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Pág. 173413 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de mayo de 1999 De conformidad a lo establecido en los Artículos 150º, 151º, 152º, 154º, 159º y 170º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios del Ministerio del Interior ha recomendado por unanimidad se sancione con destitución al mencionado ex funcionario, de- biendo expedirse la resolución correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con destitución al ex funcionario Víctor Eudaldo GONZALES NEGRINI, con Libreta Electo- ral Nº 02642781, ex Subprefecto de la provincia de Talara - Prefectura del departamento de Piura de la Dirección Gene- ral de Gobierno Interior por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior efectúe los trámites de modificación de la Resolución Suprema Nº 0564-98-IN-1501 del 25 de setiembre de 1998 de cese de Víctor Eudaldo GONZALES NEGRINI por destitución. Artículo 3º.- Disponer se inserte copia de la presente resolución en el legajo personal del mencionado servidor. Artículo 4º.- Disponer se remita copia de la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6643 JUSTICIA Aceptan renuncia de asesora de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCION SUPREMA Nº 157-99-JUS Lima, 17 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 062-99-JUS de fecha 4 de abril de 1999, la doctora IRENE MERCADO ZAVALA fue designada como Asesora, nivel F-5, de la Aseso- ría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia; Que la citada funcionaria ha formulado renuncia a dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por Decreto Legislativo Nº 595, Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir del 17 de mayo de 1999, la renuncia de la doctora IRENE MERCADO ZAVALA como Asesora, nivel F-5, de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 6702 P R E S Transfieren terrenos ubicados en la provincia de Ica a favor de COFOPRI RESOLUCION SUPREMA Nº 100-99-PRES Lima, 15 de mayo de 1999CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0367-89-AG/ DGRAAR de fecha 20 de setiembre de 1989, se adjudicó con fines de Reforma Agraria y en forma gratuita a la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, el predio rústico signado con la Unidad Catastral Nº 10449 denomina- do "SIN NOMBRE" de 128 ha. 1,000 m2, ubicado en el distrito de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica; inscribiéndose en la Ficha Nº 000793 (C.U. 010109) del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica; Que, como consecuencia de los daños producidos por el Fenómeno del Niño en el cercado del distrito de San José de los Molinos, diversos pobladores buscando refugio ocuparon parte del terreno antes mencionado, respecto del cual se requiere implementar un proceso de adjudicación de lotes de vivienda en favor de los pobladores damnificados de este distrito; Que, se ha determinado que el terreno señalado en el considerando precedente tiene un área de 41,051.76 m2 al que se le ha denominado parcela "A", el mismo que reúne las condiciones apropiadas para constituir un Programa de Vivienda; por lo que resulta necesario transferir dicha área a la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) a fin que desarrolle el proceso de adjudicación en referencia; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en el Artículo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promo- ción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir a favor de la Comisión de Forma- lización de la Propiedad Informal - COFOPRI el terreno denominado PARCELA "A" con un área de 41,051.76 m2, ubicado en el distrito de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica, en el que se constituirá el Programa de Vivienda "Cerro Salvador", el mismo que forma parte del predio inscrito en la Ficha Nº 000793 (C.U. 010109) del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica. Artículo 2º.- Disponer de acuerdo con el artículo prece- dente, que el Registro de la Propiedad Inmueble de Ica, conforme al Plano Nº 013-COFOPRI-99-ICA y memorias descriptivas correspondientes, efectúe la desmembración y/ o independización de la Parcela A, cuya partida registral será trasladada al Registro Predial Urbano. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de la Presidencia y de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6703 RESOLUCION SUPREMA Nº 101-99-PRES Lima, 15 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 198-83-VI-5600 de fecha 6 de setiembre de 1983, se transfirió a la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, en calidad de aporte de capital del Estado, un terreno de una extensión super- ficial de 163 ha. 7,885 metros cuadrados, ubicado en el distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, inscribiéndose en la Ficha Nº 5049 del Registro de Propie- dad Inmueble de Ica; Que, mediante Resolución Nº 282-91-ENACE-8100 AI de fecha 3 de setiembre de 1991, ENACE independizó de dicho terreno un área de 252,913.00 metros cuadrados, terreno denominado "La Angostura II Etapa". La inde-