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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 1999 (11/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 173030 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de mayo de 1999 SUNAT Establecen la forma de pago del Im- puesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 057-99/SUNAT Lima, 10 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 27103, se crea el Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada a cargo de las personas que soliciten la expedición o revalidación de pasaportes; Que, asimismo, de acuerdo con el Artículo 5º de la norma citada en el primer considerando, la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria - SUNAT es la institu- ción encargada de su administración; constituyendo, este impuesto, ingreso del Tesoro Público; Que, para cumplir con la finalidad antes mencionada, es preciso regular la forma en la que las personas que soliciten la expedición o revalidación de pasaportes deban realizar sus pagos; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso p) del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Reso- lución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Las personas que soliciten la expedi- ción o revalidación de pasaportes, realizarán los pagos por el Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada en las oficinas del Banco de la Nación; utilizando, para estos efectos, el procedimiento vigente a la fecha de publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURICIO MUÑOZ-NAJAR B. Superintendente (e) 6090 INEI Autorizan la realización de la "Encues- ta Anual de Operadores de Servicio Postal 1998" RESOLUCION JEFATURAL Nº 157-99-INEI Lima, 10 de mayo de 1999 Visto el Oficio Nº 048-99-MTC/15.14, de la Oficina Gene- ral de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, solicitando auto- rización para realizar la "Encuesta Anual de Operadores de Servicio Postal 1998"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadís- tica e Informática", el INEI es el ente rector de los Sistemas de Estadística e Informática y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas oficiales del país, referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir el Tráfico Postal por tipo de envío, es necesario disponer de información económica financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indis- pensable para la elaboración de las variables e indicadores económicos sectoriales, que contribuyan a la adopción de medidas de política económica en este Subsector; Que, para dicho efecto, es necesario realizar a nivel nacio- nal la "Encuesta Anual de Operadores de Servicio Postal 1998", dirigida a las empresas que desarrollan actividades referidas al Servicio Postal en el país; la cual será ejecutada por la Comisión de Trabajo de la Dirección General de Correos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, así como aprobar el referido formulario;De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º y 95º del D.S. Nº 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Anual de Operadores de Servicio Postal 1998", a nivel nacio- nal, que será ejecutada por la Comisión de Trabajo de la Dirección General de Correos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, dirigida a las per- sonas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referi- das al Servicio Postal en el país, especificadas en la Sección I División 64 (Clase 6411 y 6412) de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, Rev. 3 y que se encuentra bajo el ámbito de la competencia administrativa del subsector. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, que forma parte de la presente resolución, cuya distribución y recepción se efectuará entre el 10 de mayo y el 30 de junio del presente año. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución solicitarán los formularios de la Encuesta a la Dirección General de Correos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones Vivienda y Construcción, ubicada en Teodoro Cárdenas Nº 267 - 2do. piso - Lima 1. Artículo 4º.- La información económica-financiera que proporcionen las empresas a través de la Encuesta, será presentada de conformidad al Plan Contable General Revisa- do, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 6100 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES - CAÑETE Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 006-99-AL-MDSCF Santa Cruz de Flores, 22 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Inc. 7.1 del Art. 7º de la Ley de Procedimientos Coactivos Nº 26979, la designación del Ejecutor y, como la del Auxiliar, se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, en cumplimiento de la citada ley, mediante Resolu- ción Nº 005-99-AL-MDSCF, se nombró a la comisión del Concurso Público para la plaza de (1) Ejecutor y (1) Auxiliar Coactivo, resultando ganadores los Srs. DR. JOSE LIZARDO VELARDE TOLEDO como Ejecutor y el Sr. HENRRY LIN- COLT MARTEL SHEPUTT, como Auxiliar Coactivo; Estando a lo dispuesto por las facultades de los Incs. 6) y 13) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Primero.- Designar a partir de la fecha a los Srs. DR. JOSE LIZARDO VELARDE TOLEDO, como Ejecutor y al Sr. HENRRY LINCOLT MARTEL SHEPUTT como Auxiliar Coactivo de este municipio. Segundo.- Encárguese a quien corresponda el cumpli- miento de la misma, así como la incorporación al régimen laboral de la actividad pública con todos los derechos y obligaciones que en ella establece. Regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial El Peruano. VICTOR MANUEL HUAPAYA HUAPAYA Alcalde 6114