Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 1999 (08/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 1999

mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES "VIRGEN DE COPACABANA" S.R.Ltda., la concesion de ruta: PUNO-CUSCO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : PUNO-CUSCO y viceversa : MORDAZA : MORDAZA : JULIACA-AYAVIRI-SICUANI : JULIACA-SICUANI : Una (1) diaria : Tres (3) omnibus

Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C., por un plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico, con las siguientes habilitaciones: A. Aeronaves : Limitada B. Motores : Limitado Articulo Segundo.- Las habilitaciones, a las que se refiere el Articulo Primero de la presente resolucion, se encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico", numero TMA-019, y estan limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion"; las que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho manual debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Transporte Aereo, efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolucion. Articulo Quinto.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico AEROINVERSIONES DEL PERU S.A.C. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Transportes y Director General de Transporte Aereo (e) 5975

: Dos (2) omnibus:VU-1700 (1985) y UH-3246 (1993) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus : VU-1702 (1985) HORARIOS : Salida de Puno: 18.00 horas Salida de Cusco: 17.00 horas

Otorgan a empresa de transportes la concesion de ruta Puno-Cusco
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 644-99-MTC/15.18 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 VISTOS, el expediente de Registro Nº 00778010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES VIRGEN DE COPACABANA S.R.Ltda., sobre concesion de ruta: PUNOCUSCO y viceversa e Informe Nº 226-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: PUNO-CUSCO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 226-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 5344

PODER JUDICIAL
Amplian plazo otorgado a Colegios Profesionales e Instituciones de Distritos Judiciales para que remitan a la Presidencia de la Corte Superior respectiva relacion de postulantes a Peritos Judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 194-99-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Oficio Nº 2119-99-P-CSJC, remitido por la senora Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao, en representacion de la Comision Especial de Peritos Judiciales, y demas documentacion adjunta; y,

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