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Pág. 173649 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de mayo de 1999 VISTO: El Informe Nº 71-99-SUNASS-IT/T que evalúa la apli- cación de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS EMAPA-Y.S.R.LTDA.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 920- 98-SUNASS, se aprobó la Directiva de Reordenamiento Tari- fario que será aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradual- mente las distorsiones contenidas en el sistema de facturación que se ha venido empleando y poner en práctica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluación emitido por la Intenden- cia de Tarifas de la SUNASS recomienda la modificación de la actual estructura tarifaria que viene aplicando la referi- da EPS, efectuando cambios que permitan prepararla para la aplicación a futuro de una nueva estructura tarifaria, más simple y transparente, basada en la micromedición; así como la aplicación de un nuevo procedimiento para la determinación de los importes a facturar; Que, la aplicación de lo dispuesto en la presente resolu- ción no modifica las tarifas por metro cúbico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Mínimos y Asigna- ciones de Consumos por Categorías de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 1 y 2, que forman parte de la presente resolución, las mismas que serán aplicadas por la EPS EMAPA-Y.S.R.LTDA., conforme a lo prescrito en el Artículo 4º de la presente resolución. Artículo 2º.- La EPS EMAPA-Y.S.R. LTDA. queda prohibida de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolución. Artículo 3º.- Aprobar el Procedimiento para la determi- nación del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicará la EPS EMAPA- Y.S.R.LTDA. conforme a lo prescrito en el Artículo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolución. Artículo 4º.- La aplicación por la EPS EMAPA- Y.S.R.LTDA. de lo dispuesto en los Artículos 1º y 3º de la presente resolución deberá reflejarse en las facturas que emita a sus usuarios, a partir del 1 de junio de 1999. Artículo 5º.- La EPS EMAPA-Y.S.R.LTDA. presentará mensualmente a la SUNASS, un informe detallado sobre la facturación aplicada en los meses de junio, julio y agosto de 1999, en cada localidad administrada, indicando el número de usuarios por categoría y subcategoría, sus volúmenes de consumo (leídos, asignados y facturados), así como los importes resultantes de aplicar el procedimiento de factura- ción establecido. Artículo 6º.- Derógase las disposiciones que se opon- gan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MONCADA MAU Superintendente Anexo Nº 1 EMAPA-Y.S.R.LTDA. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Yunguyo A.- Tarifas por el servicio de agua potable Asignación Rango de Categorías de Consumo Consumo Tarifa m3/mes m3/mes S/. / m3 Doméstico 1 50 a más 0,4600Doméstico 2 10 Comercial 1 20 Comercial 2 25 0 a más 0,3070 Comercial 3 40 Industrial 1 280 a más 0.4600Industrial 2 50 Estatal 1 300 a más 0.1707Estatal 2 45B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 35% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Anexo Nº 2 EMAPA-Y.S.R.LTDA. Cuadro de Equivalencias de Consumos por Categorías de Usuarios Localidad de Yunguyo Clasificación Anterior Nueva Clasificación Diámetro Volumen Asignación Código Categoría Conexión Consumo Código Categoría de Consumo A.P. m3/mes m3/mes Doméstico Doméstico 101 S.D. 10 101 Doméstico 2 10 102 S.D. 5 102 Doméstico 1 5 Comercial Comercial 201 S.D. 40 201 Comercial 3 40 202 S.D. 40 202 Comercial 2 25 203 S.D. 30 203 Comercial 1 20 Industrial Industrial 301 S.D. 50 301 Industrial 1 28 302 S.D. 50 302 Industrial 2 50 Estatal Estatal 401 S.D. 45 401 Estatal 2 45 402 S.D. 30 402 Estatal 1 30 Nota: S.D. =Sin Diámetro. Anexo Nº 3 EMAPA-Y.S.R.LTDA. Procedimiento para la determinación del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado I. Determinación del Volumen a Facturar por el Servicio de Agua Potable El cálculo del Volumen a Facturar (VAF) por el Servicio de Agua Potable, seguirá los siguientes procedimientos: A. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA PO- TABLE NO CUENTA CON MEDIDOR En este caso, se aplicarán las Asignaciones de Consumo, de la Categoría correspondiente, estableciéndolas como los respectivos Volúmenes a Facturar (VAF). B. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA PO- TABLE CUENTE CON MEDIDOR 1. Determinación del Consumo Medido El Consumo Medido se obtendrá considerando las si- guientes opciones: a) Por Diferencia de Lecturas, a los usuarios cuya conexión cuenta con medidor operativo. b) Por Promedio de Consumos de por lo menos seis diferencias de lecturas válidas anteriores, en el caso de aquellas conexiones que cuentan con medidor, pero éste no haya podido ser leído por causas no imputables a la EPS, o no se encuentre operativo. 2. Determinación del Volumen a Facturar El VAF será equivalente al Consumo Medido. II. Determinación del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable Determinado el VAF por el Servicio de Agua Potable, se multiplicará a éste la tarifa por metro cúbico autorizada para la EPS en cada Categoría respectiva. El resultado será el importe a facturar al usuario.