Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 1999 (13/11/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 180242
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 1999

VISTO, en su XXII-99 Sesion Ordinaria de fecha 28.10.99, el Dictamen Nº 028-99-CDSB-CDU, de la Comision de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 240-99-CDSB-DDU, Informe Nº 287-99-CDSB-DDU e Informe Nº 021-99-CDSB-PZV-SB se evidencia la necesidad de establecer el derecho de via de la avenida Paseo del Bosque, en el tramo comprendido entre la avenida MORDAZA MORDAZA y la avenida San MORDAZA Sur, asi como las acciones a realizar en relacion al ornato y control de edificaciones, ya que parte de este sector carece de habilitacion urbana; Que, como indica el Informe Nº 240-99-CDSB-DDU, es necesario proceder a fijar la seccion vial de la avenida Paseo del Bosque en este sector comprendido entre la Av. MORDAZA y la avenida San MORDAZA Sur, ya que los usos a consolidarse son comerciales, teniendo como antecedente que el Asentamiento Humano El Bosque cuenta en este sector con una seccion vial minima de 21.00 ml.; Que, se ha otorgado una Licencia de Construccion Nº 0110-93 del 28.6.93 a nombre del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Baisel y Sra. sobre su terreno MORDAZA ubicado entre el AA.HH. El Bosque y la Av. San MORDAZA Sur, a la altura de la Cdra. 3 de la Av. Paseo del Bosque. Este terreno es parte del terreno de la Sucesion Bujaico, inscrito primigeniamente en la Ficha Nº 365296. Aparentemente se ha realizado una subdivision del terreno matriz, siendo el terreno del Sr. Baisel el denominado Lote Nº 02 con 1000.00 m2. Con codigo de contribuyente desde 1991, Nº 14791-I. Este terreno tiene una distancia aproximada de la actual avenida Paseo del Bosque de 24.00 ml., por lo que resulta que esta disposicion, en el supuesto hecho que la licencia de construccion, aunque otorgada sin cumplir con los requisitos legales, por el tiempo transcurrido, otorgase derechos a los propietarios; no afectaria a los propietarios de este predio, ya que los terrenos afectados son una franja de terrenos eriazos que corre a todo lo largo de la avenida Paseo del Bosque, paralela al lote matriz inicialmente adjudicado a la Sucesion Bujaico; Que, de la inspeccion ocular se ha determinado que las construcciones son, en la MORDAZA de afectacion, muros perimetricos, por lo cual, tampoco se afectaria sustancialmente a los ocupantes de estas areas al fijar la Seccion Vial de la avenida Paseo del Bosque en 21.00 ml. en este tramo. Asimismo se debe resaltar que cualquier construccion es antirreglamentaria, habida cuenta que el area en mencion no posee Habilitacion Urbana; Que, mediante Informe Nº 021-99-PZV-SB, se informa que la Municipalidad de San MORDAZA esta facultada a fijar las secciones viales de las vias locales, en concordancia con la Ordenanza Nº 127-MML del 29.9.99, recomendando asimismo se revise la Licencia de Construccion otorgada sin Habilitacion MORDAZA, informando oportunamente al Concejo Municipal, entre otras recomendaciones sobre analisis del impacto social de las demoliciones de muros y suscripcion de convenio con la empresa privada interesada para mejorar la zona; Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Articulo Primero.- Fijar la seccion vial de la avenida Paseo del Bosque, en el tramo entre la avenida MORDAZA MORDAZA y la avenida San MORDAZA Sur en 21.00 ml. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Asesoria Juridica, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Fiscalizacion el analisis de la legalidad de las construcciones realizadas en el sector que carece de Habilitacion MORDAZA ubicado entre el AA.HH. El Bosque y la avenida San MORDAZA Sur, el MORDAZA del rio MORDAZA y la avenida Paseo del Bosque. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14165

Que, de conformidad con el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, la Comunidad y el Estado protegen a la familia, promueven el Matrimonio y los reconocen como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion Juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion, establecimiento, MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra constitucion; Que, en la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA existe un alto indice de parejas de escasos recursos que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el Matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad Juridica; En conformidad con lo dispuesto en el Libro de Familia, en sus Arts. 233º, 234º, 248º del Codigo Civil; En uso de las facultades que se confieren en los incisos 6) y 17) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: 1.- AUTORIZAR la celebracion del II Matrimonio Civil Comunal del periodo en conmemoracion del 70º aniversario de la creacion politica del distrito, a llevarse a cabo el dia sabado 11 de diciembre, a horas 11.00 a.m. en la Plaza de MORDAZA de MORDAZA de Surco. 2.- Disponer la exoneracion de plazos legales para la referida celebracion. 3.- Disponer como unico pago por todo concepto la cantidad de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo presentar los siguientes documentos: a) Certificado medico gratuito y MORDAZA de haber recibido consejeria preventiva de ETS, VIH y SIDA, otorgados por el Policlinico de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. b) Partidas de nacimiento originales de ambos contrayentes o Dispensa Judicial. c) MORDAZA legalizada de las Libretas Electorales o Carne de Identidad (previa MORDAZA del documento original). d) Certificado Domiciliario de ambos contrayentes (emitido por la Delegacion Policial del sector que compruebe que al menos uno de los contrayentes vive en MORDAZA de Surco). e) Una foto tamano carne de cada contrayente. f) Un testigo mayor de edad por cada contrayente, debidamente identificado. 4.- Dispensar de la publicacion de los Edictos Matrimoniales, en observancia a la atribucion especial que confiere al MORDAZA el Art. 252º del Codigo Civil. 5.- La Subdireccion de Registros Civiles y Cementerio, verificara la documentacion exigida que adjunten los interesados, y publicara los avisos durante 8 dias en la vitrina de la referida oficina. 6.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales y Subdireccion de Registros Civiles y Cementerio, para que adopten las acciones que correspondan, para dar cumplimiento al presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 14179

CONVENIOS INTERNACIONALES
FE DE ERRATAS Entrada en vigencia del Convenio sobre Asistencia Judicial en Materia Penal suscrito con la Republica de Colombia Mediante OF.RE. (GAB) Nº 0-3-A/62 el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la entrada en vigencia del referido convenio, publicada en nuestra edicion del dia 25 de octubre de 1999, en la pagina 179677. DICE: "...comunica que el referido convenio, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 12 de MORDAZA de 1994 y aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24-94-RE, entro en vigencia el 13 de octubre de 1999." DEBE DECIR: "...comunica que el referido convenio, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 12 de MORDAZA de 1994 y aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24-94-RE, entro en vigencia el 13 de noviembre de 1999." 14183

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Autorizan celebracion de matrimonio civil comunal en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 07-99-DASS MORDAZA de MORDAZA, 9 de noviembre de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.