Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 1999 (28/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 1999

Que, la unica forma posible de aplicacion de esta tasa es en base a cada viaje del vehiculo que transporta el material de construccion; Que, el saneamiento ambiental, de conformidad con lo dispuesto por el Codigo Sanitario aprobado por Decreto Ley Nº 17505 comprende el control sanitario del aire, ruidos, aguas, tierras y los desperdicios, siendo los Concejos Distritales, autoridad sanitaria competente para conocer estos aspectos; Que, el Articulo 66º inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que son funciones de las municipalidades en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental, normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental, siendo los gobiernos locales competentes para dictar normas especificas en su jurisdiccion y velar por su aplicacion; Que, siendo necesario dictar medidas que permitan prevenir y controlar de manera general la contaminacion ambiental; De conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, POR UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR la prestacion de Servicio de Inspeccion, Control y Mojado de Carga a los vehiculos que transportan materiales de construccion; los mismos que deberan tener su tolva perfectamente hermetica y la carga completamente cubierta con una manta adecuada. Articulo Segundo.- El servicio a que se refiere el articulo precedente es facultativo y se brindara en la caseta ubicada con frente al km. 12.5 de la carretera a Huarochiri, dentro de la jurisdiccion del distrito de Cieneguilla, debidamente acondicionada, en el siguiente horario: Lunes a sabado : 5.00 a 18.00 horas MORDAZA : 5.00 a 13.00 horas Articulo Tercero.- El derecho por concepto de servicio de inspeccion, control y mojado de carga a los vehiculos que transportan materiales de construccion sera de 0.061% de la UIT, vigente a la fecha de cobro. Articulo Cuarto.- El servicio a que se refiere la presente ordenanza sera prestado por una empresa especializada contratada, de acuerdo a ley; bajo la supervision y control de la Oficina de Servicios Comunales. Articulo Quinto.- Encargar a las Oficinas de Servicios Comunales y Rentas y Policia Municipal el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Sexto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6905

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Sancionan con destitucion a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 544-99-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 19 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Informe Nº 002/99-CPPAD/MDSMP, de fecha 19 de MORDAZA de 1999, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 339-99/AL/ MDSMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de MORDAZA de 1999, se instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de falta grave administrativa, al incurrir en falta disciplinaria tipificada en el Inc. k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276, al no haber registrado asistencia al centro de trabajo desde el mes de enero de 1998, cuando prestaba servicios en la Division de Limpieza Publica, tal como fluye del Informe Nº 06-99-WMS-UP/MDSMP, suscrito por el encargado de control de la Unidad de Personal y corroborado por el Informe Nº 223-99-UP/MDSMP, suscrito por el Jefe de la Unidad de Personal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; Que, de la evaluacion de los documentos adjuntos se observa que no obstante haber sido notificado el procesado a traves del Diario Oficial El Peruano, el 8 de MORDAZA del presente ano ha transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del D.S. Nº 05-90-PCM, para que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA formule su descargo, sin embargo, el acotado servidor no ha hecho uso de su derecho de defensa, por consiguiente subsisten los cargos atribuidos en su contra, lo que constituye falta de caracter disciplinario, tipificado en el Inc. k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolucion y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho de Alcaldia se le imponga sancion de destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º, Inc. k) y 26º, Inc. d) del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico a los Arts. 155º, Inc. d) y 159º de su reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, con lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante Informe Nº 02-99-CPPAD, con la opinion de la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 665-99-UP/MDSMP, de fecha 18 de MORDAZA de 1999; Que, con las visaciones del Director de Administracion de Recursos, Director de la Oficina de Asesoria Legal, el Despacho Municipal y el Jefe de la Unidad de Personal; SE RESUELVE:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 149-CDSB-C Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 149-CDSB-C, publicada en nuestra edicion del dia 22 de MORDAZA de 1999, en la pagina 173468. DICE: Sr. Regidor MORDAZA Lastres Perrucci. DEBE DECIR: Sr. Regidor MORDAZA Lastres Ferrucci. 6886

Articulo Primero.- Imponer la sancion disciplinaria de Destitucion al servidor de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Notifiquese la presente resolucion a traves de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 6969

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