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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 1999 (13/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 173095 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de mayo de 1999 c.- Cortador: Objeto de forma y tamaño similar al de una carta pero de color y material diferente, utilizado para cortar el mazo. El cortador debe ser opaco y de un solo y mismo color por ambos lados, asimismo, será distinguible del color del revés y bordes de las cartas del mazo. d.- Protector: Objeto de forma y tamaño similar al de una carta pero de color y material diferente, utilizado para evitar que las caras de las cartas sean expuestas durante el corte y agrupación de éstas de conformidad con el presente regla- mento. El protector debe ser opaco y de un solo y mismo color por ambos lados, asimismo, será distinguible del color del revés y bordes de las cartas del mazo. e.- Descartador: Instrumento para el depósito de las cartas. f.- Fichas: Piezas valoradas utilizadas para expresar las apuestas en el juego, debidamente autorizadas y registradas por la Comisión. g.- Caja de entrada de dinero: Caja insertada en la mesa de juego donde se ingresa el dinero entregado por los jugado- res para la adquisición de fichas. h.- Fichero: Aparato con varias divisiones donde se colo- can ordenadamente por denominación las fichas. Dicho aparato tiene una cobertura con cerradura de seguridad. i.- Dado: Pieza cúbica no metálica y transparente, en cuyos lados hay marcados puntos del uno al seis. Para una partida se utilizarán tres dados. j.- Cubilete: Vaso angosto, hondo y con una tapa en su parte superior empleado para mover los dados. k.- Marcador: Instrumento que sirve para identificar las cartas que corresponden al banquero en una partida. l.- Zapato: Aparato empleado para almacenar y distribuir las cartas que serán empleadas en el juego, debidamente autorizado y registrado por la Comisión. m.- Barajador: Aparato que en forma automática baraja las cartas que serán empleadas en el juego, debidamente autorizado y registrado por la Comisión. Artículo 3º.- Del valor de las cartas: El valor de las cartas empleadas en el juego de Pai Gow Póker, ordenado de mayor a menor será: "A"(As), "K", "Q", "J", "10", "9", "8", "7", "6", "5", "4", "3" y "2". No obstante lo indicado en el párrafo anterior, el As puede ser empleado para completar una "Escalera de color" o una "Escalera simple" combinándose con un "2", "3", "4" y "5". El comodín será considerado un As, salvo para completar una "Escalera simple", "Color", "Escalera de color" o "Escale- ra real de color"; en cuyo caso será considerado cualquier naipe. Artículo 4º.- De las combinaciones posibles de las manos: El Pai Gow Póker utiliza las combinaciones estánda- res del Póker con las diferencias que a continuación se indican. Las combinaciones posibles que pueden utilizarse en las manos, ordenadas de mayor a menor, son las siguien- tes: a.- Cinco ases.- Es la combinación formada por cuatro ases y el comodín. b.- Escalera real de color.- Es la combinación formada por cinco cartas con los valores siguientes: "As", "K", "Q", "J" y "10"; de un mismo palo. c.- Escalera de color.- Es la combinación formada por cinco cartas de un mismo palo en orden correlativo que no constituye una escalera real de color; con el "As", "2", "3", "4" y "5" como la escalera de color de mayor valor; con el "K", "Q", "J", "10" y "9" como la escalera de color de segundo mayor valor; y con el "6", "5", "4", "3" y "2" como la escalera de color de menor valor. d.- Póker.- Es la combinación formada por cuatro cartas de un mismo valor; con cuatro ases como el póker de mayor valor y cuatro cartas de "2" como el póker de menor valor. e.- Full.- Es la combinación formada por tres cartas de un mismo valor y otras dos del mismo valor pero distinto al de las anteriores; con tres ases y dos "K" como el full de mayor valor y tres cartas de "2" y dos cartas de "3" como el full de menor valor. f.- Color.- Es la combinación formada por cinco cartas no correlativas del mismo palo. Cuando se comparan dos colo- res, para determinar la combinación mayor, se aplicará lo dispuesto en el Artículo 5º del presente reglamento. g.- Escalera simple.- Es la combinación formada por cinco cartas, en orden correlativo y sin tener en cuenta el palo al que correspondan; con el "As", "K", "Q", "J" y "10" como la escalera simple de mayor valor; con el "As", "2", "3", "4" y "5" como la escalera simple de segundo mayor valor; y con el "6", "5", "4", "3" y "2" como la escalera simple de menor valor. h.- Trío.- Es la combinación formada por tres cartas del mismo valor; con tres ases como el trío de mayor valor y tres cartas de "2" como el trío de menor valor.i.- Dos pares.- Es la combinación formada por dos cartas del mismo valor y otras dos de igual valor, pero distinto al de las anteriores; con dos ases y dos "K" como los dos pares de mayor valor y con dos cartas de "3" y dos cartas de "2" como los dos pares de menor valor. j.- Un par.- Es la combinación formada por dos cartas de igual valor, con dos ases como el par de mayor valor y dos cartas de "2" como el par de menor valor. k.- Cartas mayores.- Esta combinación se dará cuando no se produzca ninguna de las combinaciones anteriores. Se entenderá que las cartas son mayores atendiendo en primer lugar a la carta de mayor valor, si fueran iguales, a la del siguiente valor y así sucesivamente en orden decreciente. Los participantes deberán colocar la combinación de mayor valor en su mano alta de acuerdo a lo indicado en este artículo. Artículo 5º.- De la determinación de la mano de mayor valor ante combinaciones iguales: Cuando el banquero y otro participante al comparar sus manos altas o sus manos bajas tengan la misma combinación de cartas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4º del presente reglamento, la combinación del participante que contiene la carta de mayor valor según lo establecido en el Artículo 3º del presente reglamento que no está contenida en la combi- nación del otro participante será considerada la mano de mayor valor. Si después de la aplicación de esta regla no se puede desempatar, las manos comparadas se considerarán de igual valor. CAPITULO II DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Artículo 6º.- De la revisión del mazo: Antes de su utilización en una mesa de Pai Gow Póker, el Supervisor verificará que las cartas del mazo sean nuevas, estén comple- tas y sin manchas, marcas u otras imperfecciones por ambos lados de las cartas. Para tal fin, el dealer deberá esparcir sobre la mesa todas las cartas, las cuales deberá colocar en forma secuencial por palo. Este procedimiento se repetirá si hubiera cambio de mazo durante el horario de funcionamien- to del casino. El cambio de mazo se realizará cuando se encuentre alguna falla en las cartas o por no existir el número completo de cartas; asimismo, a solicitud de los participantes, del Supervisor o del personal del casino si existen motivos razonables. Si un mazo nuevo que será empleado en la mesa de Pai Gow Póker ha sido fabricado incluyendo dos comodines, el dealer, después de romper el precinto de seguridad y abrir la caja donde se encuentran las cartas se asegurará que un solo comodín será utilizado en el juego debiendo partir por la mitad y colocar en el descartador al otro comodín en dicho momento. Artículo 7º.- De los procedimientos de verificación: Los procedimientos de verificación son los siguientes: a.- Contar las cartas: Poner todas las cartas del mazo en una mano del dealer, con los reveses hacia arriba y con la otra mano, el dealer debe colocar las cartas en la mesa, también con los reveses hacia arriba, una por una y verificando que sean cincuenta y tres cartas. b.- Revolver las cartas:Entreverar las cartas del mazo en la mesa de juego, siempre manteniendo ocultas las caras de las cartas y luego agruparlas en un solo paquete. Los procedimientos de verificación indicados en este artículo serán realizados obligatoriamente: antes de iniciar la primera partida en una mesa que ha sido autorizada por el Supervisor de la Comisión, antes de iniciar una partida cuando la anterior ha sido anulada, antes de iniciar una partida si hubo un intervalo de tiempo en que no hubo participación efectiva del público y antes que el dealer conduzca el juego cuando se produzca un cambio de dealer. Artículo 8º.- De los procedimientos obligatorios para el inicio de una partida: Antes de empezar la distribución de las cartas a los participantes, el dealer deberá realizar los siguientes procedimientos: a.- Si no se emplea un barajador en el juego, se procederá de la siguiente forma: a.1.- Barajar las cartas: Mezclar completa y aleatoria- mente las cartas, en forma manual y después colocarlas agrupadas en la mesa con las caras ocultas hacia abajo encima del protector que se encuentra en el paño. a.2.- Cortar las cartas: Un jugador o en su defecto el dealer debe insertar el cortador, aproximadamente a menos de 10 cartas de la base donde se encuentra el protector. Una vez que el cortador ha sido insertado, el dealer tomará el