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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (13/11/1999)

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Pág. 180227 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de noviembre de 1999 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Autorizan viaje de Director Académico para participar en asamblea de la OEA referida a la creación del Centro de Estudio de Justicia de las Américas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 101-99-AMAG-DG Jesús María, 10 de noviembre de 1999 VISTOS: La comunicación Nº F3809 de fecha 26 de octubre de 1999, del Embajador José Urrutia Ceruti, SubSecretario de Multilaterales y Especiales del Ministerio de Relaciones, a través de la cual transmite copia de la Resolución adoptada por el Consejo Perma- nente de la Organización de Estados Americanos, que resuelve convocar a una Asamblea General Extraordinaria de la Organi- zación de Estados Americanos, para el 15 de noviembre próximo, con el objeto de tratar, entre otros temas, sobre la creación del Centro de Estudio de Justicia de las Américas. El Oficio Nº 0445-99-JUS/DM de fecha 8 de noviembre de 1999, del Dr. Alberto Bustamante Belaunde, Ministro de Justicia, a través del cual considera pertinente aceptar la propuesta de la Academia de la Magistratura y postular al Dr. Felipe Villavi- cencio Terreros, Director Académico y Miembro de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura, como candidato para integrar el Consejo Directivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas. CONSIDERANDO: Que, es de especial importancia la participación de la Acade- mia de la Magistratura del Perú en dicho evento, por contar con experiencia en el campo de la formación de aspirantes y capaci- tación de Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público; más aún, encontrándose la Academia de la Magistratura compren- dida en el fomento a nivel internacional de la capacitación judicial, cuyo proceso en el continente americano se encuentra en desarrollo, es que la Academia apoya decididamente todo esfuer- zo tendiente a mejorar la formación de Aspirantes y la mayor calificación profesional del Magistrado; Que, el doctor Felipe Villavicencio Terreros, Director Acadé- mico y Miembro de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura, ha participado activamente como representante del Perú, designado por el Ministerio de Justicia, en las reuniones de expertos gubernamentales que elaboraron el proyecto de Estatuto del Centro de Estudios de Justicia de las Américas, e incluso presidió la reunión de expertos celebrada el 21 de setiembre de 1999, en la que se aprobó el proyecto definitivo del Estatuto; Que, por estas razones es necesario autorizar la participación del Dr. Felipe Andrés Villavicencio Terreros, como representante de la Academia de la Magistratura, a fin de brindar apoyo a los representantes de la Misión del Perú ante la OEA, y hacer el seguimiento al ofrecimiento de constitución de la sede del Centro de Estudio de Justicia de las Américas en el Perú; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas mediante las Leyes Nº 26335 y Nº 27009, la Resolución Administrativa Nº 01-94-AMAG-CD, modificada parcialmente por Resolución Nº 405-98-SE-TP-CME-PJ y las Resoluciones Adminis- trativas del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 241-96-SE-TP- CME-PJ, Nº 326-98-SE-TP-CME-PJ y Nº 013-99-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Felipe Andrés Villavicencio Terreros, Director Académico y Miembro de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura, a la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norteamérica, del 14 al 16 de noviembre de 1999, a realizarse en la sede de la Organización de Estados Americanos-OEA, a fin que en representación de la Academia de la Magistratura, brinde apoyo a los representantes de la Misión del Perú ante la OEA, y haga el seguimiento al ofrecimiento de constitución de la sede del Centro de Estudio de Justicia de las Américas en el Perú; Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, ascendentes a $3,531.49 (Tres Mil Quinientos Treinta y Uno y 49/100 Dólares Americanos) serán con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura correspondiente al año 1999, conforme al siguiente detalle: - Pasaje aéreo Lima - Washington - Lima $ 2,846.49 - Viáticos por 3 días (cada día $220.00) $ 660.00 - Impuestos Córpac $ 25.00 ------------- TOTAL $ 3,531.49Artículo Tercero.- La presente Resolución, no libera ni exone- ra del pago de derechos ni de otro tributo, cualquiera sea su clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MACEDO DIANDERAS Director General y Presidente de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura 14162 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Constituyen comisión para elaborar proyecto de reglamento que contenga requisitos y procedimiento para autori- zación de escuelas de posgrado parti- culares COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 237-99-ANR/P Lima, 8 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Art. 13º de Ley Universitaria Nº 23733, la creación de las Escuelas de Posgrado requieren el pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores; Que de otra parte, el Art. 8º primer párrafo, -in fine- del Decreto Legislativo Nº 882, dispone que las Escuelas de Posgrado Particu- lares son autorizadas de acuerdo a Ley, dispositivo que resulta concordante con la norma citada en el considerando anterior, razón por la cual, es de aplicación para que las Escuelas de Posgrado particulares creadas por personas jurídicas de derecho privado cuenten con el pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores, después de cuyo acto dichas Unidades Académicas, quedan autorizadas para su funcionamiento; Que el pronunciamiento favorable a que se refiere el consideran- do anterior, supone el cumplimiento de requisitos concordantes con las exigencias correspondientes al nivel de Posgrado; para este efecto, es necesario constituir una Comisión Especial, encargada de proponer un Reglamento que contenga los requisitos académicos, de infraestructura, administrativos y económicos, así como el procedi- miento para lograr la autorización correspondiente; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacio- nal de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordi- nación Interuniversitaria, con cargo de dar cuenta al Pleno; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir una Comisión Especial encargada de elaborar el Proyecto de Reglamento que comprenda los requisitos: académicos, de infraestructura, administrativos y económicos, entre otros; así como el procedimiento para lograr la autorización prevista por el Art. 8º primer párrafo -in fine- del Decreto Legislativo Nº 882. Dicha Comisión está constituida por: Dr. GUILLERMO GIL MALCA Rector de la Universidad Nacional de La Libertad Dr. JOSE ANTONIO SILVA VALLEJO Decano de la Facultad de Derecho Universidad Nacional Mayor de San Marcos Dra. GLACIELA RISCO DE DOMINGUEZ Directora Académica de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas Dr. OSCAR VALVERDE AYALA Director del Area de Ciencias Exactas Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. FREDDY APONTE GUERRERO Rector de la Universidad Nacional de Piura y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores CESAR CASTILLO MEZA Secretario General 14232