior los ante- cedentes que sirven de sustento a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 5986 PESQUERIA Aprueban Reglamento de la Ley de Reprogramación de la deuda del pes- cador artesanal con el FONDEPES DECRETO SUPREMO Nº 006-99-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27059 se aprobó la Reprograma- ción de la deuda del pescador artesanal con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que el Artículo 4º de la referida ley dispone que el procedimiento de reprogramación de la deuda será estable- cido por Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Pesquería; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento de la Ley de Reprogramación de la deuda del pescador artesanal con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES - Ley