Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 1999 (13/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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don Miliciades MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 063-97-AG-PETT, de 22 de diciembre de 1997, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, la que se confirma, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural de la Direccion Regional de Agricultura de La MORDAZA, proceda conforme al Articulo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, respecto a las 12.80 ha. de tierras habilitadas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros; devolviendose el expediente para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 6109

MORDAZA, sin perjuicio de las acciones judiciales civiles y penales que correspondan. Articulo 2º.- Transcribase la presente resolucion a la Fiscalia de la Nacion, Ministerio del Interior, Division Ecologica de la Policia Nacional del Peru y Direccion Regional Agraria Loreto. Registrese y comuniquese. MORDAZA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA 6169

ECONOMIA Y FINANZAS

Aprueban otorgamiento de garantia a Sancionan con multa a persona natu- operacion de endeudamiento externo ral por infraccion a la legislacion fo- destinada a financiar el 85% del valor exportable de equipo, maquinaria, bierestal y de fauna MORDAZA nes y/o servicios de origen o producRESOLUCION JEFATURAL Nº 057-99-INRENA cion japonesa
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 109-99-INRENA-DGANPFS de fecha 5 de MORDAZA de 1999, de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA, mediante el cual solicita sancionar administrativamente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por infraccion a la Ley Forestal y de Fauna Silvestre; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, dada por Decreto Ley Nº 21147 y su Reglamento de Conservacion de MORDAZA y Fauna Silvestres, aprobado por Decreto Supremo Nº 158-77-AG, se MORDAZA la conservacion de los recursos forestales y fauna MORDAZA, constituyendo infraccion el transporte de fauna MORDAZA sin los documentos oficiales que lo amparen, el mantenimiento de animales vivos en instalaciones que no reunan condiciones de higiene y salubridad y el cumplimiento de las vedas; Que, mediante Atestado Policial Nº 13-98-VRPNP-DIVPOJ-APD-SPE, informa que fue intervenido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 052276764, en el aeropuerto de la MORDAZA de Iquitos en momentos que pretendia abordar el vuelo de la Cia. Aerocontinente, por transportar sin los documentos que lo amparen en el interior de su casaca, treintitres (33) monos leoncitos (Cebuella pymaea) y en dos equipajes de carga ocho (8) loros chirricles (Pionites sp.), cinco (5) loras amazonas (Amazona festiva), once (11) boas (Boa constrictor y Epicrates cenchria), dos (2) tortugas taricayas pequenas (Podocnemis unifilis), ocho (8) lagartos negros (Melanosuchus niger), dos (2) iguanas de MORDAZA negra (Sub Orden Sauria), dos (2) pajaritos siete MORDAZA (Tangara chilensis), de los cuales por las inadecuadas condiciones de transporte y por exceso de sedantes suministrados murieron veinticuatro (24) monos leoncitos, una (1) boa, seis (6) loros chirricles, dos (2) loras amazonas, un (1) lagarto negro y dos (2) aves siete colores; Que, el Decreto Supremo Nº 0016-97-AG actualiza el monto de las multas a que se contrae el Articulo 78º del Decreto Ley Nº 21147, en lo pertinente a fauna MORDAZA vedada, fijandola en una suma no menor de diez Unidades Impositivas Tributarias (10 UIT) ni mayor de cien Unidades Impositivas Tributarias (100 UIT), vigentes al momento de cometerse la infraccion correspondiente; y, En uso de las facultades previstas en el Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer multas de diez Unidades Impositivas Tributarias (10 UIT) equivalente a veintiseis mil nuevos soles (S/. 26,000.00), a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por infraccion a la legislacion forestal y de fauna DECRETO SUPREMO Nº 079-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27012, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1999, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 3 200 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, el numeral 1.2 del Articulo 1º de la mencionada ley, considera operacion de Endeudamiento Externo a toda modalidad de financiamiento, incluidas las garantias y asignaciones de Lineas de Credito, que tengan por objeto la adquisicion de bienes y servicios, asi como el apoyo a la Balanza de Pagos, a plazos mayores de un ano, acordadas con personas naturales y juridicas no domiciliadas en el pais; Que, en el MORDAZA de la indicada autorizacion, la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE S.A.-, acordara con The Export-Import Bank of Japan -EXIMBANKun prestamo con garantia de la Republica del Peru, hasta por un monto de ¥ 5 000 000 000,00 (CINCO MIL MILLONES Y 00/100 YENES), destinados a financiar, el 85% del valor exportable de equipo, maquinaria y bienes y/o servicios de origen japones o produccion japonesa, incluyendo aquellos originarios o manufacturados en terceros paises, pudiendo destinarse una porcion no mayor al 15% del valor exportable de cada contrato de suministro aprobado para cubrir gastos locales; Que, la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE S.A.- mediante Acuerdo de Directorio Nº 020-99, adoptado en su Sesion Nº 0442 de fecha 27 de MORDAZA de 1999, ha autorizado la concertacion del citado prestamo; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27012; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el otorgamiento de la Garantia de la Republica a la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE S.A.- y The Export-Import Bank of Japan EXIMBANK-, hasta por un monto de ¥ 5 000 000 000,00 (CINCO MIL MILLONES Y 00/100 YENES), destinados a financiar el 85% del valor exportable de equipo, maquinaria y bienes y/o servicios de origen japones o produccion japonesa, incluyendo aquellos originarios o manufacturados en terceros paises, pudiendo destinarse una porcion no mayor al

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