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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 1999 (21/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 173420 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Circulación Terrestre, en aplicación de lo dispuesto por la Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, inició el canje de licencias de conducir, en cuyo proceso se ha detectado que algunos de los documentos presentados por los usuarios contienen irregularidades; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, ha verificado la Licencia de Conducir Nº L-016743, clase 2, categoría C, a nombre de Eleuterio Ríos Monzón, en la Base de Datos de Conductores, Antecedentes Registrales y Padrón General, estableciendo como consecuencia, que dicha licen- cia de conducir corresponde a otra persona, conforme se sustenta en el Informe Técnico Nº 433-99-MTC/15.18.05.3; resultando ser falsa la licencia de conducir mencionada; Que, el hecho descrito en el considerando anterior cons- tituye delito contra la fe pública en su modalidad de falsifi- cación de documentos, conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Ministerio para que inicie las acciones legales corres- pondientes contra el señor Eleuterio Ríos Monzón y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar, al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra don Eleuterio Ríos Monzón y los que resulten responsables, por el hecho descrito en la parte considerativa de la presente resolución, debiendo la Dirección General de Circulación Terrestre, remitir los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6597 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 217-99-MTC/15.18 Lima, 14 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, diversas delegaciones de la Policía Nacional del Perú han intervenido a los conductores de vehículos automotores, detectando que algunos conducían con sus licencias vencidas, puesto que no han cumplido con el proceso de canje de licencia de conducir, establecido por la Dirección General de Circula- ción Terrestre mediante Resolución Directoral Nº 665-96- MTC/15.15 de fecha 31 de diciembre de 1996, documentos que han sido remitidos a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, para la verificación correspondiente; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, luego de verificar las licencias remitidas, ha determina- do que las numeraciones pertenecen a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, como puede apreciarse en la Base de Datos de Conductores, Antecedentes Registra- les y Padrón General, conforme se desprende de los Informes Nºs. 203, 323, 350, 364, 396, 397 y 398-99-MTC/15.18.05.03, que sustentan la presente resolución, de donde resultan ser falsas las licencias de conducir remitidas; Que, por otra parte, el Servicio de Taxi Metropolitano - SETAME, ha remitido la Licencia de Conducir Nº AB- 0089337, Clase A, Categoría I, a nombre del señor Vicente Jáuregui Chipana, la misma que le fue incautada por obser- var signos de falsificación, la que verificada por la Subdirec- ción de Otorgamiento de Licencias de Conducir resulta igualmente ser falsa; Que, las personas involucradas en los ilícitos penales que se indican en los considerandos anteriores, son las siguientes: APELLIDOS Y NOMBRES L.C. CAT. 01.- JAUREGUI CHIPANA, Vicente AB-0089337 A-I 02.- RAMOS REYNA, José Mercedes G-302145 2-E 03.- SANABIO MATOS, Arturo Esteban G-349718 2-B1 04.- PERALES VILELA, Wilfredo L-013993 2-D 05.- PAREDES CORREA, Javier S-009949 2-D 06.- QUISPE SULCA, Urbano Vidal S-007161 2-D 07.- ASTO MAURICIO, Raúl Edgar S-009572 2-DQue, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública en la modalidad que lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Ministerio, para que inicie las acciones legales corres- pondientes contra las personas implicadas precedentemente y los que resulten ser responsables; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes, con- tra las personas citadas en la parte considerativa de la presente resolución y los que resulten ser responsables, por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Dirección General de Circulación Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6596 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 218-99-MTC/15.18 Lima, 14 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, diversas delegaciones de la Policía Nacional del Perú han intervenido a los conductores de vehículos automo- tores, detectando que algunos conducían con sus licencias vencidas, puesto que no han cumplido con el proceso de canje de licencia de conducir, establecido por la Dirección General de Circulación Terrestre mediante Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, documentos que han sido remitidos a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, para la verificación correspondiente; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, con- forme se desprende de los Informes Nºs. 316, 321, 322, 320, 318 y 319-99-MTC/15.18.05.3, que sustentan la presente resolución, ha procedido a verificar las licencias de conducir que se indican líneas abajo, determinándose que las numera- ciones pertenecen a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, conforme se encuentran registrados en la Base de Datos de Conductores, Antecedentes Registrales y Padrón General, resultando por tanto falsos dichos docu- mentos públicos, siendo éstos los siguientes: Lic. Cond. Cat. APELLIDOS Y NOMBRES H-051999 2-B2 ADRIAZOLA SALAZAR, Angelina Noemí G-351880 2-D RODRIGUEZ MUNIVE, Gilmer Noé B-034657 2-B1 MORANTE BUENO, Jaime P-023975 2-B2 ATAULLUCO SOLORZANO, Wilver Mario Q-048624 A-II BAZAN HUAMAN, Miguel Angel G-403852 2-C DEYRA MORALES, Dennis Que, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública contemplados en el Código Penal, resultando perti- nente autorizar al Procurador Público de este Ministerio, para que inicie las acciones legales, en defensa de los intere- ses del Estado, contra las personas implicadas en el conside- rando anterior y los que resulten responsables, siendo proce- dente dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, a iniciar las acciones legales correspondientes contra las personas citadas en la parte considerativa de la presente resolución y los que resulten responsables, por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Dirección General de Circulación Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6595