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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 1999 (21/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 173422 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de mayo de 1999 PODER JUDICIAL Aceptan donación de terreno efectua- da por la Municipalidad Provincial de Condesuyos para la construcción de Módulo Básico de Justicia RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 232-SE-TP-CME-PJ Lima, 19 de mayo de 1999 VISTOS: La Resolución Municipal Nº 07-99-MPC de 12 de marzo de 1999, expedida por la Municipalidad Provincial de Con- desuyos, departamento de Arequipa, y el Informe Nº 067- 99-PJ-SE-GCR/ASFL del Area de Saneamiento Físico Le- gal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Municipal Nº 07-99-MPC del vistos, se aprobó la donación a favor del Poder Judicial de un área de 1,120.30 metros cuadrados del terreno ubica- do en la intersección de la calle Grau con Acequia Alta, distrito de Chuquibamba, provincia de Condesuyos y depar- tamento de Arequipa, registrado en la ficha Nº 00910879 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Regis- tral de Arequipa; Que, habiéndose previsto la construcción e implanta- ción de un Módulo Básico de Justicia en la localidad de Chuquibamba, en el marco del convenio suscrito por el Gobierno y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para la ejecución del programa "Mejoramiento del Acceso a la Justicia", es conveniente aceptar la donación antes mencionada; Que, de conformidad con la Resolución Administrativa Nº 566-CME-PJ de fecha 15 de enero de 1998, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial evaluar la aceptación de las donaciones de bienes muebles e inmuebles que se realicen a favor de los órganos de este Poder del Estado; En uso de las atribuciones otorgadas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, y Resoluciones Admi- nistrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE- TP-CME-PJ, y estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Municipalidad Provincial de Condesuyos, Chuqui- bamba, departamento de Arequipa, a favor del Poder Judicial de un área de 1,120.30 metros cuadrados ubica- do en la intersección de la calle Grau con Acequia Alta, distrito de Chuquibamba, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa, registrado en la ficha Nº 00910879 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Arequipa. Artículo Segundo.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para que en nombre y representación del Poder Judicial, suscriba la Escritura Pública y demás documentos para la formali- zación de la transferencia a que se contrae el artículo precedente. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequi- pa, a los órganos de línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, Superintendencia de Bienes Nacionales y Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 6660Declaran improcedente impugnación contra resolución que autorizó a procu- rador iniciar proceso judicial a presun- ta responsable de delito contra la Fe Pública RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 233-SE-TP-CME-PJ Lima, 19 de mayo de 1999 VISTO: El Recurso de Reconsideración interpuesto por la señori- ta Romina Tapia Levy, contra la Resolución Administrativa Nº 174-99-SE-TP-CME-PJ, de 28 de abril de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 174-99-SE-TP- CME-PJ, se autorizó al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en represen- tación del Estado interponga las acciones judiciales a que hubiera lugar, contra la señorita Romina Tapia Levy por el delito contra la Fe Pública - Falsificación de documentos en agravio del Poder Judicial; Que, la recurrente ha interpuesto Recurso de Reconside- ración contra la Resolución Administrativa aludida, a fin de que se deje sin efecto los alcances de la misma; Que, la Resolución Administrativa en mención, es sola- mente autoritativa y preparatoria para la interposición de una acción judicial, aun si se tiene en cuenta, que a la fecha los actuados se encuentran en el ámbito y jurisdicción del Poder Judicial; Que, en consecuencia, corresponde a la peticionaria ha- cer uso de un derecho en el Proceso Judicial; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 26546 y ampliatorias Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032- CME-PJ y 031-99-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por la señorita Romina Tapia Levy, contra la Resolución Administrativa Nº 174-99-SE-TP- CME-PJ, de 28 de abril de 1999, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 6661 Aprueban Planes Operativos para 1999 de las Cortes Superiores de Justicia RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 234-SE-TP-CME-PJ Lima, 19 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 077-99-SE-TP-CME-PJ, se apro- bó la Directiva Nº 003-99-GG-PJ, "Normas para la Formula- ción del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial, para 1999"; Que, en cumplimiento a la citada resolución se ha formu- lado el Plan Operativo para 1999, de las Cortes Superiores de Justicia de la República; Que, es necesario aprobar los referidos documentos de gestión, para su respectiva aplicación y cumplimiento por los citados organismos; De conformidad con las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695, 27009 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99- SE-TP-CME-PJ;