Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 1999 (08/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 172956 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de mayo de 1999 SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la empresa AE- ROINVERSIONES DEL PERU S.A.C., por un plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operación como Taller de Mantenimiento Aeronáutico, con las siguientes habilitacio- nes: A.Aeronaves :Limitada B.Motores :Limitado Artículo Segundo.- Las habilitaciones, a las que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, se encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Mante- nimiento Aeronáutico", número TMA-019, y están limita- das a lo señalado en las "Especificaciones de Operación"; las que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- La actividad autorizada a la em- presa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. debe efec- tuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Ma- nual de Procedimientos de Inspección, cuya copia se archiva en la Dirección General de Transporte Aéreo. En caso que se tenga que efectuar algún cambio en dicho manual deberá solicitarse la aprobación correspondiente a la Dirección General de Transporte Aéreo. Artículo Cuarto.- La Dirección General de Transporte Aéreo, efectuará periódicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronáutico AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Quinto.- La autorización que se otorga por la presente resolución al Taller de Mantenimiento Aeronáuti- co AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. queda sujeta a la Ley de Aeronáutica Civil, a su reglamento, a las Regula- ciones Aeronáuticas del Perú, a las directivas que dicte la Dirección General de Transporte Aéreo y a las demás normas aplicables a la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS NUÑEZ BARRIGA Viceministro de Transportes y Director General de Transporte Aéreo (e) 5975 Otorgan a empresa de transportes la concesión de ruta Puno-Cusco RESOLUCION DIRECTORAL Nº 644-99-MTC/15.18 Lima, 7 de abril de 1999 VISTOS, el expediente de Registro Nº 00778010 organi- zado por la EMPRESA DE TRANSPORTES VIRGEN DE COPACABANA S.R.Ltda., sobre concesión de ruta: PUNO- CUSCO y viceversa e Informe Nº 226-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: PUNO-CUSCO y viceversa, al ampa- ro de lo establecido en el Reglamento del Servicio Públi- co de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 226-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC, recomendándose la procedencia del pedido formula- do; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES "VIRGEN DE COPACABANA" S.R.Ltda., la concesión de ruta: PUNO-CUSCO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :PUNO-CUSCO y viceversa ORIGEN :PUNO DESTINO :CUSCO ITINERARIO :JULIACA-AYAVIRI-SICUANI ESCALA COMERCIAL :JULIACA-SICUANI FRECUENCIAS :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus:VU-1700 (1985) y UH-3246 (1993) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus : VU-1702 (1985) HORARIOS :Salida de Puno: 18.00 horas Salida de Cusco: 17.00 horas La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo respon- sabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposi- ciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 5344 PODER JUDICIAL Amplían plazo otorgado a Colegios Pro- fesionales e Instituciones de Distritos Judiciales para que remitan a la Presi- dencia de la Corte Superior respectiva relación de postulantes a Peritos Judi- ciales RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 194-99-SE-TP-CME-PJ Lima, 6 de mayo de 1999 VISTO: El Oficio Nº 2119-99-P-CSJC, remitido por la señora Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao, en representación de la Comisión Especial de Peritos Judicia- les, y demás documentación adjunta; y,