Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 1999 (11/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 1999
DECRETA:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Incluyase en el anexo del Decreto Supremo Nº 055-96-EF, sustituido por el Decreto Supremo Nº 122-97-EF, a la Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A. para las operaciones vinculadas al contrato para operar la Planta Termoelectrica de la empresa BHP MORDAZA S.A. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 6123

Transfieren a la ONP, la administracion y pago de planilla de pensiones y/o beneficios de pensionistas cesantes y jubilados del Pliego 031 JNE, sujetos al regimen del D.L. Nº 20530
RESOLUCION SUPREMA Nº 198-99-EF MORDAZA, 10 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Decreto Ley Nº 25967, modificado y MORDAZA por la Ley Nº 26323, el objetivo principal de la Oficina de Normalizacion Previsional es la administracion centralizada del Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, asi como de otros sistemas de pensiones administrados por el Estado, los cuales deben ser senalados expresamente mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, teniendo en cuenta el objetivo MORDAZA senalado es conveniente que la Oficina de Normalizacion Previsional ONP se encargue de la administracion y pago de las pensiones y/o beneficios de los pensionistas, jubilados y cesantes del Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25967, modificado y MORDAZA por la Ley Nº 26323; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transfierase la administracion y pago de la planilla de pensiones y/o beneficios de los pensionistas cesantes y jubilados del Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones, sujetos al regimen de pensiones normado por el Decreto Ley Nº 20530, a la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP, a partir del 30 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- El Pliego MORDAZA Nacional de Elecciones transferira a la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP la informacion y el acervo documentario pertinente. La ONP tomara como referencia el pago de las pensiones que se vienen atendiendo al mes de MORDAZA de 1999 y procedera de ser necesario al reajuste de las mismas de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 3º.- Por resolucion del Titular de Economia y Finanzas se podran dictar las demas normas que resulten necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 6126

Aprueban la escala remunerativa del Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones
DECRETO SUPREMO Nº 074-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 1º de la Ley Nº 26486 el MORDAZA Nacional de Elecciones es un organismo MORDAZA encargado del administrar justicia en materia electoral, de fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales; Que, mediante el Articulo 26º de la Ley Nº 26486 se dispone que los trabajadores del MORDAZA Nacional de Elecciones estan sujetos al regimen laboral de la actividad privada; Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 1999 establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ejercicio fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la referida ley, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta del Titular del Pliego Presupuestario; Que, es necesario aprobar la Escala Remunerativa del Pliego MORDAZA Nacional de Elecciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27013 y la Ley Nº 26486; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la escala remunerativa del Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones, la misma que se detalla en el anexo del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- La escala remunerativa aprobada en el articulo precedente sera aplicada a partir del mes de MORDAZA de 1999 para el Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 3º.- El costo que demande la aplicacion del presente dispositivo sera financiado con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados del Pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 6124

Autorizan inafectacion del IGV a operaciones realizadas por institucion cultural
RESOLUCION SUPREMA Nº 199-99-EF MORDAZA, 10 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, no esta gravada con el Impuesto General a las Ventas, la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios debidamente autorizada mediante Resolucion Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales, que se encuentren constituidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, segun el inciso c) del Articulo 18º y el inciso b) del Articulo 19º de la Ley del Impuesto a la Renta;

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